Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 588550
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de agosto de 2026 por el que se declara Proyecto de Especial Interés Estratégico Autonómico las obras de urbanización y dotación de servicios del vial de acceso al nuevo CEIP de Felanitx, y se califican como sistema general de equipamiento docente en suelo rústico las parcelas 9338 del polígono 17, con referencia catastral 07022A017093380000WX, y 9313 del polígono 18, con referencia catastral 07022A018093130000WR, de titularidad del Ayuntamiento de Felanitx, en el término municipal de Felanitx
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Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de febrero de 2025, publicado en el BOIB núm. 27, de 1 de marzo de 2025, se declararon como inversión de interés autonómico las obras de construcción del nuevo CEIP Felanitx y se consideró sistema general de equipamiento público educativo en suelo rústico la parcela catastral 07022A018000700000WX, de titularidad municipal, en el término municipal de Felanitx, de conformidad con los artículos 7 y 8 del Decreto-ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, de investigación, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Posteriormente, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 1 de agosto de 2025, publicado en el BOIB núm. 104, de 5 de agosto de 2025, se autorizó el proyecto básico y de ejecución correspondiente a la inversión declarada de interés autonómico para las obras de construcción del nuevo Centro de Educación Infantil y Primaria (CEIP) de Felanitx, situado en la parcela con referencia catastral 07022A018000700000WX, en el término municipal de Felanitx.
En el marco de la tramitación de este procedimiento, con fecha 28 de julio de 2025 tuvo entrada un oficio del Ayuntamiento de Felanitx mediante el cual se remitía el informe urbanístico municipal de 18 de julio de 2025 (registro municipal 2025-S-RC-4467), emitido en cumplimiento de lo previsto en el artículo 8.4 del Decreto-ley 1/2018. Dicho informe ponía de manifiesto que las consideraciones técnicas relativas a los accesos y a la movilidad del nuevo centro educativo eran compatibles con los compromisos asumidos por el Ayuntamiento de Felanitx mediante el Acuerdo del Pleno de 10 de mayo de 2021 (BOIB núm. 76, de 8 de junio de 2021), por el que la corporación municipal se comprometía a ejecutar las actuaciones necesarias para dotar a los terrenos de los accesos y de los servicios urbanísticos imprescindibles para la puesta en funcionamiento del futuro centro educativo, así como a garantizar su movilidad y accesibilidad mediante el instrumento urbanístico que resultara jurídicamente procedente.
En cumplimiento del compromiso asumido por el Ayuntamiento de Felanitx de dotar al nuevo centro educativo de los accesos y de los servicios urbanísticos necesarios para su puesta en funcionamiento, así como de garantizar su movilidad y accesibilidad, con fecha 10 de julio de 2026 tuvo entrada en el registro electrónico de la Consejería de Educación y Universidades, con número GOIBE510018/2026, un oficio del Ayuntamiento de Felanitx (expediente municipal 3948/2024) mediante el cual, en ejecución del acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, en sesión de 23 de junio de 2026, se solicita la declaración como Proyecto de Especial Interés Estratégico Autonómico de las obras de urbanización y dotación de servicios vinculadas al vial de acceso al nuevo Centro de Educación Infantil y Primaria (CEIP) de Felanitx, al amparo del artículo 24.3 de la Ley 4/2026, de 11 de junio, de medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica de las Illes Balears y otras medidas de simplificación y racionalización administrativa, y se remite la documentación justificativa correspondiente.
La documentación aportada incluye, entre otros, el certificado del acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Felanitx en la sesión celebrada el día 23 de junio de 2026, una memoria justificativa, un estudio de movilidad, un proyecto de dotación de servicios denominado «Proyecto de dotación de servicios de una parcela para su uso como centro educativo», que define las obras de urbanización y dotación de los servicios necesarios para posibilitar la implantación y puesta en funcionamiento del nuevo CEIP de Felanitx, el informe acreditativo de la titularidad municipal de los terrenos y el informe de la Policía Local relativo a la movilidad, la accesibilidad y la intervención de los servicios de seguridad y emergencia.
El Acuerdo de la Junta de Gobierno Local identifica como ámbito de la actuación las parcelas 9338 del polígono 17 (referencia catastral 07022A017093380000WX) y 9313 del polígono 18 (referencia catastral 07022A018093130000WR), las cuales lindan con el vial de acceso al nuevo centro educativo y se localizan frente a la parcela destinada a la implantación del CEIP, constituyendo el ámbito sobre el que se proyectan las actuaciones de urbanización y dotación de servicios.
La memoria justificativa, de fecha 18 de junio de 2026, suscrita por la arquitecta municipal, pone de manifiesto que el nuevo CEIP de Felanitx se encuentra actualmente en fase de ejecución y que su acceso se realiza a través del camino municipal de Son Proenç, el cual no dispone de las obras de urbanización ni de la dotación de los servicios urbanísticos necesarios para garantizar unas condiciones adecuadas de movilidad, accesibilidad y seguridad. Asimismo, se indica que las obras proyectadas tienen por objeto la urbanización y dotación de servicios del vial de acceso al centro educativo, de acuerdo con el proyecto redactado el 18 de junio de 2026, con un presupuesto estimado de 297.889,98 euros.
La memoria concluye que, dada la clasificación urbanística de los terrenos afectados y la necesidad de garantizar la puesta en funcionamiento del nuevo equipamiento docente, resulta necesario impulsar una actuación que permita ejecutar las obras de urbanización y dotación de servicios vinculadas al vial de acceso.
Además, la solicitud incluye un estudio de movilidad, redactado el 2 de noviembre de 2021 por la ingeniera técnica de Obras Públicas María Inés Batle, que analiza las condiciones de accesibilidad y movilidad asociadas al nuevo CEIP de Felanitx y justifica las actuaciones de urbanización necesarias para garantizar un acceso seguro y funcional al centro educativo, tanto para los peatones como para el tráfico rodado, incluido el transporte escolar y los servicios públicos.
El proyecto, sin visar y firmado por el ingeniero industrial Juan Bordoy Pou con fecha 18 de junio de 2026, incorpora un conjunto de actuaciones destinadas a dotar al futuro centro educativo de los servicios urbanísticos necesarios y a adecuar sus accesos, de acuerdo con las determinaciones del estudio de movilidad encargado por el Ayuntamiento de Felanitx, con la finalidad de garantizar unas condiciones adecuadas de movilidad, accesibilidad, seguridad vial y funcionalidad del equipamiento docente.
En este sentido, las obras previstas comprenden la mejora de los itinerarios peatonales mediante la construcción de nuevos tramos de acera, la ejecución de pasos de peatones elevados y vados adaptados que aseguran la continuidad de los itinerarios accesibles; la implantación de medidas específicas para favorecer la movilidad ciclista, con la señalización de un itinerario preferente para bicicletas y la limitación de la velocidad del tráfico; así como la remodelación del acceso rodado mediante la ampliación de la plataforma viaria, la renovación del pavimento y la mejora de la conexión con la red viaria existente, incluyendo la reordenación de la intersección de acceso.
Asimismo, el proyecto prevé la ejecución de las redes de abastecimiento de agua potable, saneamiento, telecomunicaciones, alumbrado público, suministro de gas y el resto de infraestructuras urbanas necesarias para dotar a la parcela de los servicios exigibles para su uso como equipamiento docente.
Consta igualmente en el expediente el Informe núm. 16/2026, emitido por el técnico cartográfico municipal con fecha 24 de junio de 2026, relativo a la titularidad de los terrenos afectados por la actuación, en el que se acredita que las parcelas 9338 del polígono 17 (referencia catastral 07022A017093380000WX) y 9313 del polígono 18 (referencia catastral 07022A018093130000WR), destinadas a acoger las obras de urbanización y dotación de servicios del vial de acceso al nuevo CEIP de Felanitx, son de titularidad municipal del Ayuntamiento de Felanitx.
Finalmente, consta en la solicitud el informe emitido por la Jefatura de la Policía Local de Felanitx, de fecha 8 de julio de 2026, relativo a la movilidad, la accesibilidad y la intervención de los servicios de seguridad y emergencia, en el que se informa favorablemente la justificación de las actuaciones de urbanización y de los accesos al nuevo CEIP de Felanitx, al considerar que estas garantizan unas condiciones adecuadas de seguridad vial, accesibilidad universal, movilidad y operatividad de los servicios de emergencia, y se concluye que las obras proyectadas resultan necesarias y convenientes para el correcto funcionamiento del futuro equipamiento docente.
La Ley 4/2026, de 11 de junio, de medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica de las Illes Balears y otras medidas de simplificación y racionalización administrativas, establece un régimen jurídico destinado a agilizar la ejecución de inversiones públicas y privadas consideradas estratégicas para el desarrollo de las Illes Balears.
De acuerdo con el artículo 1 de la Ley 4/2026, de 11 de junio, de medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica de las Illes Balears y otras medidas de simplificación y racionalización administrativas, también forma parte del objeto de la norma establecer el régimen jurídico aplicable a la construcción, reforma, mejora o ampliación de infraestructuras y equipamientos públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de los consejos insulares y de su sector público, sin perjuicio de extender dicho régimen a determinadas infraestructuras o equipamientos públicos municipales y de la Administración General del Estado, en los términos previstos en el título IV de la Ley, mediante la regulación de un procedimiento preferente, ágil y simplificado que permita, en su caso, la declaración de proyecto de especial interés estratégico autonómico o insular.
El artículo 24 de la Ley 4/2026, de 11 de junio, de proyectos de especial interés estratégico de las Illes Balears, configura esta figura como el instrumento jurídico destinado a posibilitar la ejecución de actuaciones que, por su trascendencia social, educativa o territorial, resultan de interés estratégico para la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
En particular, el apartado 3 del mismo artículo prevé expresamente que las entidades locales pueden solicitar la declaración de un Proyecto de Especial Interés Estratégico cuando la actuación tenga por objeto, entre otros, asegurar la movilidad, la accesibilidad, la seguridad o la funcionalidad urbana de los equipamientos públicos.
En el presente supuesto, la actuación no tiene por objeto la implantación de un nuevo equipamiento docente, sino la ejecución de las obras de urbanización y dotación de servicios indispensables para garantizar la funcionalidad del nuevo CEIP de Felanitx, declarado previamente de interés autonómico mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de febrero de 2025 (BOIB núm. 27, de 1 de marzo de 2025) y actualmente en fase de ejecución.
El artículo 27.3.c) de la Ley 4/2026 establece que el acuerdo de declaración del Proyecto de Especial Interés Estratégico, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de las Illes Balears, deberá motivar el interés público de la actuación, identificar los terrenos donde se ubica o deba ubicarse la infraestructura o el equipamiento público, indicar la administración o ente del sector público titular y determinar el uso concreto que deba darse a la infraestructura o al equipamiento.
Adicionalmente, de conformidad con el artículo 27.3 de la Ley 4/2026, la declaración del Proyecto de Especial Interés Estratégico comporta la calificación automática como sistema general de los terrenos afectados, con eficacia inmediata desde la publicación del correspondiente acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Sin perjuicio de dicha eficacia inmediata, el Ayuntamiento de Felanitx queda obligado a adaptar su planeamiento urbanístico e incorporar esta calificación en la primera modificación o revisión que lleve a cabo, de acuerdo con el procedimiento previsto en la normativa urbanística.
En este sentido, el interés público que fundamenta la declaración del presente Proyecto de Especial Interés Estratégico deriva directamente del interés autonómico previamente reconocido a las obras de construcción del nuevo CEIP de Felanitx, dado que las actuaciones de urbanización y dotación de servicios proyectadas constituyen una infraestructura funcionalmente inseparable del equipamiento educativo y resultan indispensables para garantizar su movilidad, accesibilidad, seguridad y correcto funcionamiento. El vial actual no dispone de las obras de urbanización ni de la dotación de los servicios necesarios para la futura puesta en funcionamiento del nuevo CEIP de Felanitx.
Asimismo, quedan debidamente identificados los terrenos objeto de la declaración, correspondientes a las parcelas 9338 del polígono 17, con referencia catastral 07022A017093380000WX, y 9313 del polígono 18, con referencia catastral 07022A018093130000WR, ambas de titularidad del Ayuntamiento de Felanitx.
En relación con la calificación de las parcelas, de acuerdo con la información urbanística contenida en el Mapa Urbanístico de las Illes Balears (MUIB) y con la cartografía del Plan Territorial Insular de Mallorca, los terrenos objeto de la presente declaración, correspondientes a las parcelas 9338 del polígono 17, con referencia catastral 07022A017093380000WX, y 9313 del polígono 18, con referencia catastral 07022A018093130000WR, ambas de titularidad del Ayuntamiento de Felanitx, están clasificados como suelo rústico dentro de un Área de Desarrollo en Suelo Urbano y Urbanizable. Asimismo, dichos terrenos conforman el ámbito previsto para la ejecución del futuro vial de acceso al nuevo CEIP de Felanitx.
Por su parte, el artículo 29 de la Ley 4/2026, de 11 de junio, de proyectos de especial interés estratégico de las Illes Balears, atribuye al Ayuntamiento de Felanitx, previa declaración de interés estratégico, la competencia para tramitar y aprobar el correspondiente proyecto de obras, de acuerdo con el procedimiento previsto en dicho precepto, previa información pública, obtención de los informes sectoriales preceptivos y, en su caso, tramitación de la evaluación ambiental que resulte exigible.
El capítulo I del título V de la Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears (BOIB núm. 38, de 17 de marzo), regula la red de centros educativos de las Illes Balears. En este marco, el artículo 106 atribuye a la consejería competente en materia de educación las actuaciones relativas a la construcción, ampliación, adecuación, reforma, mejora, conservación y mantenimiento de los centros docentes públicos, así como la planificación y programación de las infraestructuras educativas necesarias para garantizar una oferta educativa suficiente y adecuada a las necesidades de la población escolar.
Corresponde a la Consejería de Educación y Universidades, mediante la Secretaría Autonómica de Desarrollo Educativo, entre otras competencias, la coordinación de las infraestructuras educativas, de acuerdo con el artículo 2, apartado 4, del Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la Presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Finalmente, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 27.3.b) de la Ley 4/2026, con fecha 29 de julio de 2026, la Consejería de Educación y Universidades comunicó mediante oficio a la consejería competente en materia de proyectos estratégicos el inicio de los trámites administrativos para la declaración de Proyecto de Especial Interés Estratégico Autonómico de las obras de urbanización y dotación de servicios del vial de acceso al nuevo CEIP de Felanitx.
Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Educación y Universidades, en la sesión de 7 de agosto de 2026, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:
Primero. Declarar Proyecto de Especial Interés Estratégico Autonómico las obras de urbanización y dotación de servicios del vial de acceso al nuevo CEIP de Felanitx, y considerar sistema general de equipamiento docente en suelo rústico las parcelas 9338 del polígono 17, con referencia catastral 07022A017093380000WX, y 9313 del polígono 18, con referencia catastral 07022A018093130000WR, de titularidad del Ayuntamiento de Felanitx, en el término municipal de Felanitx, de conformidad con el artículo 27 de la Ley 4/2026, de 11 de junio, de medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica de las Illes Balears y otras medidas de simplificación y racionalización administrativas.
Segundo. Notificar este Acuerdo al Ayuntamiento de Felanitx.
Tercero. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (7 de agosto de 2026)
| La secretaria del Consejo de Gobierno Antònia Maria Estarellas Torrens |
La presidenta Margarita Prohens Rigo |