Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
AGENCIA TRIBUTARIA DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 598040
Acuerdo del Consejo General de la Agencia Tributaria de las Illes Balears de día 23 de junio de 2026 relativo a la aprobación del Acuerdo de la Mesa de Negociación de la Agencia Tributaria de las Illes Balears, de 3 de junio de 2026, de adhesión al Acuerdo del Consejo de Gobierno de 8 de mayo de 2026 por el cual se acuerda la implantación de la jornada de trabajo de 35 horas del personal funcionario al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears representado en la Mesa Sectorial de Servicios Generales
Versión PDF
El Consejo General de la Agencia Tributaria de las Illes Balears, a propuesta del Administrador tributario de la Agencia Tributaria de las Illes Balears (por suplencia por motivo de vacante de la Dirección de la ATIB —art. 5.3 de la Orden de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 22 de diciembre de 2016 por la cual se regula la estructura organizativa y funcional de la Agencia Tributaria de las Illes Balears; BOIB núm. 163, de 29/12/2016—), en la sesión de 23 de junio de 2026, adoptó, entre otros, los siguientes
Acuerdos
Primero. Ratificar el Acuerdo de la Mesa de Negociación de la Agencia Tributaria de las Illes Balears de 3 de junio de 2026, por el cual se adhiere al Acuerdo del Consejo de Gobierno de 8 de mayo de 2026 por el cual se acuerda la implantación de la jornada de trabajo de 35 horas del personal funcionario al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears representado en la Mesa Sectorial de Servicios Generales (BOIB núm. 60, de 12 de mayo de 2026).
Segundo. Ordenar que este Acuerdo se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Tercero. Disponer que este Acuerdo produzca efectos desde el día siguiente al de su publicación.
Palma (fecha de la firma electrónica: 6 de agosto de 2026)
El administrador tributario Justo Alberto Roibal Hernández (Por suplencia por motivo de vacante de la Dirección de la ATIB—art. 5.3 de la Orden de la consejera de Hacienda y Administraciones Públicas de 22 de diciembre de 2016 por la cual se regula la estructura organizativa y funcional de la Agencia Tributaria de las Illes Balears; BOIB núm. 163, de 29/12/2016—)