Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 601227
Resolución del consejero de Educación y Universidades por la cual se modifica la Resolución del consejero de Educación y Universidades de ayudas a la movilidad del personal investigador de las Islas Baleares 2025-2028 y financiados con fondos ITS
Versión PDF
Hechos
1. El 18 de diciembre de 2025, se publicó la Resolución del consejero de Educación y Universidades por la cual se ofrecen ayudas para la movilidad del personal investigador de las Islas Baleares (BOIB n.º 116 de 18 de diciembre de 2025).
2. En fecha 5 de mayo de 2026 se publicó la Resolución del consejero de Educación y Universidades por la cual se modifica la Resolución del consejero de Educación y Universidades por la cual se ofrecen ayudas para la movilidad del personal investigador de las Islas Baleares (BOIB n.º 57 de 5 de mayo de 2026).
3. El objeto de estas ayudas es facilitar la movilidad, mediante estancias fuera de las Islas Baleares, al personal investigador de los centros de investigación de las Islas Baleares en universidades, grandes instalaciones, laboratorios y centros de investigación del resto del estado y extranjeros, de forma que puedan ampliar sus conocimientos y mejorar su competencia investigadora en beneficio del sistema de ciencia de las Islas Baleares. Los objetivos específicos son fomentar la movilidad nacional e internacional, mejorar la capacidad tecnológica y la adaptación de personal calificado del sistema de investigación, colaborar con la internacionalización de los proyectos de I+D de las Islas Baleares, y también fomentar el liderazgo para personas investigadoras jóvenes, con trayectorias científicas prometedoras, porque se inicien en la dirección de proyectos.
4. Esta convocatoria está enmarcada dentro del Proyecto ITS 2019-163, ForInDoc (Formación e incorporación de Doctores al Sistema de Ciencia y Tecnología de las Islas Baleares) correspondiendo al Plan Anual de Impulso de Turismo Sostenible 2019.
5. Por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 31 de octubre de 2019 se aprueba la relación de proyectos que se tienen que financiar con el Fondo para favorecer el turismo sostenible correspondientes al Plan Anual 2019 (BOIB n.º 149, de 2 de noviembre de 2019). Mediante este Acuerdo, se aprueba una financiación por importe de 850.000,00 € para el proyecto ITS2019-163 – ForInDoc – Formación e incorporación de Doctores, presupuestado en 850.000,00 €.
6. Por Resolución del director de la Agencia de Estrategia Turística de las Islas Baleares (en lo sucesivo, AETIB) de 19 de octubre de 2020, se aprueba una transferencia a favor de la Consejería de Educación, Universidad e investigación (actualmente, Consejería de Educación y Universidades) cubrir los gastos derivados de la ejecución del proyecto ITS2019-163 – ForInDoc – Formación e incorporación de Doctores, por un importe de 850.000,00 €.
7. El 25 de agosto de 2025, se solicitó la modificación del proyecto ITS2019-163, «ForInDoc – Formación e incorporación de Doctores”, para poder publicar una segunda convocatoria de ayudas para facilitar la movilidad del personal investigador del sistema de ciencia y tecnología de las Islas Baleares, de forma que puedan hacer estancias a centros o unidades de investigación y desarrollo tecnológico, público o privados, ubicados fuera de las Islas Baleares.
8. El 10 de septiembre de 2025, el AETIB ha emitido un informe favorable de la modificación del proyecto ITS2019-163– ForInDoc – Formación e incorporación de Doctores.
9. Por Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 19 de septiembre de 2025 se valida la modificación del proyecto ITS2019-163– ForInDoc – Formación e incorporación de Doctores, presentada por la Consejería de Educación y Universidades (BOIB n.º 127, de 23 de septiembre de 2025).
10. El importe global máximo de esta convocatoria, de carácter plurianual, es de 500.000 euros con la siguiente distribución máxima por anualidades:
11. Dada la demanda de solicitudes que ha tenido esta convocatoria, en el mes de julio de 2026 ya se han concedido casi los 200.000,00 euros que hay disponibles para la anualidad 2026, y el hecho que actualmente continúa habiendo demanda de solicitudes por esta convocatoria, requiere un aumento de crédito por esta anualidad 2026.
12. En este sentido, la Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores manifiesta la necesidad de aumentar el crédito correspondiente a la anualidad 2026 con un importe de 50.000,00 euros, del proyecto ITS2019-163– ForInDoc – Formación e incorporación de Doctores, para la convocatoria de ayudas para facilitar la movilidad del personal investigador del sistema de ciencia y tecnología de las Islas Baleares, de forma que puedan hacer estancias a centros o unidades de investigación y desarrollo tecnológico, públicos o privados, ubicados fuera de las Islas Baleares. De este modo se refuerza la especialización y la internacionalización de la actividad investigadora, permitiendo adquirir nuevas técnicas, compartir conocimientos y que todo esto, además, impulse el desarrollo de la investigación.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 7/2022, de 5 de agosto, de la ciencia, tecnología e innovación de las Islas Baleares (BOIB ext. n.º 105, de 9 de agosto de 2022).
2. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE n.º 276, de 18 de noviembre de 2003).
3. El Texto refundido de la Ley de subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre).
4. El Decreto 75/2004 de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las Leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB N.º 122, de 2 de septiembre de 2004).
5. La Orden de la consejera de Innovación, Interior y Justicia, de 26 de enero de 2010, por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, desarrollo tecnológico e innovación (BOIB N.º 25, del 13 de febrero de 2010).
6. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Modificar el apartado segundo de la resolución del consejero de Educación y Universidades, en el sentido siguiente:
Donde dice:
Segundo Importe máximo
El importe máximo de esta convocatoria es de 500.000,00 euros, que tiene carácter plurianual.
La distribución máxima de las anualidades es la siguiente:
Año 2025: 30.000,00 €, con cargo de la partida 13801 541A01 48000 00 19064.
Año 2026: 200.000,00 €, con cargo de la partida 13801 541A01 48000 00 19064 o equivalente.
Año 2027: 200.000,00 €, con cargo de la partida 13801 541A01 48000 00 19064 o equivalente.
Año 2028: 70.000,00 €, con cargo de la partida 13801 541A01 48000 00 19064 o equivalente.
Tiene que decir:
Segundo Importe máximo
El importe máximo de esta convocatoria es de 550.000,00 euros, que tiene carácter plurianual.
La distribución máxima de las anualidades es la siguiente:
Año 2025: 30.000,00 €, con cargo de la partida 13801 541A01 48000 00 19064.
Año 2026: 250.000,00 €, con cargo de la partida 13801 541A01 48000 00 19064 o equivalente.
Año 2027: 200.000,00 €, con cargo de la partida 13801 541A01 48000 00 19064 o equivalente.
Año 2028: 70.000,00 €, con cargo de la partida 13801 541A01 48000 00 19064 o equivalente.
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a la notificación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a la notificación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
(Firmado electrónicamente: 14 de agosto de 2026)
El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany