Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA
Núm. 591812
Resolución por la cual se modifica la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía, a propuesta definitiva del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático, de 17 de febrero de 2026 por la cual se conceden las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (programa MOVES III 2025) en la parte que afecta al expediente MOVESIII25-1173/2025
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Hechos
1. El 3 de julio de 2025, se publicó la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo en la movilidad eléctrica (Programa MOVES III 2025) mediante la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 1 de julio de 2025.
2. En fecha 19 de agosto de 2025, PAULA NICOLAU ENFEDAQUE presentó documentación para acogerse a la convocatoria mencionada en el punto anterior.
3. En fecha 7 de marzo de 2026, se publicó, en el BOIB n.º 30, la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía, a propuesta definitiva del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático, de 17 de febrero de 2026 por la cual se conceden las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (programa MOVES III 2025) en la cual se concedía a PAULA NICOLAU ENFEDAQUE, con NIF ***1893** (expediente MOVESIII25-1173/2025, CONCE 0000001535/2026 - CONVO 14608) una subvención de 2.450,00 euros y se autorizaba y disponía a su favor este gasto.
4. Con posterioridad, se ha detectado un error en el CONVO al cual se había assignado el expediente, ya que realmente le corresponde el 21066/2026, siendo una solicitud de un punto de recarga por parte de una persona física (Programa 2).
5. A nivel contable, se ha cerrado el expediente CONCE del expediente indicado (CONCE 0000001535/2026 – CONVO 14608), y se ha abierto un CONCE nuevo asociado al CONVO correcto (0000013807/2026 – CONVO 21066)
6. Se ha comprobado que hay crédito adecuado y suficiente a la partida 2026/G/731A01/78000/00/19701/25183 de los presupuestos vigentes.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre).
3. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 122, de 2 de septiembre).
4. La Orden de la Consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la cal se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía (BOIB nº72, 24 de mayo de 2008).
5. La Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 1 de julio de 2025 por la cual se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de soporte a la movilidad eléctrica (programa MOVESIII 2025) (BOIB nº85, de 3 de julio de 2025).
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Modificar la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía, a propuesta definitiva del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático, de 17 de febrero de 2026 por la cual se conceden las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (programa MOVES III 2025) únicamente en la parte que afecta al expediente MOVESIII25-1173/2025.
2. Autorizar y disponer negativamente el gasto de 2.450,00 euros a favor de PAULA NICOLAU ENFEDAQUE, con NIF ***1893** (expediente MOVESIII25-1173/2025), (CONCE 0000001535/2026 – CONVO 14608) a cargo de la partida presupuestaría 2026/G/731A01/78000/00/19701/25183.
3. Autorizar y disponer el gasto de 2.450,00 euros a favor de PAULA NICOLAU ENFEDAQUE, con NIF ***1893** (expediente MOVESIII25-1173/2025), (CONCE 0000013807/2026 CONVO 21066) a cargo de la partida presupuestaría 2026/G/731A01/78000/00/19701/25183.
4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Autónomos y Energía en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a la publicación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
(Firmado electrónicamente: 10 de agosto de 2026)
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Autónomos y Energía (BOIB núm. 97, de 24/07/2025)