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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 663934
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se rectifican los errores advertidos en el anexo 1 de la Resolución del director general del Servicio de Salud de 11 de septiembre de 2025 por la que se aprueba la lista de personas admitidas y excluidas de la fase 1 de la convocatoria simplificada de acceso y progresión a la carrera profesional2023-2025 del personal dependiente del Servicio de Salud de las Islas Baleares

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Texto

Antecedentes

1. El 5 de julio de 2025 se publicó la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se convoca un proceso simplificado de acceso o progresión en la carrera profesional del personal estatutario dependiente del Servicio de Salud correspondiente a los años 2023-2025 (BOIB núm. 86, de 5 de julio de 2025).

2. El 13 de septiembre de 2025 se publicó la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares por la que se aprueba la lista definitiva de personas admitidas y excluidas del proceso simplificado de acceso y progresión a la carrera profesional del personal estatutario dependiente del Servicio de Salud correspondiente a los años 2023-2025 (BOIB núm. 122, de 13 de septiembre de 2025).

3. Se han detectado errores materiales en el anexo 1 de esta Resolución, que contiene la lista definitiva de admitidos.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de parte, los errores materiales, de hecho, o aritméticos que existan en sus actos.

2. El artículo 56.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, establece que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o disposición.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Rectificar los errores detectados en el anexo 1 de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 13 de septiembre de 2025 por la que se aprueban las listas definitivas de admitidos y excluidos de la fase 1 de la convocatoria simplificada de acceso y progresión a la siguiente carrera profesional 2023-2025,

Donde dice:

DNI Nombre del empleado o candidato Ejercicio de reconocimiento Grupo titulación Nivel reconocido Categoría
***8108** Barrios Retana, Guillermo 2023 A1 2 Médico de urgencia hospitalaria
***0769** Covacho Cordero, Daniel 2025 A1 2 Médico/a Adm. y documentación clínica
***7752** Moncayo Cazorla, Olga 2023 C2 2 Grupo auxiliar administrativo de FA

Debe decir:

DNI Nombre del empleado o candidato Ejercicio de reconocimiento Grupo titulación Nivel reconocido Categoría
***8108** Barrios Retana, Guillermo 2023 A1 1 Médico de urgencia hospitalaria
***0769** Covacho Cordero, Daniel 2025 A1 1 Médico/a Adm. y documentación clínica
***7752** Moncayo Cazorla, Olga 2023 C2 1 Grupo auxiliar administrativo de FA

2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y del artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 8.2. a) y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se considere procedente interponer.

 

(Firmado electrónicamente: 10 de septiembre de 2026)

La directora de Recursos Humanos (Margarita Bujosa Pocoví) Por suplencia —por abstención— del director general (BOIB núm. 131, de 23/09/2023, y artículo 13.1 de la Ley 40/2015)