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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE ALARÓ

Núm. 604890
Constitución de la bolsa de trabajo de auxiliar técnico superior en educación infantil del Ayuntamiento de Alaró

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Texto

Se hace público que, en fecha 14 de agosto de 2026, se ha adoptado la resolución de Alcaldía número 2026-1245 con el siguiente contenido:

Constitución de la bolsa de trabajo de auxiliar técnico superior en educación infantil del Ayuntamiento de Alaró”

Antecedentes

1. Las bases de la convocatoria fueron aprobadas por resolución de Alcaldía núm. 2026-1082, de 8 de julio de 2026 (Boletín Oficial de las Illes Balears, BOIB, núm. 87, de 11.07.2026).

2. El plazo de presentación de solicitudes era de diez días hábiles y transcurrió del día 13 al día 24 de julio de 2026, ambos incluidos.

3. El alcalde, mediante resolución número 2026-1157, de 28 de julio de 2026, aprobó la relación provisional de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo para la creación de una bolsa de trabajo de auxiliar técnico superior en educación infantil.

4. El plazo para la presentación de alegaciones finalizó el día 31 de julio de 2026 y, en consecuencia, el alcalde, mediante resolución número 2026-1210, de 5 de agosto de 2026, aprobó la relación definitiva de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo.

5. La comisión de valoración se constituyó en fecha 6 de agosto de 2026 y extendió acta de la valoración provisional de los méritos de las personas aspirantes, que se publicó en el tablón de anuncios de la sede electrónica municipal el mismo día 6 de agosto de 2026.

6. El plazo para la presentación de alegaciones al acta de valoración provisional de los méritos finalizó el día 11 de agosto de 2026. En fecha 13 de agosto de 2026, la Comisión de Valoración se reunió para examinar y resolver las alegaciones presentadas y, una vez finalizada la valoración, acordó proponer la constitución de la bolsa de trabajo de auxiliar técnico superior en educación infantil del Ayuntamiento de Alaró.

Fundamentos de derecho

1. El texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

2. El artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.

3. La base duodécima del proceso selectivo, sobre la resolución del procedimiento.

Por todo lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones conferidas por las bases del proceso selectivo y por el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, dicto la siguiente:

Resolución

1. Constituir la bolsa de trabajo de auxiliar técnico superior en educación infantil del Ayuntamiento de Alaró, formada por las siguientes personas con el orden de prelación que se indica:

A) Bolsa principal

ORDEN APELLIDOS Y NOMBRE DNI SUMA 
TOTAL
1 MARIA MASCARO TROBAT **4625*** 34,50
2 JOSEFINA ESCANDELL COSTA **2590*** 18,43
3 CATALINA RAMIS ABRINES **1698*** 18,25
4 JOANA HOMAR GARCIA **2210*** 14,30
5 CRISTINA LEDESMA LEDESMA **9729*** 11,85
6 NEUS VILLALONGA VANRELL **6954*** 9,50
7 LARA IBAÑEZ PLANISI **1921*** 1,00

B) Bolsa complementaria

ORDEN APELLIDOS Y NOMBRE DNI SUMA
TOTAL
1 MARIA DEL MAR NAVARRO UMBERT **1946*** 5,00

2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el tablón de anuncios de la sede electrónica municipal.”

Recursos

Contra esta resolución, que es definitiva en vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los siguientes recursos:

a) Directamente, el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación o publicación de la presente resolución.

b) El recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la notificación o publicación de la presente resolución. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma.

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Alaró, en fecha de firma electrónica (14 de agosto de 2026)

El alcalde Llorenç Perelló Rosselló