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AYUNTAMIENTO DE SANT JOAN DE LABRITJA
Núm. 626688
Extracto de la convocatoria de subvenciones para la retirada de materiales de aislamiento y de construcción que contengan amianto 2026 – Expediente n.º 890/2026
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Código BDNS nº. 924947
Mediante Resolución de Alcaldía n.º 978, de fecha 13 de agosto de 2026, se aprobaron las bases reguladoras que han de regir la «Convocatoria de subvenciones para la retirada de materiales de aislamiento y de construcción que contengan amianto 2026», publicadas en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 104, de 20 de agosto de 2026.
De conformidad con lo establecido en los artículos 17.3.b) y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Primero. Justificación
La presencia de materiales de aislamiento y de construcción que contienen amianto en determinados inmuebles del término municipal de Sant Joan de Labritja supone un riesgo para la salud pública y para el medio ambiente, especialmente cuando dichos materiales se encuentran deteriorados o son objeto de manipulación.
Por este motivo, el Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja considera necesario fomentar la retirada en origen de estos residuos y garantizar que su manipulación, transporte y tratamiento se realicen mediante empresas especializadas y gestores debidamente autorizados.
La convocatoria pretende contribuir a que las actuaciones de retirada de amianto se efectúen en condiciones adecuadas, favoreciendo la mejora ambiental y reduciendo los riesgos asociados a la presencia de este material.
Segundo. Objeto y personas beneficiarias
El objeto de esta convocatoria es fomentar la retirada en origen de residuos de materiales de aislamiento y de construcción que contengan amianto ubicados en el término municipal de Sant Joan de Labritja, así como garantizar su correcta gestión.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los propietarios de bienes inmuebles que contengan elementos constructivos con amianto y que impulsen su desamiantado, ya sean personas físicas, personas jurídicas o comunidades de propietarios, siempre que cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras.
Serán subvencionables los gastos que respondan de forma inequívoca a la naturaleza de la actuación subvencionada y, específicamente, los correspondientes a la retirada, transporte y tratamiento de los residuos de materiales de aislamiento y de construcción que contengan amianto y, en su caso, los medios auxiliares necesarios.
Las actuaciones deberán realizarse mediante empresas inscritas en el Registro de Empresas con Riesgo de Amianto (RERA) y los residuos deberán ser transportados y tratados por gestores debidamente autorizados.
Serán subvencionables exclusivamente los gastos derivados de actuaciones ejecutadas entre el 1 de enero de 2025 y la finalización del plazo de presentación de solicitudes, siempre que hayan sido efectivamente pagados con anterioridad a la finalización de dicho plazo.
Tercero. Dotación económica
La cuantía máxima destinada a la presente convocatoria asciende a cinco mil euros (5.000,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 1621.48900 del Presupuesto Municipal del ejercicio 2026.
El importe de la subvención se fija a razón de 20 euros por metro cuadrado de cubierta de amianto, hasta un importe máximo de 500 euros por persona beneficiaria.
La cuantía concedida no podrá superar, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, el coste total de la actuación subvencionada.
Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes
Se establece un plazo de veinte (20) días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), para la presentación de solicitudes.
Las solicitudes se formularán mediante el modelo que figura como anexo de las bases reguladoras y se dirigirán a la Alcaldesa del Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja, pudiendo presentarse en el Registro de Entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sant Joan de Labritja (firmado electrónicamente: 26 de agosto de 2026)
La alcaldesa María Tania Marí Marí