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CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 605762
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 20 de julio de 2026, relativo a los bases de las ayudas del Consejo Insular de Menorca en materia cinegética y la convocatoria correspondiente de 2026 (exp. 5311-2026-000001)
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BDNS 925209
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/925209):
Primero. Beneficiarios
Sociedades de cazadores de implantación en la isla sin carácter lucrativo previstas en la Ley 6/2006, de 12 de abril, de caza y pesca de las Islas Baleares, y otras entidades sin ánimo de lucro relacionadas con el medio ambiente que actúen en el ámbito cinegético menorquín.
Segundo. Objeto
Apoyar a determinadas actividades sin ánimo de lucro llevadas a cabo en el territorio de Menorca en materia cinegética entre los días 31 de octubre del año 2025 y 31 de agosto del año 2026, que contribuyan a mejorar la capacidad, el aprovechamiento y la sostenibilidad de los recursos que son objeto de explotación.
Tercero. Bases reguladoras
La convocatoria se rige por las bases reguladoras aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca en sesión de carácter ordinario de 20 de julio de 2026.
Cuarto. Cuantía
El importe global máximo de la convocatoria es de 18.000 € (dieciocho mil euros).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes es desde el día siguiente a haberse publicado esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) hasta el 30 de septiembre de 2026.
Sexto. Otros datos
El porcentaje máximo de subvención será de un 80% del coste de las actuaciones y se podrá recibir hasta un máximo de 6.000 €.
Maó, 17 de agosto de 2026
Por delegación del presidente El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (Decreto 129/2023, de 27 de julio) (BOIB núm. 106 de 29-07-2023)