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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA

Núm. 613038
Listado provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso selectivo para proveer, como personal funcionario de carrera del Consell Insular de Formentera, 1 plaza vacante de técnico/a de Inmigración

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Texto

Se hace público que el Presidente del Consell Insular de Formentera, en fecha 13 de agosto de 2026, dictó, entre otros, el siguiente Decreto:

“DECRETO DE LA PRESIDENCIA

Listado provisional de personas aspirantes ADMITIDOS Y EXCLUIDOS del proceso selectivo para proveer, como personal funcionario de carrera del Consell Insular de Formentera, 1 plaza vacante de Técnico/a de Inmigración.

El Sr. Óscar Portas Juan, presidente del Consell Insular de Formentera, Illes Balears.

Dado el acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 30 de diciembre de 2025, se aprobó la convocatoria y las bases que deben regir el proceso selectivo para proveer, como personal funcionario de carrera, 1 plaza vacante de la categoría de Técnico/a de Inmigración y dotada presupuestariamente, correspondiente a la Oferta Pública de Empleo del año 2024, por el sistema de acceso de turno libre y procedimiento de selección de concurso-oposición. Plazas encuadradas en la plantilla de personal funcionario, escala Administración Especial, grupo de clasificación A2, del Consell Insular de Formentera, BOIB nº 24, de 21 de febrero de 2026.

Visto que el extracto de dicha convocatoria ha sido publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) nº 54, de 2 de marzo de 2026.

Dada la documentación presentada por las personas aspirantes que ha sido tramitada conforme a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Por todo esto, y en virtud de las competencias atribuidas a la Presidencia según el Decreto de Presidencia de fecha 27 de diciembre de 2024 (BOIB nº 19, de 11 de febrero de 2025), en relación con el artículo 21.1.q de la Ley 4/2022, de 28 de junio, sobre los consells insulars y el resto de la normativa aplicable en vigor.

HE RESUELTO

PRIMERO.- APROBAR el listado provisional de las personas aspirantes EXCLUIDAS que deben subsanar documentación, en un plazo de 10 días laborables, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOIB. En el caso de que no se subsane dentro de este plazo, las deficiencias que hayan motivado su exclusión, la persona aspirante se considerará excluida del proceso selectivo para proveer, como personal funcionario de carrera, 1 plaza de la categoría de Técnico/a de Inmigración en el Consell Insular de Formentera.

NIF

MOTIVO                                                                                                                                                         

****0384*

Punto 5.5 apartado f) de la base quinta:

 

f) Relación de los méritos de que dispongan y que quieran que se les tenga en cuenta en la fase de concurso. (Índice)

 

****2946*

Punto 5.5 apartados d) y e) de la base quinta:

 

d) Titulación o certificado académico que acredite tener cursados y aprobados los estudios requeridos para obtener el título correspondiente, junto con el justificante de haber satisfecho los derechos de expedición, sin perjuicio de la posterior presentación del título.

 

e) Documento acreditativo del requisito de conocimiento de la lengua catalana: para la acreditación de este requisito, debe presentarse juntamente con la solicitud el certificado expedido por el órgano autonómico balear competente, o si procede, los certificados declarados equivalentes por la Consejería de Educación y Formación Profesional del Gobierno de las Illes Balears.

 

SEGUNDO.- Las persones aspirantes excluidas disponen de un plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente a aquel en que se publica esta resolución en el BOIB, para que puedan presentar subsanaciones y posibles reclamaciones. Las persones aspirantes que no presenten alegaciones dentro del plazo señalado, en que justifiquen su derecho de estar admitidas, se excluirán definitivamente del proceso.

TERCERO.- PUBLICAR este Decreto Presidencial en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), en el tablón de anuncios de la OAC del Consell Insular de Formentera y en la página web de la corporación www.consellinsulardeformentera.cat

A la hora de publicar los datos de las personas aspirantes, será por DNI, conforme a la normativa aplicable de la protección de datos personales.

El Presidente,                                           La secretaria acctal.,

Óscar Portas Juan                                      Paola Sales Jiménez”

Lo que se publica, para general conocimiento, y conforme a la normativa de función pública.

 

Formentera, en la fecha de la firma electrónica. (13 de agosto de 2026)

El presidente Óscar Portas Juan