Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ALARÓ
Núm. 579773
Modificación puntual de la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Alaró
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El pleno del ayuntamiento, en sesión de 30 de julio de 2026, adoptó el siguiente acuerdo:
“Antecedentes y hechos
1. Informe-propuesta de alcaldía , de 14 de julio de 2026, relativo a la modificación de la relación de puestos de trabajo para crear una plaza de oficial 1ª. del servicio de mantenimiento. En la propuesta consta la justificación de la creación de la plaza dado que la necesidad que se pretende cubrir es permanente, está directamente vinculada a la ampliación de los espacios públicos municipales y no puede ser adecuadamente atendida sin un refuerzo estable de los recursos humanos adscritos al servicio.
2. Negociación entre los representantes del ayuntamiento y los representantes del personal, de fecha 17 de julio de 2026.
3. Informe favorable de secretaría de 22 de julio de 2026, en relación con la modificación puntual de la relación de puestos de trabajo.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 4.1.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local (LBRL) sobre la potestad de autoorganización de las entidades locales.
2. El artículo 90.2, 92 y 92 bis de la LBRL y los artículos 126.4, 127 y 129.3.a) del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local.
3. El artículo 74 del texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público (TREBEP), aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre , respecto a las relaciones de puestos de trabajo u otros instrumentos organizativos similares.
4. Los artículos 31 a 39 y 69 a 77 del TREBEP, sobre la negociación colectiva, la representación y la participación institucional de los empleados públicos.
5. El Real decreto 861/1986, de 25 de abril, por el que se establece el régimen de las retribuciones de los funcionarios de la administración local.
6. El artículo 19.siete de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2023 (prorrogados para los años 2024, 2025 y 2026), sobre las adecuaciones retributivas que, con carácter singular y excepcional, resulten imprescindibles por el contenido de los puestos de puestos de trabajo.
Propuesta de acuerdo
El pleno, en ejercicio de la atribución que le confiere el artículo 22.2.i) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, acuerda:
1. Aprobar una modificación puntual de la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Alaró en los siguientes términos:
- Creación de una plaza de oficial 1ª. servicios de mantenimiento, con un puesto de trabajo adscrito, con las siguientes características:
Código núm.: 23.2
Denominación: Oficial 1ª. servicios de mantenimiento
Vinculación jurídica: personal laboral
Grupo: 4
Funciones: mantenimiento y limpieza de vías públicas, alumbrado, zonas ajardinadas, colegio público, polideportivo municipal, estación depuradora, caminos municipales, mobiliario y equipamiento urbano, señalización, infraestructura, equipamientos y edificios o instalaciones municipales existentes o que puedan construirse.
Retribución: salario base
Jornada: ordinaria, a tiempo completo
Titulación requerida: ESO o equivalentes
Nivel de conocimiento de lengua catalana: B1
Forma de acceso: Concurso-oposición
2. Ordenar la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares” .
Lo que hacemos público para general conocimiento.
Lo que se notifica para su conocimiento, cumplimiento y efectos.
Recursos
Contra este acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los siguientes recursos:
a) Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de la publicación del presente acuerdo.
b) El recurso de reposición potestativo ante el pleno, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de la publicación del presente acuerdo. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma.
No obstante lo anterior, podrá ejercitarse, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Alaró, en la fecha de firma electrónica (3 de agosto de 2026)
El alcalde Llorenç Perelló Rosselló