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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 633818
Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se autoriza la modificación de la configuración del centro privado concertado Santa Mònica, de Palma, con la transformación de un aula ASCE del centro privado concertado de educación especial Princesa de Asturias, del municipio de Marratxí, en una unidad educativa específica en centro ordinario (UEECO), y la modificación de la configuración del centro privado concertado de educación especial Princesa de Asturias con la supresión de la mencionada aula ASCE

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Texto

Hechos

1. Por una parte, mediante la Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 19 de mayo de 2023, se autorizó la modificación de la configuración del centro privado concertado de educación especial Princesa de Asturias, del municipio de Marratxí, con la transformación de una unidad ASCE del Programa de Formación para la Transición a la Vida Adulta (TVA), por una unidad ASCE de Educación Especial Básica (EEB) ubicada en el centro Sagrat Cor. Como consecuencia de esta modificación, el centro quedó configurado de la siguiente manera:

Enseñanzas autorizadas:

- Educación especial básica (EEB): 19 unidades

10 unidades en el centro específico y 9 unidades ASCE:

  • 1 unidad en el CC Santa Mònica, de Palma (código 07003262)
  • 2 unidades en el CC La Salle, de Palma (código 07004333)
  • 1 unidad en el CC Corpus Christi, de Palma (código 07003171)
  • 1 unidad en el CC La Salle des Pont d'Inca, de Marratxí (código 07002440)
  • 3 unidades en el CC Sagrat Cor, de Palma (código 07003675)
  • 1 unidad en el CC Ramon Llull, de Andratx (código 07000212)

- Programas de Formación para la Transición a la Vida Adulta (TVA):

3 unidades

  • 2 unidades en el centro específico
  • 1 unidad ASCE en el CC La Salle, de Palma (código 07004333)

2. Por otra parte, mediante la Resolución del consejero de Educación y Universidades de 15 de julio de 2024, se autorizó la modificación de la configuración del centro privado concertado con enseñanzas de régimen general Santa Mónica, de Palma, con la ampliación de una unidad educativa específica en centro ordinario (UEECO) de educación básica especial (EEB) (BOIB núm. 94, de 18 de julio). Como consecuencia de esta modificación, el centro quedó configurado de la siguiente manera:

Enseñanzas autorizadas:

- Educación infantil de primer ciclo: 4 unidades y 55 plazas escolares (1 unidad de 0-1 años, 1 unidad de 1-2 años y 2 unidades de 2-3 años).

- Educación infantil de segundo ciclo: 15 unidades y 375 plazas escolares.

- Educación primaria: 30 unidades y 750 plazas escolares.

- Educación secundaria obligatoria: 20 unidades y 600 plazas escolares.

- Programa de Diversificación Curricular (PDC): 2 unidades y 30 plazas escolares.

- Educación especial básica (EEB): 1 unidad ASCE (aula sustitutoria de centro específico) del centro concertado de educación especial Princesa de Asturias.

- Educación especial básica (EEB): 1 unidad UEECO y 7 plazas escolares.

- Bachillerato: 6 unidades y 210 plazas escolares (modalidades: general, ciencias y tecnología y humanidades y ciencias sociales).

- Formación Profesional:

 

Ciclos formativos de la familia profesional de Actividades Físicas y Deportivas (AFD):

  • CFGM Técnico en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre (AFD21): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares.
  • CFGS Técnico Superior en Acondicionamiento Físico (AFD32): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares.

Ciclos formativos de la familia profesional de Informática y Comunicaciones (IFC):

  • CFGM Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes (IFC21): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares.
  • CFGS Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Web (IFC33): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares.

Adscripción administrativa: las enseñanzas de bachillerato y los ciclos formativos de grado medio y grado superior quedan adscritos al IES Joan M. Thomàs, de Palma (código 07007152).

3. En fecha 23 de febrero de 2026, (GOIBE139726/2026), la titularidad del centro privado concertado Santa Mònica, de Palma, con código de centro 07003262, solicitó la modificación de su configuración con la transformación del aula ASCE del Princesa de Asturias en una unidad educativa específica en centro ordinario (UEECO).

4. En fecha 10 de abril de 2026, el Servicio para la Inclusión de la Comunidad Educativa (SICE) emitió un informe favorable sobre la creación de un aula UEECO en el CC Santa Mònica para el curso 2026-2027. El informe justificaba esta propuesta por la previsión de matrícula de alumnado con necesidades educativas especiales procedente tanto del propio centro como del aula ASCE gestionada por el CCEE Princesa de Asturias, así como por el desequilibrio existente en la zona de Palma entre la oferta de plazas UEECO de educación primaria y de educación secundaria obligatoria, insuficiente para dar respuesta a las solicitudes de cambio de modalidad de escolarización previstas para el curso 2026-2027.

5. En fecha 13 de abril de 2026, el arquitecto del Servicio de Infraestructuras Educativas emitió un informe desfavorable sobre la transformación del aula ASCE del CC Santa Mònica, de Palma, en un aula UEECO. El informe indicaba que la propuesta presentada por el centro consistía en ubicar el aula UEECO en el aula actual de primero de educación primaria y trasladar ese grupo al aula ASCE actual. Si bien se consideraba que el espacio propuesto para la UEECO cumplía los requisitos establecidos en el artículo 29 del Decreto 39/2011, se concluía que el aula ASCE no reunía las condiciones necesarias para convertirse en el aula de referencia de un grupo, dado que no se ajustaba a los requisitos de regularidad, proporcionalidad y superficie previstos en el Real Decreto 132/2010.

6. En fecha 3 de julio de 2026 (GOIBE493363/2026) y en fecha 30 de julio de 2026 (GOIBE570125/2026), el representante del CC Santa Mònica presentó nueva documentación con la finalidad de subsanar las deficiencias señaladas en el informe desfavorable del Servicio de Infraestructuras Educativas de 13 de abril de 2026. A tal efecto, presentó una nueva propuesta de ubicación del aula de primero de educación primaria para que fuera objeto de una nueva valoración por parte del Servicio de Infraestructuras Educativas.

7. En fecha 7 de agosto de 2026, el arquitecto del Servicio de Infraestructuras Educativas emitió un nuevo informe favorable sobre la transformación del aula ASCE del CC Santa Mònica, de Palma, en un aula UEECO. El informe establecía, no obstante, que antes de la puesta en funcionamiento de la unidad autorizada debían ejecutarse una serie de trabajos pendientes, cuya correcta finalización debía acreditarse mediante la presentación de documentación gráfica. Esta documentación se registró el 26 de agosto de 2026 (GOIBE623212/2026)

8. En fecha 27 de agosto de 2026, la jefa del Servicio de Planificación Educativa emitió un informe favorable sobre la modificación de la configuración del centro privado concertado Santa Mònica, de Palma, con la transformación de un aula ASCE del centro privado concertado de educación especial Princesa de Asturias, del municipio de Marratxí, en una unidad educativa específica en centro ordinario (UEECO), y la modificación de la configuración del centro privado concertado de educación especial Princesa de Asturias con la supresión de la mencionada aula ASCE.

9. En fecha 27 de agosto de 2026, la directora general de Planificación y Gestión Educativas propuso la autorización de la modificación de la configuración del centro privado concertado Santa Mònica, de Palma, con la transformación de un aula ASCE del centro privado concertado de educación especial Princesa de Asturias, del municipio de Marratxí, en una unidad educativa específica en centro ordinario (UEECO), y la modificación de la configuración del centro privado concertado de educación especial Princesa de Asturias con la supresión de la mencionada aula ASCE.

Fundamentos de derecho

1. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), que establece, en su artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

2. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).

3. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).

4. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

5. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de Educación de las Illes Balears, que establece en su artículo 102, punto 2, de Creación de centros, que la creación, la supresión y la transformación de centros privados debe someterse a la autorización administrativa correspondiente, (BOIB núm. 38, de 17 de marzo).

6. El Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (BOE núm. 62, de 12 de marzo).

7. El Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, de autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, de régimen de centros docentes extranjeros en España, y el Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, de autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas, para adecuarlos a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (BOE núm. 62, de 12 de marzo).

8. El Decreto 39/2011, de 29 de abril, por el que se regula la atención a la diversidad y la orientación educativa en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos (BOIB núm. 78, de 28 de mayo).

9. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 91, de 14 de julio).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la directora general de Planificación y Gestión Educativas en fecha 27 de agosto de 2026, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar, con efectos del inicio del curso 2026-2027, la modificación de la configuración del centro privado concertado Santa Mònica, de Palma, con la transformación del aula ASCE del CCEE Princesa de Asturias en una unidad educativa específica en centro ordinario (UEECO).

2. Determinar que, como consecuencia de esta modificación, el CC Santa Mònica queda configurado de la siguiente manera:

Código de centro: 07003262

Denominación genérica: centro privado concertado con enseñanzas de régimen general

Denominación específica: Santa Mònica

Titular: Congregación Agustinas Hermanas del Amparo (NIF: R0700357G)

Domicilio: c/ Son Ventallol, núm. 13

Localidad: Palma

Municipio: Palma

CP: 07005

Enseñanzas autorizadas:

- Educación infantil de primer ciclo: 4 unidades y 55 plazas escolares distribuidas de la siguiente manera:

  • 1 unidad de 0-1 años y 7 plazas escolares
  • 1 unidad de 1-2 años y 12 plazas escolares
  • 2 unidades de 2-3 años y 36 plazas escolares

- Educación infantil de segundo ciclo: 15 unidades y 375 plazas escolares.

- Educación primaria: 30 unidades y 750 plazas escolares.

- Educación secundaria obligatoria: 20 unidades y 600 plazas escolares.

- Programa de Diversificación Curricular (PDC): 2 unidades y 30 plazas escolares.

- Educación especial básica (EEB): 2 unidades UEECO y 14 plazas escolares.

- Bachillerato: 6 unidades y 210 plazas escolares (modalidades: general, ciencias y tecnología y humanidades y ciencias sociales).

- Formación Profesional:

 

 

Ciclos formativos de la familia profesional de Actividades Físicas y Deportivas (AFD):

  • CFGM Técnico en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre (AFD21): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares.
  • CFGS Técnico Superior en Acondicionamiento Físico (AFD32): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares.

Ciclos formativos de la familia profesional de Informática y Comunicaciones (IFC):

  • CFGM Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes (IFC21): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares.
  • CFGS Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Web (IFC33): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares.

Adscripción administrativa: las enseñanzas de bachillerato y los ciclos formativos de grado medio y grado superior quedan adscritos al IES Joan M. Thomàs, de Palma (código 07007152).

3. Determinar que, como consecuencia de esta modificación, el CCEE Princesa de Asturias queda configurado de la siguiente manera:

Código de centro: 07006469

Denominación genérica: centro privado concertado de educación especial

Denominación específica: Princesa de Asturias

Titular: Fundación ASNIMO (Núm. CIF G07063217)

Domicilio: camí de Son Ametler, núm. 4

Localidad: Es Pla de na Tesa

Municipio: Marratxí

CP: 07141

 

Enseñanzas autorizadas:

 

- Educación especial básica (EEB): 18 unidades

 

10 unidades en el centro específico y 8 unidades ASCE:

  • 2 unidades en el CC La Salle, de Palma (código 07004333)
  • 1 unidad en el CC Corpus Christi, de Palma (código 07003171)
  • 1 unidad en el CC La Salle des Pont d'Inca, de Marratxí (código 07002440)
  • 3 unidades en el CC Sagrat Cor, de Palma (código 07003675)
  • 1 unidad en el CC Ramon Llull, de Andratx (código 07000212)

- Programas de Formación para la Transición a la Vida Adulta (TVA):

 

3 unidades

  • 2 unidades en el centro específico
  • 1 unidad ASCE en el CC La Salle, de Palma (código 07004333)

4. Inscribir y actualizar estas modificaciones en el Registro Estatal de Centros Docentes (RCD) del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y en el Registro Autonómico de la Consejería de Educación y Universidades.

5. Comunicar a los centros mencionados que quedan obligados a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando deba modificarse cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.

6. Publicar esta Resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes contador desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (28 de agosto de 2026)

El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany