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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 605634
Resolución de la directora gerente de la gerencia de Hospital Universitario Son Llàtzer por la que se aprueba la convocatoria para cubrir, por el sistema de promoción interna temporal, una plaza de Facultativo de área especialista en cuidados paliativos de la plantilla orgánica autorizada del Hospital Universitario Son Llàtzer

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Texto

Hechos

Es necesario cubrir, por el sistema de promoción interna temporal, una plaza vacante de la categoría FEA de cuidados paliativos de la plantilla orgánica autorizada de la Gerencia del Hospital Universitario Son Llàtzer.

Fundamentos de derecho  

1. El artículo 35.1 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud, determina que por necesidades del servicio —y en los supuestos y bajo los requisitos que a tal efecto se establezcan en cada servicio de salud— podrá ofrecerse al personal estatutario fijo ejercer temporalmente y con carácter voluntario las funciones correspondientes a nombramientos de una categoría del mismo nivel de titulación o de un nivel superior, siempre que se tenga el título correspondiente. Estos procedimientos deben ser negociados en las mesas correspondientes. 

2. El 28 de febrero de 2012 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) núm. 31/2012 el Pacto de 24 de febrero de 2012 por el que se regulan los criterios generales de la promoción interna temporal del personal estatutario del Servicio de Salud de las Islas Baleares (corregido en el BOIB núm. 36, de 8 de marzo de 2012). El objeto principal del Pacto es establecer los criterios generales para la promoción interna temporal y el orden de fin o cese de ese personal. 

3. El 31 de mayo de 2022 se publicó en el BOIB núm. 70 el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 30 de mayo de 2022 por el que se ratifica el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares de 13 de mayo de 2022 relativo a la modificación del Pacto de 24 de febrero de 2012 por el que se regulan los criterios generales de la promoción interna temporal del personal estatutario del Servicio de Salud de las Islas Baleares. 

4. El punto 2 l) de la Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 11 de marzo de 2021 por la que se delegan diferentes competencias en materia de personal estatutario de la sanidad pública autonómica en la persona titular de la Dirección de Área de Profesionales y Relaciones Laborales y en las personas titulares de las gerencias territoriales establece que «se delegan en las personas titulares de las gerencias territoriales de los diferentes centros y establecimientos del Servicio de Salud de las Islas Baleares las competencias siguientes [...] l) Convocar y resolver los procedimientos de promoción interna temporal del artículo 35 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud».

5. En la plantilla orgánica de la gerencia del Hospital Universitario Son Llàtzer hay una plaza vacante de la categoría FEA cuidados paliativos. 

Por todo ello dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la convocatoria para cubrir, por el sistema de promoción interna temporal una plaza de la categoría FEA de cuidados paliativos correspondiente a la plantilla orgánica autorizada del Hospital Universitario Son Llàtzer. 

2. Aprobar las bases que rigen el proceso selectivo (anexo 1), el modelo de solicitud (anexo 2) y el baremo de méritos (anexo 3).

3. Designar a los miembros de la comisión de selección, que figura en el punto 8 de las bases de la convocatoria.

4. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el web del Servicio de Salud de las Islas Baleares (www.ibsalut.es).

Interposición de recursos 

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 124 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 17 de agosto de 2026)

La directora gerente del Hospital Universitario Son Llàtzer  Soledad Gallardo Bonet Por delegación de la consejera de Salud (BOIB núm. 94, de 17/07/2025)

 

ANEXO 1 Bases de la convocatoria

1. Plaza convocada y funciones que debe desempeñar

1.1. Se convoca una promoción interna temporal de la categoría FEA de cuidados paliativos, de la plantilla orgánica de la gerencia del Hospital Universitario Son Llàtzer.

1.2. La persona seleccionada desempeñará las funciones propias de la categoría de Facultativo Especialista de Área adscrito a la Unidad de Cuidados Paliativos del Hospital Universitario Son Llàtzer y, específicamente, las siguientes:

• Realizar la valoración integral y especializada de pacientes con enfermedades avanzadas, crónicas complejas o en situación terminal. 

• Elaborar, coordinar y actualizar los planes individualizados de atención paliativa, garantizando una asistencia centrada en el paciente y en sus necesidades y preferencias.

• Llevar a cabo el diagnóstico, tratamiento y seguimiento de síntomas complejos, especialmente dolor, disnea, delirium, ansiedad, depresión, náuseas, vómitos, astenia y otros síntomas asociados a la enfermedad avanzada.

• Participar en la planificación anticipada de decisiones y en la adecuación del esfuerzo terapéutico, promoviendo la toma de decisiones compartida con los pacientes y sus familias.

• Proporcionar información clínica adecuada y apoyo emocional a pacientes, familiares y cuidadores, facilitando una comunicación eficaz en situaciones de especial complejidad clínica o emocional.

• Atender a pacientes ingresados, ambulatorios o vinculados a otros dispositivos asistenciales que requieran intervención especializada en cuidados paliativos.

• Asesorar y prestar soporte clínico a otros servicios hospitalarios y a los profesionales de atención primaria en el manejo de pacientes con necesidades paliativas complejas.

• Coordinar la continuidad asistencial entre los distintos niveles y recursos sanitarios y sociosanitarios, incluyendo atención primaria, hospitalización, hospital de día, atención domiciliaria, residencias y recursos comunitarios.

• Participar activamente en reuniones multidisciplinares con profesionales de medicina, enfermería, psicología, trabajo social, fisioterapia y otras disciplinas implicadas en la atención paliativa.

• Intervenir en la atención a pacientes al final de la vida, velando por la calidad asistencial, el respeto a la dignidad de la persona y el cumplimiento de la normativa vigente y de los principios bioéticos aplicables.

• Colaborar en la identificación y abordaje de situaciones de vulnerabilidad social, dependencia o riesgo social que puedan afectar al proceso asistencial.

• Participar en programas de mejora continua de la calidad, seguridad del paciente y evaluación de resultados asistenciales de la unidad.

• Desarrollar actividades de formación continuada y docencia dirigidas a profesionales sanitarios, residentes y estudiantes en el ámbito de los cuidados paliativos.

• Participar en proyectos de investigación, innovación y desarrollo relacionados con la atención paliativa y el manejo de la enfermedad avanzada.

• Colaborar en la elaboración, implantación y actualización de protocolos, procedimientos y guías clínicas de la unidad.

• Cumplir cuantas otras funciones asistenciales, docentes, investigadoras, organizativas y de coordinación sean inherentes a la categoría profesional y resulten necesarias para el adecuado funcionamiento de la Unidad de Cuidados Paliativos.

2. Características de la plaza

2.1. Lugar y centro de trabajo: unidad de cuidados paliativos del Hospital Universitario Son Llàtzer.

2.2. Tipo de nombramiento: a la persona seleccionada se le expedirá un nombramiento de personal estatutario en la modalidad de promoción interna temporal de una plaza de facultativo especialista de cuidados paliativos (grupo A1).

2.3. El régimen jurídico durante el tiempo en que la persona seleccionada ocupe la plaza será el siguiente: 

a) Se mantendrá en la situación de servicio activo y con reserva de plaza en la categoría de origen. 

b) Percibirá las retribuciones correspondientes a las funciones desempeñadas, excepto los trienios y el complemento de carrera profesional, que serán los correspondientes a la categoría de origen.

c) No supondrá la consolidación de ningún derecho de carácter retributivo o con relación a la obtención de un nuevo nombramiento, sin perjuicio que se pueda considerar como mérito en los procedimientos selectivos y de provisión.

3. Requisitos para participar

3.1. Requisitos generales:

a) Tener la condición de personal estatutario fijo del Servicio de Salud de las Islas Baleares y prestar servicio en la gerencia del Hospital Universitario Son Llàtzer.

En caso de que la convocatoria se declare desierta porque no se haya presentado nadie que cumpla los requisitos, se prevé expresamente que se extienda al personal que cumpla los requisitos del resto de las gerencias de la misma área de salud.

b) Pertenecer a algún grupo de clasificación inferior o a una categoría o especialidad diferente del mismo grupo que la plaza a la que se opta.

c) Estar en la situación de servicio activo.

d) Tener Título de Grado o Licenciatura en Medicina y Cirugía expedido, homologado y convalidado por el Ministerio de Educación y Formación profesional. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, debe acreditarse su homologación por el ministerio competente.

e) Tener la capacidad funcional necesaria para desempeñar las funciones que se deriven del nombramiento correspondiente. Este requisito debe acreditarse antes de la toma de posesión.

3.2. Requisitos específicos:

a) Tener título universitario oficial de grado o licenciatura en Medicina juntamente con la titulación de alguna de las especialidades médicas siguientes: Anestesiología y Reanimación, Geriatría, Medicina Familiar y Comunitaria, Medicina Interna, Oncología Médica u Oncología Radioterápica, Hematología, Pediatría; o la certificación prevista en el artículo 3 del Real decreto 853/1993, de 4 de junio, sobre ejercicio de las funciones de médico de Medicina General en el Sistema Nacional de Salud; o alguno de los títulos, certificados o diplomas al que hace referencia el artículo 30 de la Directiva 93/16/CEE, cuya enumeración figura en el apartado 1 de la Comunicación 96/C 363/04, de la Comisión Europea, o bien alguno de los certificados previstos por el artículo 36.4 de dicha Directiva.

b) Estar en posesión del Diploma de Acreditación en el Área Funcional de Cuidados Paliativos o acreditar formación avanzada específica en cuidados paliativos mediante Máster Universitario, Título de Experto Universitario o formación acreditada equivalente en cuidados paliativos reconocida por una administración sanitaria pública o universidad.

3.3. Estos requisitos deben cumplirse el último día del plazo para presentar solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo. Los aspirantes han de acreditarlos fehacientemente en el momento de presentar las solicitudes, salvo el requisito relativo a la capacidad funcional, que debe acreditarse antes de la toma de posesión. 

4. Presentación de solicitudes

4.1 Los interesados en participar en la selección para cubrir la plaza ofertada tienen que presentar una solicitud según el modelo que se adjunta en el anexo 2.

4.2 El plazo para presentar solicitudes es de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

4.3 La documentación requerida debe presentarse en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro y las oficinas auxiliares del Servicio de Salud de las Islas Baleares, o por cualquiera de las vías previstas por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

4.4 Los aspirantes tienen que conservar su ejemplar de la solicitud por si se la requieren en cualquier momento del proceso selectivo.

5. Documentación

5.1 Debe adjuntarse a la solicitud el original o copia auténtica de la documentación que acredite que se cumplen los requisitos y los méritos alegados.

5.2 En cuanto al título académico exigido en la convocatoria, es necesario presentar el original o copia auténtica del anverso y el reverso del título o bien el justificante de pago de los derechos de expedición del título acompañado de un certificado de la institución educativa correspondiente que acredite que el título todavía no ha sido expedido.

5.3 Consignar datos falsos en la solicitud o en los méritos alegados implica la exclusión definitiva del aspirante o de la persona seleccionada en el proceso selectivo. 

5.4 Los títulos o méritos expedidos en una lengua que no sea el catalán o el castellano deben entregarse traducidos convenientemente a uno de estos idiomas por un organismo oficial competente. 

6. Sistema de selección y valoración de los méritos

6.1 La selección, en caso de concurrencia, se llevará a cabo por el sistema de concurso de méritos y con una prueba teórico-práctica específica relativa a las funciones a cumplir (anexo 4)

6.2 Si sólo se presenta una persona candidata que reúna los requisitos exigidos en la convocatoria, la Comisión de Selección propondrá su nombramiento sin necesidad de proceder a la valoración de méritos ni a la realización de la prueba teórico-práctica.

6.3 Lista provisional de aspirantes admitidos a la convocatoria:

a) Una vez vencido el plazo para presentar solicitudes, se publicará en la web del Servicio de Salud y en la intranet del Hospital Universitario Son Llàtzer la resolución de la directora gerente del hospital por la que se aprueba la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos con la causa de la exclusión.

b) Los aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de las listas para formular reclamaciones o alegaciones contra la resolución y enmendar las deficiencias que se detecten. Si no lo hacen, se considerará que desisten de su solicitud. Todos los documentos deben dirigirse al director gerente del Hospital Universitario Son Llàtzer y se pueden presentar por cualquiera de las vías que establece la normativa vigente.

6.4 Lista definitiva de admitidos en la convocatoria

En el plazo de los 10 días hábiles siguientes a la finalización del plazo indicado en el punto anterior, y una vez resueltas las posibles alegaciones, se publicará en la web del Servicio de Salud y en la intranet del Hospital Universitario Son Llàtzer la resolución de la directora gerente por la que se aprueba la lista definitiva de admitidos y excluidos. 

6.5 Lista provisional de méritos de los candidatos

En caso de concurrencia, en los 10 días hábiles siguientes, la Comisión de Selección valorará los méritos alegados y acreditados por los aspirantes y, por medio de la resolución correspondiente, se publicará en la web del Servicio de Salud y en la intranet del Hospital Universitario Son Llàtzer la lista provisional de los méritos reconocidos a los candidatos, que dispondrán de un plazo de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la lista por formular reclamaciones o alegaciones contra la resolución, dirigidas a la Comisión de Selección, que se pueden presentar por cualquiera de las vías que establece la normativa vigente.

6.6 Lista definitiva de méritos de los candidatos y lugar, día y hora de la prueba

a) En los 10 días hábiles siguientes se publicará en la web del Servicio de Salud y en la intranet del Hospital Universitario Son Llàtzer la lista definitiva de los méritos de los candidatos, en la que se establecerá también el lugar, el día y la hora que se hará la prueba teórico-práctica, con la finalidad de acreditar ante la Comisión de Selección los conocimientos y la capacidad profesional con relación a las funciones específicas a cumplir.

b) La prueba incluye una parte teórica y una parte práctica (que se harán conjuntamente). Cada parte de la prueba, tanto la de tipo práctico como la parte teórica (un test de treinta preguntas más dos de reserva), se puntuarán con un valor máximo de 60 puntos. En el examen de tipo test, se puntuará con 2 puntos cada respuesta acertada y se descontarán 0,50 puntos por cada respuesta incorrecta. Para superar el proceso selectivo deberá obtenerse una puntuación mínima de 30 puntos en la prueba.

c) El examen de tipo test incluirá contenidos sobre las funciones propias de la plaza que se convoca.

6.7 Lista provisional con la puntuación total de la prueba teórico-práctica

a) Una vez que la Comisión de Selección haya valorado los resultados de la prueba teórico-práctica, por medio de una resolución del director gerente del hospital se publicará en la web del Servicio de Salud y en la intranet del Hospital Universitario Son Llàtzer la lista provisional con la puntuación total de la prueba.

b) Los candidatos dispondrán de un plazo de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la lista, para formular reclamaciones o alegaciones contra la puntuación obtenida, dirigidas a la Comisión de Selección, que se pueden presentar en cualquiera de los registros que prevé la normativa vigente.

6.8 Lista definitiva de puntuación total A propuesta de la Comisión de Selección, la directora gerente del hospital dictará una resolución con la puntuación definitiva de la prueba. Mediante esta resolución se darán por estimadas o desestimadas las alegaciones formuladas contra la puntuación provisional obtenida en la prueba teórico-práctica. Además, se hará pública la lista definitiva con la puntuación total de méritos y la prueba, que se publicará en la web del Servicio de Salud y en la intranet del Hospital Universitario Son Llàtzer.

7. Comisión de Selección 

7.1 La Comisión de Selección está formada por tres miembros, que tienen la condición de personal funcionario de carrera o estatutario fijo del Servicio de Salud, del mismo grupo profesional —o de un grupo superior— que el de la plaza convocada, todos con voz y voto.

Los miembros que integran la Comisión son los siguientes:

- Presidente/a: Enrique Álvarez Porta

- Vocal: María Ángeles Gajete Pablos

- Secretario/a: Francisca Navarro Castro

Suplentes:

- Presidente/a: Teresa Fernández Rodríguez

- Vocal: Iria González Maeso 

- Secretario/a: Mª Magdalena Tortella Mas

7.1. Los miembros de la Comisión de Selección se tienen que abstener de intervenir en el proceso —y lo tienen que notificar a la autoridad que los haya designado— si concurre alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. 

7.2. Las funciones de la Comisión de Selección son las siguientes: 

- Valorar los méritos alegados y acreditados por los candidatos según el modelo establecido en estas bases. 

- Proponer, elaborar y valorar la prueba teórico-práctica. 

- En caso necesario, requerir a los candidatos que subsanen en el plazo previsto los defectos formales de los méritos alegados, o bien que   aclaren, en el plazo y en los modos previstos, alguno de los méritos alegados. 

- Confeccionar una lista de los seleccionados por orden de prelación. 

- Resolver las reclamaciones presentadas por los candidatos en el plazo establecido y de la forma oportuna. 

- Elevar en el órgano de selección la lista definitiva de seleccionados y de las puntuaciones obtenidas. 

- Valorar los méritos.

- Ejercer las demás funciones inherentes al cargo. 

8. Valoración de méritos 

La Comisión de Selección valorará, en primer lugar, los méritos de los candidatos, desglosados en la forma que figura a continuación y de acuerdo con lo establecido en esta convocatoria:

a) Experiencia profesional: máximo 10 puntos

b) Experiencia profesional específica relacionada con las funciones del puesto de trabajo: 0,14 por mes, con un máximo de 10 puntos

c) Formación y docencia: máximo 15 puntos

d) Conocimientos de catalán: máximo 5 puntos

La puntuación final del proceso selectivo será la suma de la puntuación obtenida en la fase de valoración de méritos y en la prueba teórico-práctica

Los méritos que se valoran en esta convocatoria figuran en el anexo 3.

9. Resolución de la convocatoria

9.1. La Comisión de Selección publicará en la web del Servicio de Salud y en la intranet del Hospital Universitario Son Llàtzer el nombre de la persona propuesta para el nombramiento.

9.2. El nombramiento se ofrecerá al candidato propuesto por la Comisión de Selección que figure con la puntuación más alta. Si varios candidatos tienen la misma puntuación en la lista definitiva, el criterio de desempate que se debe aplicar es el que obtenga la nota más alta en la prueba. Si persistiera el empate, tendrá preferencia quien obtenga mayor puntuación en el apartado de experiencia profesional específica. En caso de mantenerse el empate, quien acredite mayor tiempo de servicios prestados en el Servicio de Salud de las Illes Balears.

9.3. La resolución de adjudicación definitiva de la plaza se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en la web del Servicio de Salud y en la intranet del Hospital Universitario Son Llàtzer.

10. Nombramiento y toma de posesión

La persona seleccionada dispondrá de un plazo de tres días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de la resolución de adjudicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares para tomar posesión de la plaza.

 

ANEXO 2 Modelo de solicitud

Destino

Servicio de Recursos Humanos del Hospital Universitario Son Llàtzer

Código DIR3

A04005002

 

Solicitante

DNI

 

Nombre

 

Apellido 1

 

Apellido 2

 

Dirección postal

 

Código postal

 

Localidad

 

Provincia

 

Estado

 

Dirección electrónica

 

Teléfono

 

 

Datos de la convocatoria

Puesto de trabajo

 

Gerencia

 

Nº BOIB

 

Fecha BOIB

 

SOLICITO:

Ser admitido/admitida como candidato/candidata en la convocatoria a la que se refiere esta solicitud.

 

Lugar y fecha

...............................................................

[Rúbrica]

 

 

Documentación que se adjunta a la solicitud

1

 

2

 

3

 

4

 

5

 

6

 

7

 

8

 

9

 

10

 

11

 

12

 

13

 

14

 

15

 

16

 

17

 

18

 

19

 

20

 

 

 

 

ANEXO 3 Baremo de méritos

1. Experiencia profesional (máximo, 20 puntos)

1.1. Experiencia profesional general (10 puntos):

Se computa el tiempo de servicios prestados que el candidato tenga reconocidos hasta el término del plazo para presentar solicitudes de participación en el proceso selectivo, de acuerdo con el baremo siguiente:

a) Por cada mes de servicios prestados en instituciones sanitarias públicas de la Unión Europea como personal estatutario, funcionario o laboral en la misma categoría a la que se opta o en plazas con el mismo contenido funcional: 0,14 puntos. 

b) Por cada mes de servicios prestados en centros públicos no sanitarios de la Unión Europea como personal funcionario o laboral en la misma categoría o en plazas con el mismo contenido funcional: 0,105 puntos.

c) Por cada mes de servicios prestados ocupando un puesto directivo en instituciones sanitarias públicas del Sistema Nacional de Salud (solamente se valoran los servicios prestados si se tiene el título requerido para acceder a la categoría): 0,10 puntos.

d) Por cada mes de servicios prestados en instituciones sanitarias públicas de la Unión Europea en una categoría distinta a la categoría a la que se opta: 0,07 puntos.

1.2. Experiencia profesional específica (10 puntos):

Se otorga puntuación suplementaria por los servicios prestados realizando las funciones que constan en el apartado 1 de la base primera de esta convocatoria.

En el caso de los centros estatutarios, la Gerencia debe expedir el certificado acreditativo de las funciones.

a) Por cada mes de servicios prestados en instituciones sanitarias públicas como personal estatutario, funcionario o laboral haciendo las funciones indicadas: 0,14 puntos. 

b) Por cada mes de servicios prestados en centros públicos no sanitarios como funcionario o personal laboral realizando las funciones que se indican: 0,105 puntos.

Para valorar este apartado se tienen en cuenta los aspectos siguientes:

a) La puntuación máxima de la experiencia profesional general será de 10 puntos y la de experiencia profesional específica será de 10 puntos, hasta un máximo conjunto de 20 puntos.

b) El cómputo de servicios prestados se calcula aplicando esta fórmula: se suman todos los días de servicios prestados en cada uno de los subapartados anteriores y el resultado se divide entre 365, El cociente resultante se multiplica por 12, se rechazan los decimales del resultado que se obtiene y se le aplica el valor asignado al mes completo en el subapartado correspondiente.

c) Tienen la consideración de instituciones sanitarias públicas los servicios centrales o periféricos de los servicios autonómicos de salud, los del INGESA, los del extinguido INSALUD y los de los organismos equivalentes de la Unión Europea.

2. Formación y docencia (máximo, 15 puntos)

2.1. Se valoran las titulaciones universitarias adicionales a la que se exige para acceder a la categoría, siempre que estén relacionadas con la categoría a la que se opta: 8 puntos.

2.2. Se valoran los cursos, seminarios, talleres, congresos, jornadas, reuniones científicas y otras actividades formativas que estén relacionadas directamente con las funciones de la plaza que se convoca (7 puntos), de acuerdo con los criterios siguientes:

a) Actividades organizadas o impartidas por alguna administración pública (de acuerdo con el artículo 2 de la Ley 39/2015) o por alguna universidad, lo que debe constar en el certificado correspondiente.

b) Actividades organizadas por organizaciones sindicales o entidades sin ánimo de lucro y que se hayan impartido en virtud de convenios suscritos con las administraciones públicas o con universidades, o bien que hayan sido acreditadas y/o subvencionadas por estas últimas, lo que debe constar en el certificado correspondiente.

c) Actividades llevadas a cabo en virtud de los acuerdos de formación continuada en las administraciones públicas y que estén organizadas por cualquiera de los promotores de formación continuada que los haya suscrito.

2.3. Los diplomas o certificados se valoran de la siguiente manera:

a) Cuando se acredite su asistencia o aprovechamiento: 0,1 puntos por crédito.

b) Cuando se acredite su impartición: 0,2 puntos por cada hora de actividad acreditada 

c) Si en el diploma o en el certificado figura el número de horas en lugar del de créditos, se otorga un crédito por cada diez horas. Si figuran simultáneamente créditos y horas, la valoración se hace siempre por los créditos certificados. Si no se especifican ni horas ni créditos, la actividad no se valora.

3. Conocimiento orales y escritos de catalán (máximo, 5 puntos) 

Se valoran los certificados expedidos por la Escuela Balear de Administración Pública y los expedidos u homologados por la Dirección General de Política Lingüística relacionados con los niveles de conocimientos que se indican a continuación, hasta una puntuación máxima de 5 puntos. El valor del certificado de lenguaje administrativo (LA) se suma al de valor más alto que se presente (C1 o C2):

Nivel A2…………………….. 0,5 puntos

Nivel B1…………………….. 1 punto

Nivel B2…………………….. 2 puntos

Nivel C1…………………….. 3 puntos

Nivel C2…………………….. 4 puntos

Certificado LA……………..1 punto (acumulable

 

ANEXO 4 Temario de la prueba teórico-práctica

La prueba teórico-práctica versará sobre las funciones propias de la plaza convocada y, especialmente, sobre los conocimientos, habilidades y competencias relacionados con la atención integral al paciente con enfermedad avanzada o en situación terminal.

Bloque I. Principios generales de los cuidados paliativos

1. Concepto, objetivos y principios de los cuidados paliativos.

2. Modelos organizativos y recursos asistenciales de cuidados paliativos.

3. Identificación de pacientes con necesidades paliativas.

4. Valoración integral del paciente con enfermedad avanzada.

Bloque II. Control de síntomas

1. Valoración y tratamiento del dolor.

2. Utilización de opioides y coadyuvantes.

3. Manejo de la disnea.

4. Náuseas y vómitos.

5. Estreñimiento.

6. Delirium y alteraciones neuropsiquiátricas.

7. Ansiedad, insomnio y sufrimiento emocional.

8. Urgencias en cuidados paliativos.

Bloque III. Atención al final de la vida

1. Reconocimiento de la situación de últimos días.

2. Cuidados durante la agonía.

3. Sedación paliativa: indicaciones, aspectos clínicos y éticos.

4. Adecuación del esfuerzo terapéutico.

5. Atención a la familia y acompañamiento durante el proceso de final de vida.

Bloque IV. Comunicación, ética y aspectos legales

1. Comunicación de malas noticias.

2. Toma de decisiones compartida.

3. Planificación anticipada de decisiones.

4. Aspectos bioéticos en cuidados paliativos.

5. Derechos del paciente y autonomía.

6. Instrucciones previas y voluntades anticipadas.

Bloque V. Coordinación asistencial y trabajo interdisciplinar

1. Coordinación entre atención hospitalaria, atención primaria, hospitalización domiciliaria y recursos sociosanitarios.

2. Funciones de los distintos profesionales que integran el equipo interdisciplinar.

3. Continuidad asistencial y planificación del alta.

Bloque VI. Calidad, docencia e investigación

1. Seguridad del paciente en cuidados paliativos.

2. Indicadores de calidad asistencial.

3. Docencia e investigación en cuidados paliativos.

4. Protocolos y procedimientos clínicos aplicables en una unidad de cuidados paliativos.