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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 626524
Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se autoriza la modificación de la configuración con la implantación de una unidad educativa específica en centro ordinario (UEECO) del centro privado concertado con enseñanzas de régimen general (CC) L’Assumpció, del municipio de Binissalem

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Texto

Hechos

1. Mediante la Resolución del consejero de Educación y Universidades de 27 de enero de 2026, se autorizó la integración de los estudios de 1r ciclo de educación infantil del centro de educación infantil privado de primer ciclo (CEI) Els Petits de l'Assumpció al centro privado concertado (CC) l'Assumpció, y la posterior extinción y supresión del código del centro de educación infantil privado de primer ciclo (CEI) Els Petits de l'Assumpció (BOIB núm. 16, de 3 de febrero). Como consecuencia de esta modificación, el centro quedó configurado de la siguiente manera:

Enseñanzas autorizadas:

  • Educación infantil de primer ciclo: 3 unidades y 37 plazas escolares, distribuidas de la siguiente manera:
    • 1 unidad de 0 a 1 años y 7 plazas escolares
    • 1 unidad de 1 a 2 años y 12 plazas escolares
    • 1 unidad de 2 a 3 años y 18 plazas escolares
  • Educación infantil de segundo ciclo: 3 unidades y 75 plazas escolares
  • Educación primaria: 6 unidades y 150 plazas escolares
  • Educación secundaria obligatoria: 5 unidades y 150 plazas escolares

2. En fecha 9 de febrero de 2026, (GOIBE94289/2026, GOIBE94290/2026 y GOIBE94291/2026), la titularidad del centro privado concertado L'Assumpció, de Binissalem, con código de centro 07000391, solicitó la modificación de su configuración con la la implantación de una unidad educativa específica en centro ordinario (UEECO).

3. En fecha 13 de abril de 2026, el Servicio para la Inclusión de la Comunidad Educativa (SICE) emitió un informe desfavorable sobre la concertación de un aula UEECO en el CC L'Assumpció para el curso 2026-2027, dado que la oferta existente en la zona del Raiguer se consideraba suficiente para dar respuesta a las necesidades de escolarización.

No obstante, el informe se refería exclusivamente a la concertación de la unidad UEECO para el curso 2026-2027 y no a su autorización administrativa, la cual permite incorporar esta unidad a la configuración del centro, sin perjuicio de que su concertación pueda valorarse en cursos posteriores de acuerdo con las necesidades de escolarización existentes.

4. En fecha 8 de mayo de 2026, el Servicio de Infraestructuras Educativas emitió un informe favorable sobre la implantación de un aula UEECO en el CC L'Assumpció. El informe concluía que el espacio propuesto reunía las condiciones adecuadas para la implantación de la unidad, dado que era de fácil acceso, disponía de un patio anexo, de un baño adaptado cercano y de toma de agua, sin necesidad de llevar a cabo obras de adecuación. No obstante, la autorización de la unidad quedaba condicionada a la ejecución de una rampa exterior para salvar un desnivel existente.

5. En fecha 9 de julio de 2026, (GOIBE506052/2026), la representante de la titularidad solicitó la visita de obras por parte del equipo técnico del Servicio de Infraestructuras Educativas para comprobar que las obras se ajustaban a los planos enviados.

6. En fecha 17 de agosto de 2026, el arquitecto del Servicio de Infraestructuras Educativas emitió un informe favorable sobre la ampliación de la configuración del centro con un aula UEECO. En el informe se indicaba que, durante la visita de obras realizada el 11 de agosto de 2026, se comprobó la ejecución de la rampa necesaria para salvar el pequeño desnivel existente en el acceso del aula y, en consecuencia, se consideraba que el aula UEECO se podía autorizar.

7. En fecha 26 de agosto de 2026, la jefa del Servicio de Planificación Educativa emitió un informe favorable sobre la implantación de una unidad educativa específica en centro ordinario (UEECO) del centro privado concertado con enseñanzas de régimen general (CC) L'Assumpció, del municipio de Binissalem.

8. En fecha 26 de agosto de 2026, la directora general de Planificación y Gestión Educativas propuso la autorización de la implantación de una unidad educativa específica en centro ordinario (UEECO) del centro privado concertado con enseñanzas de régimen general (CC) L'Assumpció, del municipio de Binissalem.

Fundamentos de derecho

1. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), que establece, en su artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

2. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).

3. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).

4. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

5. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de Educación de las Illes Balears, que establece en su artículo 102, punto 2, de Creación de centros, que la creación, la supresión y la transformación de centros privados debe someterse a la autorización administrativa correspondiente, (BOIB núm. 38, de 17 de marzo).

6. El Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (BOE núm. 62, de 12 de marzo).

7. El Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, de autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, de régimen de centros docentes extranjeros en España, y el Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, de autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas, para adecuarlos a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (BOE núm. 62, de 12 de marzo).

8. El Decreto 39/2011, de 29 de abril, por el que se regula la atención a la diversidad y la orientación educativa en los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos (BOIB núm. 78, de 28 de mayo).

9. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 91, de 14 de julio).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la directora general de Planificación y Gestión Educativas en fecha 26 de agosto de 2026, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar, con efectos del inicio del curso 2026-2027, la modificación de la configuración del centro privado concertado L'Assumpció, de Binissalem, con la implantación de una unidad educativa específica en centro ordinario (UEECO).

2. Determinar que, como consecuencia de esta modificación, el centro queda configurado de la siguiente manera:

Código de centro: 07000391

Denominación genérica: centro privado concertado con enseñanzas de régimen general.

Denominación específica: l'Assumpció

Titular: Fundació Escola Catòlica de les Illes Balears (FECIB), (NIF G57562373)

Domicilio de los estudios de educación primaria y de educación secundaria: c/ Sant Vicenç de Paül, 9.

Domicilio de los estudios de educación infantil: c/ de la Concepció, 1.

Municipio: Binissalem

Localidad: Binissalem

CP: 07350

Enseñanzas autorizadas:

  • Educación infantil de primer ciclo: 3 unidades y 37 plazas escolares, distribuidas de la siguiente manera:
    • 1 unidad de 0 a 1 años y 7 plazas escolares
    • 1 unidad de 1 a 2 años y 12 plazas escolares
    • 1 unidad de 2 a 3 años y 18 plazas escolares
  • Educación infantil de segundo ciclo: 3 unidades y 75 plazas escolares
  • Educación primaria: 6 unidades y 150 plazas escolares
  • Unidad educativa específica en centro ordinario (UEECO): 1 unidad EEB y 7 plazas escolares.
  • Educación secundaria obligatoria: 5 unidades y 150 plazas escolares

3. Inscribir y actualizar esta modificación en el Registro Estatal de Centros Docentes (RCD) del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y en el Registro Autonómico de la Consejería de Educación y Universidades.

4. Comunicar al centro mencionado que queda obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando deba modificarse cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.

5. Publicar esta Resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes contador desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (27 de agosto de 2026)

El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany