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AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA
Núm. 664150
Extracto de la convocatoria de subvenciones en concurrencia competitiva relacionada con las ayudas económicas al estudio Erasmus Plus período 2025/2026 dirigida a estudiantes y personas de Alcúdia, beneficiarias del programa de movilidad internacional Erasmus Plus
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Ejercicio 2026
BDNS (Identif.): 924.513.
Mediante Decreto de la Regidora de Juventud número 3280/2026, de fecha 9 de septiembre de 2026, y de acuerdo con las competencias delegadas por la Alcaldía mediante el Decreto número 1048/2023, publicado en el BOIB número 88, de 29 de junio de 2023, se ha aprobado la convocatoria de subvenciones arriba mencionada.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Primero. Beneficiarios
Pueden ser beneficiarios todos los participantes en el programa Erasmus Plus que, dentro del período establecido, hayan participado y concluido con éxito dentro de la Acción clave 1: Movilidad educativa de las personas relacionadas con proyectos de movilidad para estudiantes y personas de educación superior.
Segundo. Finalidad
Se establecen ayudas con la finalidad de prestar apoyo económico para los gastos inherentes que supone para los estudiantes beneficiarios del Programa de movilidad internacional Erasmus Plus empadronados en Alcúdia la realización de sus estudios.
Tercero. Bases reguladoras
Bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas al estudio dirigidas a estudiantes y personas de Alcúdia, beneficiarios del programa de movilidad internacional Erasmus Plus para el curso 2025/2026.
Enlace a la publicación:
https://www.caib.es/eboibfront/ca/2026/12305/718091/aprovacio-de-les-bases-reguladores-d-ajuts-economi
Cuarto. Importe
La dotación económica total para esta convocatoria de ayudas económicas para estudiantes beneficiarios del programa de movilidad internacional Erasmus Plus será de 1.500,00 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).
Sexto. Criterios de concesión
Una vez cumplidos los requisitos fijados en las correspondientes bases, a la hora de determinar la cuantía total destinada a cada ayuda económica, se determinará en dos fases:
1.º CUANTÍA FINAL (QF)
Se calculará dividiendo el total de crédito presupuestario (1.500,00 €) entre el número total de solicitudes presentadas y aceptadas a trámite.
LIMITACIONES DE CUANTÍAS
Limitación primera: Atendiendo a lo dispuesto en los requisitos de la presente convocatoria, el solicitante acreditará el haber sido seleccionado por las instituciones de Educación Superior de origen en el marco del Programa Erasmus+ y, al mismo tiempo, disponer de la correspondiente certificación de aprovechamiento de la beca Erasmus+, emitida por la universidad u organismo competente dentro de los períodos estipulados en las presentes bases.
Limitación segunda: Se determina una cuantía máxima destinada a cada solicitud aceptada en la presente convocatoria de 500 €.
Séptimo. Publicación
Hacer pública la resolución de la convocatoria en el BOIB, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Alcúdia y publicar la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).
(Firmado electrónicamente: 9 de septiembre de 2026)
La alcaldesa Josefina Linares Capó