Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE FERRERIES
Núm. 667853
Resolución de Alcaldía número 2026/PRE/0000713, de fecha 10 de septiembre de 2026, por la que se aprueban el padrón fiscal de la tasa de vados del municipio de Ferreries correspondiente al ejercicio 2026 y la notificación colectiva
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Por Resolución de Alcaldía número 2026/PRE/0000713 de fecha 10 de septiembre de 2026, se ha aprobado el padrón fiscal de la tasa de vados del municipio de Ferreries, correspondiente al ejercicio 2026.
A los efectos de realizar la notificación colectiva, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y de someterlos al trámite de información pública, se expone al público en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en el tablón municipal de edictos y en el tablón de edictos de la sede electrónica
http://www.ajferreries.org/tauler/edictes.aspx?TIPO=01&HISTORIC=1 en un plazo de quinze días hábiles, con la finalidad que quienes se estimen interesados puedan formular observaciones o presentar alegaciones o reclamaciones.
Contra el acto de aprobación del padrón mencionado y/o de las liquidaciones contenidas en el mismo podrá interponerse recurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la finalización del plazo de exposición pública, de acuerdo con el artículo 14 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de les Haciendas locales, aprobado por Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se procederá al cobro, en período voluntario, de la tasa de vados del municipio de Ferreries correspondiente al ejercicio 2026, en:
Localidad: Ferreries
Oficina de Recaudación Municipa
Horario: de 9.00 h a 14.00 h
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Concepto |
Plazo de cobro en período voluntario |
Fecha de cobro en cuenta (domiciliaciones) |
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Tasa de vados 2026 |
Del 15/09/2026 al 16/11/2026 |
05/10/2026 |
Los contribuyentes que hayan recibido el aviso de pago podrán pagarlo presentando el aviso en las oficinas de las siguientes entidades: CaixaBank, Banca March, BBVA, Banco Santander y Caixa Colonya, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Ferreries
Los contribuyentes que no hayan recibido el aviso de pago podrán pagarlo en la sede electrónica del Ayuntamiento de Ferreries o en la oficina de recaudación municipal en el horario y plazo establecido.
Transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se haya satisfecho la deuda, se iniciará el período ejecutivo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como de los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.
Firmado en Ferreries, en la fecha de la firma electrónica (11 de septiembre de 2026)
El alcalde Pedro Pons Huguet