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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 648138
Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se dispone el traslado del Equipo de Atención Temprana Nord (subsede des Raiguer) al CEIP Guillem Ballester i Cerdó

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Texto

Hechos

1. Mediante la Resolución del consejero de Educación y Universidades de 21 de octubre de 2024, se dispusieron los traslados del Equipo de Atención Temprana Nord (subseu des Raiguer) al CEIP Puig de Sant Martí, del Equipo de Atención Temprana de Eivissa al Centro de Transferencia Intermodal y de Servicios (CETIS), edificio del Ayuntamiento de Eivissa i del Equipo de Atención Temprana Es Raiguer al Servicio de Formación Permanente del Profesorado de Inca (CEP de Inca) (BOIB núm. 139, de 24 de octubre). Con esta autorización el EAP Nord (subsede des Raiguer) quedó configurado de la siguiente manera:

Código de centro: 07700283

Denominación genérica: Equipo de atención temprana

Denominación específica: Nord (subsede des Raiguer)

Titular: Consejería de Educación y Universidades

Domicilio: av. Suecia, núm. 3

Localidad: Puerto de Alcudia

Municipio: Alcudia

CP: 07400

2. El curso 2025-2026, el CEIP Guillem Ballester i Cerdó, con código de centro 07002567, incorporó las enseñanzas de educación infantil de primer ciclo en un nuevo edificio construido por el Ayuntamiento de Muro, con una subvención gestionada por el Instituto para la Educación de la Primera Infancia. El proyecto incluyó la reserva de un espacio específico para el EAP Nord (subsede des Raiguer).

3. En fecha 31 de agosto de 2026, la directora general de Primera Infancia, Atención a la Diversidad y Mejora Educativa solicitó el traslado del EAP Nord (subsede des Raiguer) al espacio previsto en el CEIP Guillem Ballester i Cerdó.

4. En fecha 1 de septiembre de 2026, la jefa del Servicio de Planificación Educativa emitió un informe favorable sobre el traslado del EAP Nord (subsede des Raiguer) al CEIP Guillem Ballester i Cerdó, con código de centro 07002567.

5. En fecha 2 de septiembre de 2026, la directora general de Planificación y Gestión Educativas propuso la autorización del traslado del EAP Nord (subsede des Raiguer) al CEIP Guillem Ballester i Cerdó , con código de centro 07002567.

Fundamentos de derecho

1. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), el cual establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la comunidad autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

2. La Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE núm. 159, de 4 de julio, y suplemento en catalán núm. 7 de 1985).

3. La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, (BOE núm. 106, de 4 de mayo, y suplemento en catalán núm. 11, de 16 de mayo), modificada por la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).

4. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Islas Baleares (BOIB núm. 38, de 17 de marzo).

5. El Decreto 39/2011, de 29 de abril, por el que se regula la atención a la diversidad y la orientación educativa en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos (BOIB núm. 67, de 5 de mayo), con corrección de errores (BOIB núm. 78, de 28 de mayo).

6. El Decreto 23/2020, de 31 de julio , por el cual se aprueba el Texto Consolidado del Decreto por el cual se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil (BOIB núm. 135, de 1 de agosto).

7. El Decreto 30/2020, de 28 de septiembre, por cual se aprueba el Texto consolidado del Decreto por el cual se establece y regula la red de escuelas infantiles públicas y los servicios para la educación de la primera infancia de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y se crea el Instituto para la Educación de la Primera Infancia (BOIB núm. 167, de 29 de septiembre).

8. El Decreto ley 5/2023, de 28 de agosto, de medidas urgentes en el ámbito educativo y en el sanitario (BOIB ext. núm. 120, de 29 de agosto).

9. La Orden del consejero de Educación y Universidad de 22 de mayo de 2019 por la que se regula el funcionamiento de los servicios de orientación educativa, social y profesional de las Illes Balears (BOIB núm. 70, de 25 de mayo).

10. La Orden 4/2023, de 1 de febrero, del consejero de Educación y Formación Profesional, de organización y funcionamiento de los equipos de atención temprana de las Islas Baleares (BOIB núm. 16, de 4 de febrero).

11. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 91, de 14 de julio).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la directora general de Planificación y Gestión Educativas con fecha 2 de septiembre de 2026, dicto la siguiente

Resolución

1. Disponer el traslado y cambio de dirección del Equipo de Atención Temprana Nord (subsede des Raiguer) al CEIP Guillem Ballester i Cerdó, situado en la c/ Maria i Josep, s/n, de Muro.

2. Determinar que, como consecuencia de esta modificación, el centro queda configurado de la siguiente forma:

Código de centro: 07700283

Denominación genérica: Equipo de atención temprana

Denominación específica: Nord (subsede des Raiguer)

Titular: Consejería de Educación y Universidades

Domicilio: c/ Maria i Josep, s/n

Localidad: Muro

Municipio: Muro

CP: 07440

3. Notificar esta Resolución a la dirección del CEIP Guillem Ballester i Cerdó, al Ayuntamiento de Muro y a la dirección del Equipo de Atención Temprana Nord (subsede des Raiguer), así como a la Dirección General de Personal Docente y Centros Concertados, al Departamento de Gestión Económica de la Secretaría General de la Consejería de Educación y Universidades ya la Dirección tomen conocimiento.

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y del 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (3 de septiembre de 2026)

El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany