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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE SANT JOAN DE LABRITJA

Núm. 675737
Constitución de bolsa de trabajo de auxiliar administrativo (Grupo C2) del Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja (expte. núm. 1262/2026)

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Texto

Mediante Resolución de Alcaldía n.º 2026-1107, de fecha 4 de septiembre de 2026, se ha aprobado la constitución de la bolsa de trabajo de personal funcionario interino o personal laboral temporal de la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar Administrativo/a (Grupo C2), del Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja, derivada del proceso selectivo convocado mediante Resolución de Alcaldía n.º 694, de 5 de junio de 2026, cuyas bases fueron publicadas en el Boletín Oficial de las Illes Balears n.º 73, de 11 de junio de 2026.

De conformidad con lo dispuesto en la citada Resolución, la bolsa de trabajo queda constituida por las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo, ordenadas de mayor a menor puntuación, en los siguientes términos:

Orden Aspirante Puntuación total
1º. Carolina Guirado Bäcker (***5048**) 83,50 puntos
2º. Mónica Ferrer Juan (***0808**) 74,15 puntos
3º. David Montoro González (***5358**) 51,80 puntos

La bolsa de trabajo mantendrá su vigencia hasta que se constituya otra de la misma categoría profesional, sin que pueda superar el plazo máximo de tres años desde la publicación de la resolución de constitución en el BOIB, de conformidad con lo establecido en la Resolución de Alcaldía n.º 2026-1107.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

En caso de interponerse recurso potestativo de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime procedente.

Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos oportunos.

 

Sant Joan de Labritja, 14 de septiembre de 2026

La alcaldesa María Tania Marí Marí