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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 606380
Notificación de deficiencias a los beneficiarios de las ayudas, de fecha 11 dagost de 2026, al amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), por la cual se convocan, mediante el procedimiento anticipado de gasto y para los años 2023 y 2024, subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores y agricultoras

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Texto

La convocatoria de ayudas especifica que las comunicaciones y las notificaciones se realizarán a las personas interesadas mediante su publicación al Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos que prevé la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

La jefa del servicio de Ayudas Directas y Asimiladas al SIGC de la PEC, en fecha 11 de agosto de 2026, firmó la siguiente notificación,

Asunto: notificación de deficiencias de la solicitud de 2.º pago

Convocatoria: CEJA2023_1

Documento: oficio

Código DIR3: A04026954

Código SEA: 3036240

Código BDNS: 732390

De acuerdo con Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la cual se convocan, para los años 2023-2024, subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores.

Después de revisar la documentación presentada junto con la solicitud de pago de la línea de ayuda indicada anteriormente, se ha constatado que falta documentación o tiene los errores que se indican al anexo adjunto 'Relación de solicitudes de pago para enmendar'.

De acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento dministrativo común de las administraciones públicas, os requiero porque en el plazo de DIEZ DÍAS contadores desde el día siguiente a la publicación de esta notificación, presenteis la documentación que falta o enmendáis las deficiencias detectadas antes mencionadas, haciendo referencia al número de expediente y la línea de ayuda.

Una vez transcurrido el plazo para enmendar las deficiencias sin que lo hayáis hecho, se revocará la ayuda, de acuerdo con el artículo 92.1 del Reglamento de la Ley de subvenciones mencionado.

La jefa del Servicio de Ayudas Directas y Asimiladas al SIGC de la PEC

(Por suplencia del jefe de servicio de Ayudas al Desarrollo Rural

(BOIB n.º 94, del 15 de julio de 2021)

María Isabel de Prado Bautista

 

ANEXO RELACIÓN DE SOLICITUDES DE PAGO POR SUBSANAR

Solicitante

NIF

Núm. exp.

Documentación a subsanar i Observaciones

MARGALIDA CALAFAT PERELLÓ

***7606**

CEJA2023_1/002

  • No acredita la certificación en producción ecològica.
  • No acredita 1 UTA de secano.

RAFEL JAUME BELTRAN

***3845**

CEJA2023_1/116

  • La explotación no tiene la ratificación de prioritária.
  • Falta acreditación ingresos agrarios
  • Falta acreditar 25 UBM

AMANDA GOMILA CAMPAÑA

***5955**

CEJA2023_1/144

  • La explotación no tiene la ratificación de prioritária.
  • Acreditar ingresos agrarios (presenta 35.000€ ingresos agrarios de la renta del 2025, de los cuales 27.500,00€ corresponden al 1er pago de CEJA).

 

Palma, en fecha de firma digital  (13 de agosto de 2026)

El director gerente del Fogaiba Joan Josep Coll Bibiloni