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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FUNDACIÓN BALEAR DE INNOVACIÓN Y TECNOLOGIA (FUNDACIÓN BIT)

Núm. 600507
Resolución del vicepresidente de la Fundació Balear d’Innovació i Tecnologia por la cual se modifica la composición de la Comisión de Selección del proceso selectivo, por turno libre, para el acceso a la categoría de facultativo/a superior jurídico/a, por concurso oposición, para cubrir un puesto de trabajo de personal laboral de la Fundació Balear d’Innovació i Tecnologia (referencia FSUPJURTLL01-26)

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Texto

Antecedentes

1. Mediante la Resolución del vicepresidente de la Fundació Balear d'Innovació i Tecnologia (en adelante, Fundació BIT) de 28 de mayo de 2026, publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares n.º 67, se aprobó la convocatoria del proceso selectivo, por turno libre y por el sistema de concurso oposición, para cubrir un puesto de trabajo de personal laboral de la Fundació BIT, de la categoría de facultativo/a superior, especialidad jurídica (referencia FSUPJURTLL01-26), como también las bases específicas que debían regir el proceso selectivo, publicadas como anexo II de la Resolución.

2. La cláusula cuarta de las bases específicas mencionadas establece que el proceso selectivo será realizado por una Comisión de Selección, con la siguiente composición:

Presidente: Marina Catalina Anguera Cuyás, técnica superior jurídica de la Fundació BIT.

Vocal: técnico/a jurídico/a de la Consellería de Economía, Hacienda e innovación del Gobierno de las Illes Balears.

Secretaria: Raquel María Díaz Martín, jefe del Área de Recursos Humanos de la Fundació BIT.

3. La Sra. Marina Catalina Anguera Cuyás ha presentado un escrito de abstención de su participación como presidente de la Comisión de Selección, ya que se da en la misma una de las circunstancias señaladas en la normativa reguladora de las causas de abstención para intervenir en el procedimiento. Por este motivo, es necesario modificar la composición del órgano de selección y proceder al nombramiento de una nueva persona para ejercer la presidencia.

4. Así mismo, se considera necesario actualizar la composición de la Comisión de Selección mediante la incorporación de una persona en calidad de vocal, designada por la Consellería de Economía, Hacienda e innovación del Gobierno de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

Primero. Aceptar la renuncia presentada por la Sra. Marina Catalina Anguera Cuyás como presidente de la Comisión de Selección del proceso selectivo para el acceso a la categoría de facultativo/a superior, especialidad jurídica (referencia FSUPJURTLL01-26), porque se da en la misma una de las circunstancias señaladas en la normativa reguladora de las causas de abstención para intervenir en el procedimiento.

Segundo. Nombrar al Sr. Mateo Perelló Arrom, técnico superior económico de la Fundació BIT, como presidente de la Comisión de Selección del proceso selectivo mencionado.

Tercero. Nombrar a la Sra. Inés Alicia Navarro Carton, jefa de servicio de Estudios y Documentación de la consejería de Economía, Hacienda e Innovación del Gobierno de las Illes Balears, como vocal de la Comisión de Selección del proceso selectivo mencionado.

Cuarto. Establecer que, como consecuencia de las modificaciones efectuadas, la composición de la Comisión de Selección del proceso selectivo queda determinada de la siguiente manera:

Presidente: Mateo Perelló Arrom, técnico superior económico de la Fundació BIT

 

Vocal: Inés Alicia Navarro Carton, jefa de servicio de Estudios y Documentación de la Consellería de Economía, Hacienda e Innovación del Gobierno de las Illes Balears.

Secretaria: Raquel María Díaz Martín, jefe del Área de Recursos Humanos de la Fundació BIT.

Cuarta. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

El orden jurisdiccional social es el competente para resolver las controversias derivadas de esta Resolución, de conformidad con el que establece la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social. En consecuencia, contra esta Resolución no se puede interponer ningún recurso en vía administrativa ni ninguna reclamación previa a la vía judicial social, sin perjuicio de la posibilidad de presentar una reclamación ante el órgano que la ha dictado.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (14 de agosto de 2026)

El vicepresidente de la Fundació Balear d'Innovació i Tecnologia Sebastián González Cardalliaguet