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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA

Núm. 577721
Resolución por la cual se modifica la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía, a propuesta definitiva del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático, de 7 de mayo de 2026 por la cual se conceden las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (programa MOVES III 2025) en la parte que afecta al expediente MOVESIII25-442/2025

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Texto

Hechos

1. El 3 de julio de 2025, se publicó la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo en la movilidad eléctrica (Programa MOVES III 2025) mediante la Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 1 de julio de 2025.

2. En fecha 24 de julio de 2025, ALICIA PIZÁ SÁNCHEZ presentó documentación para acogerse a la convocatoria mencionada en el punto anterior.

3. El 12 de enero de 2026, se emitió un informe técnico. Este informe concluye «Una vez que se ha revisado el expediente y se ha constatado que cumple con los requisitos establecidos a la convocatoria pública de referencia, se informa favorablemente sobre la propuesta de concesión de una subvención de 1.863,40 euros».

4. En fecha 12 de junio de 2026, se publicó, en el BOIB n.º 60, la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía, a propuesta definitiva del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático, de 7 de mayo de 2026 por la cual se conceden las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (programa MOVES III 2025) en la cual se concedía a ALICIA PIZÁ SÁNCHEZ, con NIF ***6951** (expedient MOVESIII25-442/2025, CONCE 0000004549/2026) una subvención de 1.863,40 euros y se autorizaba y disponía a su favor este gasto.

5. El día 29 de juny de 2026, la DG de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático emitió un informe técnico en el que informa que se ha cometido un error en la concesión de la ayuda, puesto que el presupuesto estaba desglosado en 3 presupuestos de partidas complementarias, y en el momento de realizar el cálculo de la subvención no se tuvieron en cuenta todas las partidas. Por esta razón hay una divergencia entre el importe concedido y el importe realmente admisible.

Este informe concluye:

Una vez valorada la documentación presentada y dado que que se cometió un error en momento de conceder la ayuda, se considera, que cumpliendo el resto de las bases de la convocatoria pública de referencia, se informa que la ayuda concedida tendría que ser de 3.162,38 € en vez de 1.863,40 €.

6. Se ha comprobado que hay crédito adecuado y suficiente a la partida 2026/G/731A01/78000/00/19701/25183 de los presupuestos vigentes.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2. El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre de 2005).

3. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 122, de 2 de septiembre de 2004).

4. La Orden de la Consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la cal se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía (BOIB nº72, 24 de mayo de 2008).

5. La Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 1 de julio de 2025 por la cual se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de soporte a la movilidad eléctrica (programa MOVESIII 2025) (BOIB nº85, de 3 de julio de 2025).

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Modificar la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía, a propuesta definitiva del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático, de 7 de mayo de 2026 por la cual se conceden las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (programa MOVES III 2025) únicamente en el sentido de ampliar la cuantía que corresponde abonar a ALICIA PIZÁ SÁNCHEZ, con NIF ***6951** (expediente MOVESIII25-442/2025).

2. Ampliar la cantidad de 1298,98 euros la subvención concedida a ALICIA PIZÁ SÁNCHEZ por la implantación de infraestructura de recarga de vehículo eléctrico, otorgando una subvención de 3.162,38 euros en vez de los 1.863,40 euros concedidos inicialmente.

3. Consecuentemente, autorizar y disponer el gasto de 1298,98 euros para el beneficiario indicado en el punto anterior a cargo de la partida 2026/G/731A01/78000/00/19701/25183 de los presupuestos de 2026. Las ayudas proceden del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico de los fondos integrados en el patrimonio del EPE Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), MP, procedentes de las transferencias que se reciban para esta finalidad del servicio 03 de la sección 23 de los presupuestos generales del Estado.

4. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Autónomos y Energía en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a la publicación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

(Firmado electrónicamente: 30 de julio de 2026)

El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Autónomos y Energía (BOIB núm. 97, de 24/07/2025)