Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE CAPDEPERA
Núm. 648688
Decreto de alcaldía de la delegación de competencias de la alcaldesa a la primera teniente de alcalde del Ayuntamiento de Capdepera
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Dado que en fecha 04/09/2026 se resolvió el decreto de alcaldía de la delegación de competencias de la alcaldesa a favor de la primera teniente de alcalde, se somete a información pública en el Boletín Oficial de la Provincia el siguiente texto integral:
"Visto que corresponde a los Tenientes de Alcaldía substituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, a la Alcaldesa, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a esta para el ejercicio de sus atribuciones, así como ejercer las funciones de Alcaldesa en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión la Alcaldesa.
Visto que de fecha 05 de setiembre de 2026 hasta el 12 de setiembre de 2026, la Sra. Alcaldesa se encontrará ausenta del Municipio.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
RESUELVO
PRIMERO. Delegar a la Sra. Mireia Francesca Ferrer Jaume, primera teniente de alcaldía, la totalidad de las funciones de Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, durante el periodo de 05 de septiembre de 2026 hasta el 12 de septiembre de 2026.
SEGUNDO. La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.
TERCERO. El órgano delegado debe informar a esta Alcaldía, a posteriori y, en todo caso, cuando se le requiera para hacerlo, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el periodo de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en el artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
CUARTO. La delegación conferida en el presente Decreto requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose esta otorgada tácitamente si no se formula delante de esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el plazo de tres días hábiles contados desde el día siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
QUINTO. La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, dándose cuenta de su contenido en el Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.
SEXTO. En el no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que por la delegación se establezcan en estas normas."
Capdepera, documento firmado electrónicamente (4 de septiembre de 2026
La alcaldesa Nuria Garcia Caballeria)