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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE CAPDEPERA

Núm. 626890
Decreto de alcaldía de la delegación de competencias de la alcaldesa a la primera teniente de alcaldesa del Ayuntamiento de Capdepera

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Texto

Dado que en fecha 26/08/2026 se resolvió el decreto de alcaldía de la delegación de competencias de la alcaldesa a favor de la primera teniente de alcalde, se somete a información pública al Boletín Oficial de la Provincia el siguiente texto integral:

"Visto que corresponde a los Tenientes de Alcaldía sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, a la Alcaldesa, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a este para el ejercicio de sus atribuciones, así como ejercer la funciones de Alcaldesa en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión la Alcaldesa.

Visto que de fecha 27 de agosto de 2026 hasta el 31 de agosto de 2026, Dª. Alcaldesa se encontrará ausenta del municipio.

Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,

RESUELVO

PRIMERO. Delegar a Dª. Mireia Francesca Ferrer Jaume, primera teniente de alcaldía, la totalidad de las funciones de Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el período de 27 de agosto de 2026 hasta el 31 de agosto de 2026.

SEGUNDO.  La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.

TERCERO. El órgano delegado informará a esta Alcaldía, a posteriori y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el periodo de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en el artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

CUARTO. La delegación conferida en el presente Decreto requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose esta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.

QUINTO. La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.

SEXTO. En lo no previsto expresamente, en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en estas normas."

 

(Firmado electrónicamente: 26 de agosto de 2026

La alcaldesa Nuria Garcia Caballeria)