Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 599511
Anuncio aprobación listado provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso selectivo para proveer, como personal funcionario de carrera del Consell Insular de Formentera, 1 plaza vacante de técnico/a polivalente
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Se hace público que el Presidente del Consell Insular de Formentera, con fecha 11 de agosto de 2026, dictó, entre otros, el siguiente Decreto:
“DECRETO DE PRESIDENCIA
Lista provisional de personas aspirantes ADMITIDAS Y EXCLUIDAS del proceso selectivo para proveer, como personal funcionario de carrera del Consell Insular de Formentera, 1 plaza vacante de Técnico/a Polivalente.
El Sr. Óscar Portas Juan, presidente del Consell Insular de Formentera, Illes Balears.
Dado el acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 19 de diciembre de 2025 se aprobó la convocatoria y las bases que deben regir el proceso selectivo para proveer, como personal funcionario de carrera, 1 plaza vacante de la categoría de Técnico/a Polivalente, dotada presupuestariamente, correspondiente a la Oferta de Empleo Público Extraordinaria del año 2024, por el sistema de acceso de turno libre y procedimiento de selección de concurso-oposición. Plazas encuadradas en la plantilla de personal funcionario, escala de Administración Especial, grupo de clasificación A2, del Consell Insular de Formentera, BOIB núm. 14, de 29 de enero de 2026.
Visto que el extracto de la mencionada convocatoria ha sido publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) núm. 33, de 6 de febrero de 2026.
Dada la documentación presentada por las personas aspirantes, que se ha tramitado de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Por todo ello, y en virtud de las competencias que tiene atribuidas la Presidencia según el Decreto de Presidencia de fecha 27 de diciembre de 2024 (BOIB núm. 19, de 11 de febrero de 2025), en relación con el artículo 21.1.q de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de Consells Insulars, y el resto de normativa aplicable vigente,
HE RESUELTO
PRIMERO. - APROBAR el listado provisional de las personas aspirantes ADMITIDAS al proceso selectivo para proveer, como personal funcionario de carrera, 1 plaza de la categoría de Técnico/a Polivalente en el Consell Insular de Formentera.
| NIF |
| ****9918* |
| ****0328* |
| ****7522* |
SEGUNDO. - APROBAR el listado provisional de las personas aspirantes EXCLUIDAS que deben subsanar documentación, en el plazo de 10 días hábiles, contados desde el día siguiente a aquel en que se publique esta resolución en el BOIB. En caso de que no se subsane dentro de este plazo las deficiencias que hayan motivado su exclusión, la persona aspirante se considerará excluida.
| NIF | MOTIVO |
| ****0384* | Punto 5.5, apartado f), de la base quinta: f) Relación de los méritos de los que dispongan y que quieran que se les tengan en cuenta en la fase de concurso. (Índice) |
| ****8657* | Punto 3.1, apartado c), de la base tercera: c) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse inhabilitados de forma absoluta o especial para ocupaciones o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, en el caso de que hubiesen sido separados o inhabilitados. En el caso de nacionales de otro Estado, no encontrarse inhabilitados o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado y en los mismos términos, el acceso a un empleo público. (Declaración jurada). Punto 5.5, apartados a), d), e) y f), de la base quinta: a) DNI/NIE de las personas aspirantes. d) Titulación o certificado académico que acredite haber cursado y aprobado los estudios requeridos para la obtención del título correspondiente, junto con el justificante de haber satisfecho los derechos de expedición, sin perjuicio de la posterior presentación del título. e) Documento acreditativo del requisito de conocimiento de la lengua catalana: para acreditar este requisito se debe presentar junto con la solicitud el certificado emitido por el órgano autonómico balear competente o, en su caso, los certificados declarados equivalentes por la Consejería de Educación y Formación Profesional del Gobierno de las Illes Balears. f) Relación de los méritos de los que dispongan y que quieran que se tengan en cuenta en la fase de concurso. (Índice) |
| ****3432* | Punto 5.5, apartados c) y f), de la base quinta: c) Justificante de haber satisfecho los derechos de examen, si procedía. O acreditación de la causa de exención. f) Relación de los méritos de los que dispongan y que quieran que se tengan en cuenta en la fase de concurso. (Índice) |
| ****0394* | Punto 3.1, apartado c), de la base tercera: c) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse inhabilitados de forma absoluta o especial para ocupaciones o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, en el caso de que hubiesen sido separados o inhabilitados. En el caso de nacionales de otro Estado, no encontrarse inhabilitados o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado y en los mismos términos, el acceso a un empleo público. (Declaración jurada). |
| ****8767* | Punto 5.5, apartados c) y f), de la base quinta: c) Justificante de haber satisfecho los derechos de examen, si procedía. f) Relación de los méritos de los que dispongan y que quieran que se tengan en cuenta en la fase de concurso. (Índice) |
TERCERO. - Las personas aspirantes excluidas disponen de un plazo de 10 días hábiles, desde el día siguiente a aquel en que se publique esta resolución en el BOIB, para que puedan presentar las correspondientes subsanaciones y posibles reclamaciones. Las personas aspirantes que no presenten alegaciones dentro del plazo señalado, justificando su derecho a ser admitidas, serán excluidas definitivamente del proceso.
CUARTO. - PUBLICAR este Decreto de Presidencia en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB), en el tablón de anuncios de la OAC del Consell Insular de Formentera y en la página web de la corporación www.consellinsulardeformentera.cat
A la hora de publicar los datos de los aspirantes, será por DNI, conforme a la normativa aplicable en materia de protección de datos personales.
El presidente, La secretaria acctal., Óscar Portas Juan Paola Sales Jiménez”
Lo que se publica, para general conocimiento, y conforme con la normativa de función pública.
Formentera, a la fecha de la firma electrónica. (12 de agosto de 2026)
El presidente del Consell Insular de Formentera Óscar Portas Juan