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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 593623
Notificación de informe, propuesta de resolución y resolución de revocación parcia a los interesados de la ayuda, PCES-(no activo)de fecha 09 de julio de 2026, al amparo de la convocatoria de las subvenciones de ayudas destinadas al pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas, para el año 2025

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Texto

La convocatoria de ayudas especifica que las comunicaciones y las notificaciones se realizarán a las personas interesadas mediante su publicación al Boletín Oficial de las Islas Baleares, y se hará de acuerdo con los términos que prevé la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente en materia agraria del FOGAIBA, en fecha 09 de julio de 2026, firmó la siguiente resolución

«INFORME / PROPUESTA DE RESOLUCIÓN / RESOLUCIÓN DE REVOCACIÓN PARCIAL

PEPAC Plan estratégico de la PEC 2023-2027 (PEPAC)

INTERVENCIÓN 6613_01 SIGC.: Pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas

Convocatoria 2025

Documento: Resolución

Código SEA: 3467902

Emisor (DIR3): A04026954

Código BDNS: 811588

Antecedentes

1. En fecha 30 de enero de 2025 se publicó, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) n.º 14, la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 28 de enero de 2025, por la cual se aprueba la convocatoria para el año 2025 de las ayudas destinadas al pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas en las Islas Baleares.

2. En fecha 25 de noviembre de 2025 se publicó al Boib n.º 156, la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 20 de noviembre de 2025, por la cual se incrementa el crédito de la Resolución del punto anterior.

3. De conformidad con el apartado sexto de la resolución anterior, el plazo de presentación de solicitudes acababa el 30 de abril de 2025, pero fue modificado según la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 24 de abril de 2025, publicada al boib n.º 52 de 26 de abril de 2025. El nuevo plazo de presentación de solicitudes acabó el 15 de mayo de 2025 y tuvieron entrada en el registro del FOGAIBA un total de 1285 solicitudes de ayuda de pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas en las Islas Baleares.

4. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas Directas y Asimiladas al SIGC de la PEC han llevado a cabo el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.

5. En fecha 6 de diciembre de 2025 se notifica, mediante publicación al BOIB n.º 161, la resolución provisional de denegación de fecha 2 de diciembre de 2025, por la cual se concede un plazo de 10 días para aportar la documentación solicitada, informando que transcurrido este plazo se darán por denegadas las solicitudes de ayuda si no se ha recibido la documentación.

6. En fecha 13 de febrero de 2026 el vicepresidente del FOGAIBA en materia agraria, dictó resolución de denegación definitiva, la cual se publicó al BOIB n.º 22 de 17 de febrero de 2026.

7. Con posterioridad los órganos gestores se dan cuenta que a finales de enero de 2026, el beneficiario ANTONI MUNAR CURIENT, con nif *1646**, había aportado la documentación requerida de estar al corriente de deudas con la Agencia tributaria de las Islas Baleares al Servicio de OCM, del Estado y de la Pesca del FOGAIBA, y por tanto queda comprobado que cumple con el requisito para poder ser beneficiario de la ayuda.

 

8. Se aplica por lo tanto el artículo 109.1 de la Ley 39/2015, de revocación de actas y rectificación de errores, por el cual las administraciones públicas pueden revocar, mientras no hagui transcurrido el plazo de prescripción, sus actos de gravament o desfavorables, siempre que esta revocación no constituya dipensa o exención no permitida por las leyes, ni sea contraria al pricipi de igualdad, al interés público o al ordenamiento.

Fundamentos de derecho

1. Resolución de la Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 28 de enero de 2025 por la cual se aprueba la convocatoria para el año 2025 de las ayudas destinadas al pago compensatorio para zonas con limitaciones específicas, publicada al BOIB n.º 14 de día 30 de enero de 2025.

2. Resolución de la Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 20 de noviembre de 2025 por la cual se incrementa el crédito de la resolución del punto anterior, publicada al BOIB n.º 156 de día 25 de noviembre de 2025.

3. Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones.

4. Orden 10/2023 de la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 6 de abril de 2023, por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones para el desarrollo rural de las Islas Baleares 2023-2027.

5. La ley 3/2019, de 31 de enero, agraria de las Islas Baleares.

6. La ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El resto de normativa de desarrollo y aplicación.

Informe, Propuesta de resolución y Resolución de revocación parcial

Por todo esto, se informa favorablemente y se propone a la vicepresidenta en Materia Agraria del FOGAIBA que dicte una resolución en los términos siguientes:

1. Revocar parcialmente la resolución de denegación del 13 de febrero de 2026, publicada al BOIB n.º 22 de 17 de febrero, en cuanto al beneficiario ANTONI MUNAR CURIENT, con nif **1646**, porque sí cumplía con el requisito de estar al corriente de deudas con la ATIB antes de dictarse la resolución denegatoria definitiva.

2. Notificar esta resolución al beneficiario mediante publicación en el BOIB.

3. Informar a beneficiario que su expediente se encuentra a su disposición y consulta al Servicio de Ayudas Directas y Asimiladas al SIGC de la PEC (calle de Reina Constanza, núm.4 de Palma).

Interposición de recursos

Contra esta resolución –que no agota la vía administrativa- se puede interponer recurso de alzada ante el consejero de Agricultura, Pesca y medio natural, en el plazo de un mes, contador desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Informa

La jefa de sección D del Servicio de Ayudas PEC y asimiladas al SIGC Aina Maria Pons Miquel

Conforme con el informe, propone

El jefe de servicio de Ayudas de OCM, del Estado y de Pesca (por suplencia de la Jefa del Servicio de Ayudas Directas y Asimiladas al SIGC de la PEC según la Resolución del Director Gerente del Fogaiba de 12 de julio de 2021 por la cual se determinan las suplencias al FOGAIBA, publicada al boib 94 del 15 de julio de 2021) Miquel Rosselló Ledin

 

​​​​​​​Conforme con la propuesta, dicto resolución

La vicepresidenta en materia agrária del FOGAIBA Georgina Brunet i Ródenas»

(Firmado electrónicamente: 10 de agosto de 2026

El director gerente Joan Josep Coll Bibiloni)