Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE LLORET DE VISTALEGRE
Núm. 625364
Constitución de una bolsa de trabajo extraordinario de la categoría de Técnico/a superior en Educación Infantil del Ayuntamiento de Lloret de Vistalegre
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La Junta de Gobierno Local del día 26 de agosto de 2026, en concordancia con el acta del tribunal evaluador reunido en sesión de día 24 de agosto, aprobó definitivamente las puntuaciones relativas a la baremación del proceso selectivo para la creación de una bolsa de trabajo extraordinario de la categoría de técnico/a superior en Educación Infantil, de conformidad con lo dispuesto en las bases y convocatoria aprobada por Junta de Gobierno de día 8 de julio de 2026 (*BOIB n.º 87, de 11 de julio de 2026, adoptando por unanimidad el siguiente ACUERDO:
PRIMERO.- Aprobar la bolsa de trabajo extraordinario de la categoría de técnico/a superior en educación infantil, según la orden de puntuación obtenido por los aspirantes y en conformidad con la propuesta del Tribunal Calificador:
| Ordre | Aspirant | DNI | Puntuació total |
|---|---|---|---|
| 1 | Magdalena Homar Martorell | 43****93G | 50,70 |
| 2 | Caridad Jimeno Vicente | 43****51B | 47 |
| 3 | Maria Palmer Montojo | 43****59K | 25,50 |
| 4 | Patricia Rivas Blàzquez | 43****36B | 8,50 |
| 5 | M.ª Magdalena Sastre Fiol | 43****76T | 5 |
| 6 | Francesca Perelló Alomar | 41****22Q | 3,20 |
SEGUNDO.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares a los efectos previstos en la normativa vigente.
TERCERO.- La presente bolsa tiene una vigencia de tres años a contar desde la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en conformidad con el establecido en la Base Séptima de las Bases.
CUARTO.- Contra el presente acuerdo se podrán interponer los siguientes recursos:
a) Reposición: Ante la Junta de Gobierno Local, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la fecha de notificación del presente acuerdo. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado del Contencioso–administrativo de Palma, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente a la desestimación presunta.
b) Contencioso–administrativo: Ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a la fecha de notificación del presente acuerdo. Se puede interponer directamente, pero si se ha presentado un recurso de reposición, no se podrá formalizar el contencioso–administrativo hasta que no se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto en conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del procedimiento administrativo común.
Lloret de Vistalegre, documento firmado electrónicamente (26 de agosto de 2026)
El alcalde Sebastián Amengual Figueras