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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 635941
Corrección de errores advertidos en la Resolución definitiva de la directora general de Personal Docente y Centros Concertados por la que se determina la dotación de personal auxiliar técnico educativo (ATE) en la enseñanza privada concertada para el curso 2026-2027

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Texto

Antecedentes

1. En fecha 13 de agosto de 2026 se publicó en el BOIB núm. 101 la Resolución definitiva de la directora general de Personal Docente y Centros Concertados por la que se determina la dotación de personal auxiliar técnico educativo (ATE) en la enseñanza privada concertada para el curso 2026-2027.

2. Posteriormente a la publicación de la Resolución, a raíz de una segunda revisión, se detecta un error en el anexo 1, dado que consta el CCEI Jardines de la Infancia Pureza de María, código 07002737, cuya extinción ha sido acordada con efectos del inicio del curso escolar 2026-2027, de acuerdo con la Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se autoriza la integración de los estudios de primer y segundo ciclo de educación infantil del centro de educación infantil privado concertado Jardines de la Infancia Pureza de María en el centro privado concertado Madre Alberta, y la extinción y supresión posterior del código del centro de educación infantil privado concertado Jardines de la Infancia Pureza de María, publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 26, de 26 de febrero de 2026.

En consecuencia, su código de centro es objeto de baja y no corresponde asignarle ninguna dotación de horas de personal auxiliar técnico educativo (ATE) para el curso 2026-2027.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las administraciones públicas pueden rectificar, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

2. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, determina que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición; asimismo, que la rectificación de errores debe especificar, si procede, los efectos jurídicos que se derivan de ella, y debe notificarse o publicarse preceptivamente cuando haga referencia a actos que hayan sido notificados o publicados.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Corregir el anexo 1 de la Resolución definitiva de la directora general de Personal Docente y Centros Concertados por la que se determina la dotación de personal auxiliar técnico educativo (ATE) en la enseñanza privada concertada para el curso 2026-2027, en el sentido siguiente:

Donde dice:

Código

TIPO

CENTRO EDUCATIVO

MUNICIPIO

Dotación horas ATE Curso 2026-2027

07002737

CCEI

JARDINES DE LA INFANCIA PUREZA DE MARÍA

Establiments

38

Debe decir:

Se debe suprimir del anexo 1 de la Resolución definitiva la fila correspondiente al centro con código 07002737, CCEI Jardines de la Infancia Pureza de María, dado que este centro queda extinguido con efectos del inicio del curso escolar 2026-2027.

En consecuencia, no corresponde asignarle ninguna dotación de horas de personal auxiliar técnico educativo (ATE) para el curso 2026-2027."

 

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el sitio web de la Dirección General de Personal Docente y Centros Concertados.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (27 de agosto de 2026)

La directora general de Personal Docente y Centros Concertados ​​​​​​​Joana Maria Cabrer Sureda