Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES
Núm. 626375
Resolución de aprobación de la convocatoria de comisión de servicios CS 134/2026 de jefe de servicio Juridicoadministrativo del Área de Gerencia del IMAS
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INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES
GERENCIA/DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN / RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN DE CONVOCATORIA DE COMISIÓN DE SERVICIOS
CS1 CONVOCATORIA: CS 134/2026
1. DATOS DE LA PROPUESTA INICIAL
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Fecha Órgano Expediente |
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11/08/26 IMAS/GERÈNCIA 262234581977262 |
2. NORMATIVA REGULADORA DE LA COMISIÓN DE SERVICIOS
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1.El artículo 82 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunitat Autónoma de les Illes Balears en el cual se regula la ocupación de puestos de trabajo en comisión de servicios. 2. La Instrucción 1/2021, del Presidente del IMAS, de 29 de enero, de establecimiento de los criterios generales para la ocupación temporal de puestos de trabajo del IMAS por medio de comisiones de servicio. Por ello, y al amparo de la competencia que me atribuye el artículo 7.17 de los Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, aprobados por Acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca de día 11 de abril de 2019 (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019). |
3. RESOLUCIÓN
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I. APROBAR LA CONVOCATORIA DE COMISIÓN DE SERVICIOS DE CARÁCTER VOLUNTARIO POR EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO SIGUIENTE: PUESTO 1 IMAS/GERENCIA SERVICIO JURIDICO ADMINISTRATIVO
*Podéis consultar las características del puesto de trabajo en el Portal del Personal en el apartado de Relación de puestos de trabajo. Funciones del puesto de trabajo FUNCIONES GENÉRICAS a) Dirigir el servicio y supervisar la planificación de la carga de trabajo. b) Dirigir, organizar y evaluar de manera continua los recursos del servicio procurando la consecución de su misión y objetivos de manera eficaz en orden a los principios de legalidad, agilidad administrativa y transparencia. c) Cualquier otra que le sea encomendada por el superior jerárquico de entre los que corresponden a la escala, subescala, clase, especialidad o categoría de adscripción. FUNCIONES ESPECÍFICAS a) Coordinar y fijar los criterios generales para la tramitación de los expedientes jurídico-administrativos del servicio con otras unidades administrativas y con Intervención delegada. b) Dirigir la coordinación del IMAS con otras administraciones y con el Consejo de Mallorca, incluyendo la supervisión de los expedientes que tienen que ser tramitados y aprobados por los órganos del Consejo de Mallorca. c) Ejercer la secretaría del Consejo Rector y del Consejo Asesor del IMAS. d) Ejercer la secretaría del IMAS por delegación del Secretario General del Consejo de Mallorca: funciones de fe pública y asesoramiento legal preceptivo en materia de contratación pública y asistencia a las Mesas de contratación del IMAS, entre otros. e) Dirigir y coordinar la contratación administrativa de todas las unidades administrativas. f) Dirigir y coordinar el Registro General del IMAS. g) Preparar la normativa propia y participar en la elaboración de normativa general. II. APROBAR EL ANEXO 1 DE LA MENCIONADA CONVOCATORIA. III. PUBLICAR ESTA RESOLUCIÓN Y SU ANEXO EN EL TABLÓN DE EDICTOS DEL IMAS, EN EL RESTO DE SUS CENTROS, EN EL PORTAL DEL PERSONAL DEL IMAS, EN LA SEDE ELECTRÓNICA DEL CONSEJO INSULAR DE MALLORCA Y EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LAS ILLES BALEARS. |
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Palma, en la fecha de la firma electrónica del documento (26 de agosto de 2026)
El consejero ejecutivo de Bienestar Social y Presidente del IMAS Guillermo Sánchez Cifre
ANEXO 1 CS 134/2026
BASES DE LA CONVOCATORIA
1. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
En esta convocatoria se puede presentar el personal funcionario de carrera del IMAS, del Consejo de Mallorca, de otras administraciones locales y administraciones autonómicas, en situación administrativa de servicio activo que reúna los requisitos exigidos referentes a grupo/subgrupo, escala, subescala, clase, especialidad, conocimientos de lengua catalana y otros requisitos del puesto de trabajo, especificados en la convocatoria.
2. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
a. El plazo para presentar solicitudes empieza el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de les Illes Balears (BOIB) y finaliza en el plazo de siete días hábiles contados a partir del día siguiente de haberse publicado la convocatoria en el BOIB.
b. La solicitud se ajustará al modelo que se recoge en el anexo de esta convocatoria.
c. La solicitud se tiene que presentar telemáticamente de conformidad con la Disposición adicional primera de la Ordenanza por la cual se regula la administración electrónica del Consejo Insular de Mallorca y los organismos que dependen (BOIB n.º 69, de 16 de mayo de 2013; BOIB n.º 122, de 17 de septiembre de 2022; BOIB n.º 76, de 17 de junio de 2025), las persones aspirantes quedan obligadas a relacionarse con el IMAS telemáticamente en todas las fases del procedimiento, desde la presentación de solicitudes de participación hasta la elección de destino, incluidas las reclamaciones y los recursos administrativos que se puedan interponer, salvo los supuestos expresamente previstos. El deber de relacionarse con el IMAS por medios telemáticos comprenderá la obligación de recibir notificaciones electrónicas en el caso de aquellos actos o incidencias que requieran una comunicación personal.
d. La solicitud para participar en el procedimiento de la comisión de servicios se puede tramitar accediendo a la Sede electrónica del Consejo de Mallorca, Ciudadanía, tipos de actuaciones, Recursos Humanos, Comisión de Servicios CS 134/2026, Solicitud de participación en la comisión de servicios, trámite electrónico, o directamente en el siguiente enlace https://imas.secimallorca.net/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=13419
e. Con la solicitud se ha debe adjuntar el Curriculum-vitae y los documentos acreditativos de la titulación o titulaciones, y de los otros requisitos exigidos en la convocatoria.
La Administración de oficio podrá requerir en cualquier momento a las personas aspirantes que aporten la documentación original para acreditar el cumplimiento de los requisitos.
f. No se tomarán en consideración las solicitudes de las personas aspirantes que no reúnan los requisitos exigidos para acceder al puesto de trabajo solicitado.
g. La fecha de referencia para el cumplimiento de los requisitos exigidos alegados por las personas aspirantes será el día que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
3.FORMA DE ACREDITAR
Acreditación de requisitos: A la solicitud se deben adjuntar electrónicamente los documentos acreditativos de la titulación o titulaciones y de los otros requisitos que se exigen en la convocatoria.
Para el personal del IMAS se expedirá de oficio un certificado del expediente personal que acredita los servicios prestados en el IMAS y los méritos alegados que consten en su expediente.
4.DURACIÓN
La duración inicial de esta comisión es de doce meses, prorrogable a instancia del órgano correspondiente.
Las sucesivas publicaciones se harán en la Sede Electrónica del Consejo de Mallorca, en el «Tablón de anuncios del IMAS» de la Sede electrónica ( https://imas.sedipualba.es/tablondeanuncios/ ? ar=586), y a efectos informativos en el Portal de personal del IMAS.