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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA
Núm. 637319
Requerimiento de documentación complementaria en el trámite de subvenciones por actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (programa MOVES III 2025)
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1.El 3 de julio de 2025, se publicó la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III 2025) mediante la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía de 1 de julio de 2025.
2.Los servicios técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático han examinado las solicitudes y han detectado que falta documentación en los expedientes, que se detalla en la tabla siguiente, y que el interesado debe aportar, de acuerdo con el apartado séptimo de la resolución de la convocatoria de referencia.
3.Cabe indicar que, en el caso de la enmienda de deficiencias, la fecha de presentación de la documentación de la enmienda es la que establece el orden para resolver el expediente, y, en el caso de la presentación de la aclaración, es la fecha de registro de la solicitud la que determina el orden de prelación.
| Expediente |
Solicitante |
NIF |
Anomalías |
Observaciones |
| MOVESIII25-1169/2025 |
FERMIN CALVO TORRE |
***4578** |
- Presupuesto u oferta económica: Al tratarse de un vehículo demo, es necesario presentar el permiso de circulación a nombre del concesionario. El descuento "MOVES" debe aplicarse sin modificar el importe base del vehículo que figura en la factura ya aportada inicialmente (el precio base del vehículo ha sido modificado) |
|
| MOVESIII25-2658/2025 |
DEBORA MANCEBO LOPEZ |
***5568** |
- Presupuesto u oferta económica: El presupuesto / factura del vehículo que se desea adquirir debe incorporar el descuento obligatorio de al menos 1000 euros antes de la aplicación del IVA, y el concepto del mismo debe especificar "PROGRAMA MOVES III". Este descuento debe aplicarse sin modificar el importe base del vehículo que figura en la factura ya aportada (el importe del vehículo ha sido modificado) |
|
En caso de que no presente la documentación mencionada en el plazo de diez días desde la publicación de esta comunicación en el BOIB, se considera que desiste de su petición, dado el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común y de las administraciones públicas, previa resolución que declarará concluido el momento y de acuerdo con el artículo 21 de esta ley.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (31 de agosto de 2026)
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Vivo Domínguez