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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA

Núm. 596521
Resolución por la cual se modifica la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía, a propuesta definitiva del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático, de 23 de abril de 2026 por la cual se conceden las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (programa MOVES III 2025) en la parte que afecta al expediente MOVESIII25-1613/2025

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Texto

Hechos

1. El 3 de julio de 2025, se publicó la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo en la movilidad eléctrica (Programa MOVES III 2025) mediante la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 1 de julio de 2025.

2. En fecha 4 de septiembre de 2025, AGRUPACION MALLORQUINA DE SERVICIOS SL presentó documentación para acogerse a la convocatoria mencionada en el punto anterior.

3. En fecha 5 de mayo de 2026, se publicó, en el BOIB n.º 60, la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía, a propuesta definitiva del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático, de 23 de abril de 2026 por la cual se conceden las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (programa MOVES III 2025) en la cual se concedía a AGRUPACION MALLORQUINA DE SERVICIOS SL, con NIF ***0748** (expediente MOVESIII25-1613/2025, CONCE 000003248/2026 - CONVO 21064) una subvención de 2.900,00 euros y se autorizaba y disponía a su favor este gasto.

4. Con posterioridad, se ha detectado un error en el CONVO al cual se había assignado el expediente, ya que realmente le corresponde el 21072/2026, siendo una solicitud de coche eléctrico por parte de una empresa (Programa 1).

5. A nivel contable, se ha cerrado el expediente CONCE del expediente indicado (CONCE 000003248/2026 – CONVO 21064), y se ha abierto un CONCE nuevo asociado al CONVO correcto (00000013811/2026 – CONVO 21072).

6. Se ha comprobado que hay crédito adecuado y suficiente a la partida 2026/G/731A01/77000/00/19701/25183 de los presupuestos vigentes.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre).

3. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 122, de 2 de septiembre).

4. La Orden de la Consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la cal se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía (BOIB nº72, 24 de mayo de 2008).

5. La Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 1 de julio de 2025 por la cual se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de soporte a la movilidad eléctrica (programa MOVESIII 2025) (BOIB nº85, de 3 de julio de 2025).

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Modificar la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía, a propuesta definitiva del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático, de 23 d'abril de 2026 por la cual se conceden las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (programa MOVES III 2025) únicamente en la parte que afecta al expediente MOVESIII25-1613/2025.

2. Autorizar y disponer negativamente el gasto de 2.900,00 euros a favor de AGRUPACION MALLORQUINA DE SERVICIOS SL, con NIF ***0748** (expediente MOVESIII25-1613/2025), (CONCE 000003248/2026 - CONVO 21064) a cargo de la partida presupuestaria 2026/G/731A01/77000/00/19701/25183.

3. Autorizar y disponer el gasto de 2.900,00 euros a favor de AGRUPACION MALLORQUINA DE SERVICIOS SL, con NIF NIF ***0748** (expedient MOVESIII25-1613/2025), (CONCE 00000013811/2026 – CONVO 21072) a cargo de la partida presupuestaria 2026/G/731A01/77000/00/19701/25183.

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Autónomos y Energía en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a la publicación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 11 de agosto de 2026)

El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Autónomos y Energía (BOIB núm. 97, de 24/07/2025)