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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE ANDRATX

Núm. 645330
Extracto de la convocatoria para la concesión de subvenciones, mediante régimen de concurrencia competitiva, a deportistas individuales del municipio de Andratx por resultados o participación en competiciones deportivas oficiales en la temporada 2025-2026

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Aprobada por la Junta de Gobierno Local, en su sesión ordinaria celebrada el 28 de agosto de 2026, las Bases y la Convocatoria para la concesión de subvenciones, mediante régimen de concurrencia competitiva, a deportistas individuales del municipio de Andratx por resultados o participación en competiciones deportivas oficiales en la temporada 2025-2026, se publican en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

«Extracto de la convocatoria para la concesión de subvenciones, mediante régimen de concurrencia competitiva, a deportistas individuales del municipio de Andratx por resultados o participación en competiciones deportivas oficiales en la temporada 2025-2026, se publican en la Base de Datos Nacional de Subvenciones»

Código de la convocatoria: 927177

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.3.b y 20.8. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones, se publica el resumen de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primer. Beneficiarios

Los beneficiarios de estas subvenciones son las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Deportistas federados de cualquier edad que participen en diferentes campeonatos de ámbito autonómico, nacional o internacional durante la temporada 2025/2026, siempre que estos no tengan carácter profesional.
  • Que estén empadronados y con residencia legal en el municipio de Andratx con un mínimo de un año de antigüedad.
  • Estar al corriente de sus obligaciones fiscales con este Ayuntamiento, y no ser deudores, en el mismo, por cualquier otro concepto no tributario. Con esta finalidad, una vez finalizado el plazo para la presentación de las solicitudes, la Tesorería Municipal expedirá de oficio certificación acreditativa de si los peticionarios están al corriente de sus obligaciones fiscales con este Ayuntamiento y no ser deudores en el mismo por cualquier otro concepto no tributario. Los peticionarios que no estuviesen al corriente de sus obligaciones, tendrán 5 días hábiles para subsanar la deficiencia detectada.

No podrán ser beneficiarios de esta subvención las personas en las que concurra alguna de les circunstancias previstas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Segundo. Finalidad y objetivo de la convocatoria

El objeto de esta convocatoria es apoyar a los deportistas locales que han participado en competiciones oficiales de ámbito autonómico, estatal e internacional entre los meses de septiembre de 2025 y agosto de 2026 (ambos incluidos).

Con esta subvención se pretende fomentar la excelencia en el deporte y premiar a los deportistas destacados como medio para conseguir dar una mayor proyección al deporte del municipio, tal y como indica el Plan estratégico de subvenciones 2026-2028 del Ayuntamiento de Andratx en su punto 7.3 de objetivos estratégicos de Deportes.

La concesión de esta subvención se hará mediante el régimen de concurrencia competitiva.

Al objeto de la presente convocatoria, se entenderán competiciones oficiales, las siguientes:

  • Campeonatos de Baleares.
  • Campeonatos de Europa.
  • Campeonatos mundiales.
  • Ranking nacional o internacional

Tercero. Bases Reguladoras

Conforme con el Art. 17.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS, en adelante), la Ordenanza General de Subvenciones de Andratx (BOIB 47, de 20 de abril de 2017) constituye las bases de la presente subvención.

El régimen jurídico aplicable a esta subvención es el siguiente:

  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Real decreto 887/2006, de 21 de julio por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Ordenanza General de Subvenciones de Andratx (BOIB 47, de 20 de abril de 2017 (en adelante, OGS)

Cuarto. Importe y asignación presupuestaria

La cuantía económica prevista para esta convocatoria de subvenciones es de 26.500,00 euros.

La partida presupuestaria es la 341.48001.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El extracto de la convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (“BOIB”), por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (“BDNS”), una vez se haya presentado ante esta el texto de la convocatoria y la información requerida para su publicación (Art. 28.1.b OMS)

Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo 1 de esta convocatoria y se presentarán en el periodo de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOIB.

Los peticionarios pueden presentar sus solicitudes de manera TELEMÁTICA por instancia general en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Andratx en https://andratx.sedelectronica.es/ o PRESENCIALMENTE, de acuerdo con el art. 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Documento firmado electrónicamente (1 de septiembre de 2026

La alcaldesa presidenta Estefania Gonzalvo Guirado)