Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA
Núm. 581982
Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía por la que se acepta la renuncia a las subvenciones para el desguace de vehículos más contaminantes en el marco del impuesto sobre estancias turísticas en las Islas Baleares y de medidas de impulso del turismo sostenible (ITS2024-2025-068)
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Hechos
1. El 22 de julio de 2025, en el BOIB n.º 96, se publicó la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para el desguace de vehículos más contaminantes en el marco del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible (ITS2024-2025-068).
2. Las personas que figuran en el Anexo de esta resolución presentaron una solicitud de subvención en el marco de la convocatoria de referencia.
3. A los titulares de los expedientes que aparecen en el anexo se les concedió una subvención en el marco de la convocatoria por los importes que también se indican, de acuerdo con las respectivas resoluciones estimatorias del conseller de Empresa, Autónomos y Energía, con fecha y número de BOIB indicados en el anexo.
4. Los titulares de los expedientes que aparecen en el anexo han presentado escrito en el que indican que renuncian a la subvención concedida.
Fundamentos de derecho
1. El consejero de Empresa, Autónomos y Energía es el órgano competente para resolver este procedimiento dada la estructura orgánica del Gobierno de las Illes Balears y de acuerdo con la Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía.
2. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
3. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
4. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre).
5. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de despliegue de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 122, de 2 de septiembre).
6. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía en las Islas Baleares, modificada por la Orden del consejero de Transición Energética y Sectores Productivos de 18 de junio de 2020 (BOIB n.º 116, de 30 de junio de 2020).
7. El artículo 94, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, prevé que la Administración, en el supuesto de renuncia de la persona interesada a sus derechos, aceptará la renuncia completamente y resolverá el procedimiento declarando esta circunstancia, con indicación de los hechos producidos y normas aplicables.
8. La Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía de 18 de julio de 2025 por la cual se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para el desguace de vehículos más contaminantes en el marco del impuesto sobre estancias turísticas en las Islas Baleares y de medidas de impulso del turismo sostenible (ITS2024-2025-068) (BOIB n.º 96, de 22 de julio).
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Aceptar la renuncia a las subvenciones concedidas para el desguace de vehículos más contaminantes en el marco del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible (ITS2024-2025-068) a los beneficiarios de los expedientes que aparecen en el anexo.
2. Revocar la concesión de las subvenciones detalladas en el anexo y por los importes que también se indican.
3. Autorizar y disponer negativamente el gasto a favor de los beneficiarios por los importes detallados en el anexo con cargo a la partida presupuestaria 2026/G/731A01/77000/00/19701/25064.
4. Declarar concluido el procedimiento y por tanto, archivar los expedientes.
5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Autónomos y Energía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, 5 de agosto de 2026
El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Autónomos y Energía (BOIB núm. 97, 24/07/2025)
ANEXO Lista de beneficiarios que han renunciado a la subvención concedida para el desguace de vehículos más contaminantes en el marco del impuesto sobre estancias turísticas en las Illes Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible (ITS2024-2025-068)
| Expediente | Solicitante | NIF | Importe subvención (€) | Fecha de la Resolución de concesión | CONCE | |
|---|---|---|---|---|---|---|
| 1 | DESBALLESTA25-759/2025 | CASTILLO MENORCA SL | ***1566** | 2.000,00 | Resolución de 1 de marzo de 2026 (publicada en el BOIB núm. 30, de 7 de marzo de 2026) | 0000004710/2026 |