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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

AYUNTAMIENTO DE PALMA

Núm. 662192
Departamento de Selección y Provisión de Recursos Humanos. Servicio de selección. Nombramiento funcionarios de carrera técnico/a animador/a sociocultural

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Texto

Finalizado el proceso selectivo de la convocatoria pública de concurso oposición por el turno libre para la cobertura de 4 plazas de la especialidad TÉCNICO/A ANIMADOR/A SOCIOCULTURAL vacantes en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, subescala técnica media, grupo A, subgrupo A2, dotadas presupuestariamente, correspondientes a la OPE de los años 2020, 2021 y 2022, publicada al BOIB núm. 152, de 9 de noviembre de 2023.

Por todo lo anterior se nombra personal funcionario de carrera como TÉCNICO/A ANIMADOR/A SOCIOCULTURAL de este Ayuntamiento, perteneciente a la Escala de la Administración Especial, subescala técnica media, grupo A, subgrupo A2, de la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Palma a:

ORDEN DNI APELLIDOS, NOMBRE RESOLUCIÓN FECHA
1 ***4555** ILLAN FERRAGUT, IÑAKI 15440 16/06/2026
2 ***3610** MAIMO FLOR, NURIA 15441 17/06/2026
3 ***2411** LOPEZ CARBONELL, DACIL 15443 17/06/2026
4 ***2288** JUAN SAN NICOLAS, MARIA DEL MAR 15447 17/06/2026

Contra este acto administrativo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación. En este caso, no podrá interponerse recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el recurso de reposición. El recurso de reposición deberá presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a las que se refiere el artículo 16.4 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, y se entenderá desestimado si no se ha resuelto y notificado la resolución en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su interposición, quedando entonces expedita la vía contencioso-administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con el citado artículo 123 y con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Palma o ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (13 de agosto de 2026)

La jefa del Servicio de Selección p.d. Decreto de Alcaldía núm. 3000, de 26/02/2014 (BOIB núm. 30 de 04/03/2014) Catalina Rosa Pons Taberner