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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE MURO

Núm. 595389
Aprobación inicial de modificación del reglamento regulador del Consejo Municipal de Cultura de Muro

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Que el Pleno Municipal, en sesión celebrada el pasado día 30 de julio de 2026, tomó, entre otros, el siguiente acuerdo:

«Aprobación inicial del reglamento regulador del Consejo Municipal de Cultura de Muro.

Considerando conveniente adecuar la composición y representación de los miembros del Consejo Municipal de Cultura, así como ampliar el número máximo de miembros con derecho a voto para favorecer una mayor participación de las entidades y personas vinculadas a la actividad cultural del municipio.

Una vez elaborada la propuesta de modificación del Reglamento por el Área de Cultura del Ayuntamiento de Muro.

El Pleno del Ayuntamiento, por unanimidad, acuerda:

Primero.- Aprobar inicialmente la modificación del Reglamento regulador del Consejo Municipal de Cultura de Muro.

Segundo.- Someter el texto de la modificación del Reglamento regulador del Consejo Municipal de Cultura de Muro, a un período de información pública de treinta días, mediante anuncio publicado en el BOIB y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, a fin de que la ciudadanía y las personas legítimamente interesadas puedan examinar el expediente y formular reclamaciones u observaciones, que serán resueltas por la corporación.

Simultáneamente, publicar el texto de la modificación del Reglamento, en el portal web y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Muro con el objetivo de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recoger cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades.

Tercero- De no presentarse reclamaciones o sugerencias dentro del mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente la modificación sin necesidad de acuerdo expreso del Pleno, y el acuerdo de aprobación definitiva tácita de la modificación del reglamento, con el texto íntegro del mismo se publicarán para su general conocimiento en el tablón de anuncios de la Corporación y en el BOIB. Asimismo estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica de este Ayuntamiento.

Cuarto.- Facultar al Alcalde-Presidente para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asunto.

MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO REGULADOR DEL CONSEJO MUNICIPAL DE CULTURA DE MURO.

Primero. El artículo 8.1.c, que actualmente establece:

«Un representante propuesto por cada grupo político municipal, con voz y voto.»

Debe decir:

«Un representante de cada grupo político municipal, con voz y voto.»

Segundo. El artículo 9.5, que actualmente establece:

«El Consejo tiene un máximo de 25 miembros con derecho a voto y debe fomentarse la presencia paritaria de mujeres y hombres en la composición.»

Debe decir:

"El Consejo tiene un máximo de 40 miembros con derecho a voto."

Muro, en fecha de la firma electrónica (4 de agosto de 2026 El alcalde Miquel Porquer Tugores)