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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA

Núm. 609223
Aprobación inicial del proyecto de línea de media tensión, centro de transformación y red de baja tensión para nuevo suministro en C/ Sant Isidre, núm. 4, y estudio básico de seguridad y salud (Exp. 3784/2026)

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Texto

Visto el expediente proyecto de línea de media tensión, centro de transformación y red de baja tensión para nuevo suministro en C/ Sant Isidre, núm. 4, y estudio básico de seguridad y salud (Exp. 3784/2026), la Junta de Gobierno Local, en sesión de 18.08.2026, ha adoptado el acuerdo que, en su parte dispositiva, se transcribe a continuación:

Primero. Aprobar inicialmente el proyecto de línea de media tensión, centro de transformación y red de baja tensión para nuevo suministro en C/ Sant Isidre, núm. 4, y estudio básico de seguridad y salud, redactado por el ingeniero industrial Bernat Oliver Bestard, colegiado 327 del COEIB, que cuenta con un presupuesto de ejecución para contrata de 258.522,92 € (IVA excluido), lo que supone (incorporando la gestión de residuos e IVA) un presupuesto total de 312.812,73 €.

Segundo. Someter al trámite de exposición pública por un plazo de quince días mediante anuncio a publicar en el tablón de edictos de la sede electrónica y en la página web de este Ayuntamiento, así como en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, el proyecto de obra pública redactado al respecto, con arreglo a lo previsto en el artículo 149.1 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal i de régimen local de les Illes Balears. Durante el período de exposición pública se podrá examinar el proyecto y formular las alegaciones que procedan; significando que el proyecto se entenderá definitivamente aprobado en caso de que no se presenten alegaciones en legal forma.

Tercero. Que una vez aprobado el proyecto, y previamente a la aprobación del expediente de contratación de la obra, se proceda a efectuar el replanteamiento del proyecto a efectos de comprobar la realidad geométrica de la obra; la disponibilidad de los terrenos necesarios para su normal ejecución y cuantos supuestos del proyecto sean básicos para el contrato a celebrar, de conformidad con el artículo 236.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público (LCSP). Del acto material de replanteo del proyecto se dejará constancia formal mediante la correspondiente acta de replanteo previo (artículo 138.2 del RGLCAP).

 

Pollença, en fecha de la firma electrónica (19 de agosto de 2026)

El alcalde Martí X. March Cerdà