Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 600289
Resolución del consejero de Educación y Universidades que aprueba el conjunto de necesidades conjunturales de puestos de trabajo para personal docente e investigador no permanente en la entidad pública empresarial Enseñanzas Artísticas Superiores de les Illes Balears (EASIB) por necesidades urgentes y no prorrogables en el Conservatorio Superior de Música de les Illes Balears para el curso 2026-2027
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Antecedentes
El Parlamento de les Illes Balears, en ejercicio de su competencia, dispuso, mediante el artículo 41 de la Ley 12/2023, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears para el año 2024, la creación de la entidad pública empresarial Enseñanzas Artísticas Superiores de les Illes Balears (EASIB).
De acuerdo con las disposiciones del Decreto 6/2025, de 2 de junio, de la presidenta de les Illes Balears, que establece las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, la entidad pública empresarial Enseñanzas Artísticas Superiores de les Illes Balears está adscrita a la Consejería de Educación y Universidades, a través de la Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores.
Los artículos 23.2 y 103.3 de la Constitución española establecen los principios que guían el acceso al servicio público: igualdad, mérito, capacidad y publicidad. El artículo 55 del Texto Refundido de la Ley sobre el Estatuto Básico del empleado público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, regula los principios rectores aplicables al acceso al empleo público. De igual modo, el artículo 44.1 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, sobre la función pública de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, determina que la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears selecciona al personal a su servicio con criterios de objetividad, mediante convocatoria pública, de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. La sección 2 del mismo artículo incluye otros principios informativos sobre el acceso a la función docente pública.
Artículo 29 del Quinto Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, publicado por la Resolución del consejero de Economía y Competitividad por la que dispone la inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos de les Illes Balears, y la publicación del Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears ( CC_TA_03/013, código de acuerdo 07000962011987) (BOIB nº 174, de 19 de diciembre de 2013), el cual dispone que:
Para realizar trabajos ocasionales o urgentes, o de forma interina, se puede contratar personal laboral mediante la modalidad de tiempo determinado, sujeto a la legislación laboral vigente.
El Decreto 25/2025, de 4 de julio, aprueba los Estatutos de la entidad pública empresarial Enseñanzas Artísticas Superiores de les Illes Balears (EASIB). Entre sus funciones se encuentra garantizar que el Conservatorio de Música de les Illes Balears, la Escuela de Diseño de les Illes Balears y la Escuela de Arte Dramático de les Illes Balears ofrezcan sus servicios a los alumnos y reconozcan sus derechos de acceso y permanencia sin ningún tipo de discriminación por motivos de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
El punto 4 del artículo 28 del Decreto 25/2025, de 4 de julio, establece que todas las necesidades conjunturales de puestos de trabajo del personal docente deben ser aprobadas mediante resolución del consejero responsable de educación, a propuesta del gerente de la entidad. Asimismo, la letra g del punto 2 del artículo 15 Funciones de la Dirección Académica indica que esta debe detectar las necesidades del personal docente e investigador.
El artículo 29 de la Ley 6/2025, de 23 de julio, sobre los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears para el año 2025 relativo a nombramientos y contratación de personal temporal, indica en el punto 4 que, en el caso de nombramientos de personal interino o contratos de trabajo temporal de personal docente cuya justificación sea urgente y no pueda ser pospuesta, la autorización previa corresponde al Director General de Personal Docente y Centros Concertados, en lo relativo al personal docente no universitario, y al Director General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores, respecto al personal docente de la Fundación para Estudios Superiores en Música y Artes Escénicas de les Illes Balears, que debe comprobar la disponibilidad presupuestaria, la legalidad del tipo de nombramiento o contratación temporal que se proponga y la justificación de la necesidad urgente y que no se pueda posponer.
El 27 de julio de 2026, el equipo directivo del Conservatorio Superior de Música de les Illes Balears presenta una propuesta de necesidades de personal docente e investigador para el curso 2026-2027 para cubrir diversos puestos de técnico superior y técnico especialista, ya que por diferentes motivos (jubilaciones, excedencias, sustituciones por reducción de mayores de 55 años, por formar parte del equipo directivo o por cubrir horas de clases con alumnos matriculados...).
El 28 de julio de 2026, el director académico de la EASIB emite un informe indicando que ha realizado un estudio de cada una de las plazas y ha comprobado que la demanda de la dirección del Conservatorio de Música de les Illes Balears se ha ajustado a la realidad.
El 4 de agosto de 2026, el gerente de la EASIB, tras ver el informe del director académico de la misma, realiza informe propuesta sobre las necesidades urgentes y conjunturales de puestos de trabajo de personal docente e investigador en el Conservatorio Superior de Música de les Illes Balears para el curso 2026-2027.
Por todas estas razones, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar la relación de plazas urgentes y conjunturales de puestos de trabajo de personal docente e investigador para el curso 2026-2027 en la entidad pública empresarial Enseñanzas Artísticas Superiores de les Illes Balears (anexo 1)
2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears y en la página web del Conservatorio Superior de Música de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición delante del conseller de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones pública, y artículos 25.5 y 57 de la Ley 23/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.
También se puede presentar un recurso contencioso administrativo ante la Sala de Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears en un plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, que regula la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (14 de agosto de 2026)
El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany
ANEXO 1
| Cuerpo profesional: Profesorado - Grupo: A – Categoría: Técnico superior | ||||
| Plaza | Plazas | Centro | Isla | Tipo |
| PROFESOR DE TUBA con bombardino | 1 | CSMIB | Mallorca | Vacante |
| PROFESOR DE GUITARRA, EVOLUCIÓN ESTILÍSTICA, LECTURA A PRIMERA VISTA, IMPROVISACIÓN E INTERPRETACIÓN | 1 | CSMIB | Mallorca | Sustitución |
| 2 | ||||
| Cuerpo profesional: Profesorado - Grupo: A – Categoría: Técnico especialista | ||||
| Plaza | Plazas | Centro | Isla | Tipo |
| PROFESOR DE FONÉTICA E IDIOMAS: ALEMÁN | 1 | CSMIB | Mallorca | Vacante |
| 1 | ||||