Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE BÚGER
Núm. 580194
Aprovació inicial ordenanza no fiscal n.º XXVIII reguladora de las medidas aplicables al abastecimiento de agua potable y a los usos del agua en situación de sequía, en riesgo de sequía o cuando la administración municipal, vistos el elevados consumos de agua producidos, lo considere conveniente para no poner en riesgo el abastecimiento de agua potable en el municipio
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Acuerdo del Pleno de fecha 30 de julio de 2026, del Ayuntamiento de Búger, por la cual se aprueba inicialmente la ordenanza no fiscal n.º XXVIII reguladora de las medidas aplicables al abastecimiento de agua potable y a los usos del agua en situación de sequía, en riesgo de sequía o cuando la administración municipal, vistos el elevados consumos de agua producidos, lo considere conveniente para no poner en riesgo el abastecimiento de agua potable en el municipio
Aprobada inicialmente la ordenanza no fiscal n.º XXVIII reguladora de las medidas aplicables al abastecimiento de agua potable y a los usos del agua en situación de sequía, en riesgo de sequía o cuando la administración municipal, vistos el elevados consumos de agua producidos, lo considere conveniente para no poner en riesgo el abastecimiento de agua potable en el municipio , de conformidad con los artículos 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 102 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares, se somete a información pública por plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en este Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Durante este plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Así mismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://buger.sedelectronica.es].
En el caso de no presentarse ninguna reclamación o sugerencia en el citado plazo, el acuerdo inicialmente adoptado se entenderá definitivamente aprobado sin necesidad de acuerdo expreso.
Documento firmado electrónicamente (3 de agosto de 2026)
El alcalde Pere Torrens Escalas