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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

PUERTOS DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 643880
Citación a las personas interesadas en el Procedimiento Ordinario n.º 477/2026 que se sustancia ante la Sala de lo contencioso–administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares

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Texto

Hechos

ASOCIACION DE NAVEGANTES MEDITERRANO ha interpuesto recurso contencioso-administrativo, actuaciones n.º 477/2026, que se siguen por el procedimiento ordinario ante la Sala de lo contencioso–administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares contra la Resolución nº986/2026 dictada en fecha 11 de junio de 2026 por el Tribunal Central de Recursos Contractuales en el recurso nº851/2026, en virtud del que se acuerda inadmitir el recurso especial en materia de contratación interpuesto por la ASOCIACION NAVEGANTES DEL MEDITERRANEO y la entidad NEX PORT NAUTICAL EXPERIENCE, SLU, contra la adjudicación de los lotes 1 y 3 en el procedimiento Contrato mixto de obra y servicio, dividido en cuatro lotes, para la gestión de los campos de fondeo regulado en la red natura 2000 de las Islas Baleares para la protección de las praderas de posidonia oceánica y la asistencia técnica para el seguimiento ambiental y dirección facultativa, enmarcado en el Plan De Recuperación, Transformación y Resiliencia, para Europa Next Generation UE, con expediente 10715/2024 MRR convocado por  PORTS DE LES ILLES BALEARS (PORTSIB)

Fundamentos de derecho

1. El artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

2. El artículo 45.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. 

Por eso, dicto la siguiente

Resolución

1. Citar las personas interesadas en el recurso contencioso-administrativo, actuaciones n.º 477/2026, que se siguen por el procedimiento ordinario ante la Sala de lo contencioso–administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, con el fin de que sirva como emplazamiento a las personas interesadas para que se puedan personar como demandadas ante este Juzgado en el plazo de nuevo días desde la fecha de publicación de esta Resolución.   

2. Comunicar a las personas interesadas que, si se personan fuera del plazo establecido, se les considerará como parte, sin que por eso se tenga que retrotraer ni interrumpir el procedimiento y que, si no se personan, el procedimiento continuará y no será procedente hacer ninguna notificación.   

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (2 de septiembre de 2026)

El director gerente de Ports de les Illes Balears Francisco José Villalonga Cañellas