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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO DE ESTUDIOS BALEARICOS

Núm. 577515
Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos, a propuesta del director del Instituto de Estudios Baleáricos, por la que se deniegan o se conceden las subvenciones para apoyar las actividades de proyección exterior de las artes escénicas de las Illes Balears para el año 2026

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Texto

En fecha de la firma electrónica, el director del Instituto de Estudios Baleáricos ha formulado la siguiente propuesta de resolución:

Hechos

1. En fecha 17 de febrero se publicó, en el BOIB núm. 22, la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convocan subvenciones para apoyar las actividades de proyección exterior de las artes escénicas de las Illes Balears para el año 2026.

2. El Instituto de Estudios Baleáricos recibió, durante el plazo establecido al efecto en la convocatoria, 110 solicitudes para optar a las subvenciones.

3. Una vez revisadas todas las solicitudes recibidas, el órgano instructor elaboró ​​una lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas, indicando la causa de exclusión y las deficiencias y carencias detectadas en la documentación presentada. Según lo establecido en el punto 10 de la convocatoria, esta lista se publicó el día 25 de mayo de 2026 tanto en la Sede Electrónica de la CAIB como en la web www.iebalearics.org.

4. Tal y como establece la Resolución de la convocatoria, a partir del día siguiente de la publicación de la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas, los interesados dispusieron de un plazo de diez días hábiles para subsanar las deficiencias detectadas.

5. Una vez revisadas las enmiendas presentadas, el día 19 de junio de 2026 el director del Instituto de Estudios Baleáricos dictó la Resolución por la que se aprobó la lista definitiva de solicitudes admitidas y excluidas y se determinó el desistimiento de las solicitudes no subsanadas. Esta Resolución se publicó el 19 de junio de 2026 tanto en la Sede Electrónica de la CAIB como en la web www.iebalearics.org.

6. El día 23 de junio de 2026 se reunió la Comisión Evaluadora prevista en el punto 12 de la convocatoria, que emitió el informe provisional con las entidades beneficiarias, la puntuación obtenida y el importe adjudicado en cada proyecto.

7. Después de aplicar el porcentaje establecido en el punto 12.5 de la convocatoria para calcular el importe otorgado a cada beneficiario de la línea b), se constató que el presupuesto total de la línea no era suficiente para todos los expedientes que cumplían los requisitos y que tenían la puntuación mínima de 50 puntos necesaria para obtener subvención. Por eso, de acuerdo con la posibilidad prevista en el punto 11.4 de la convocatoria, se aplicó una reducción proporcional al presupuesto disponible.

8. El informe provisional se publicó el día 10 de julio de 2026, tanto en la Sede Electrónica de la CAIB como en la web, y se concedió un plazo de diez días hábiles para que las entidades pudieran formular las alegaciones que consideraran oportunas o, en su caso, presentar la renuncia a la propuesta de subvención.

9. En fecha 18 de julio de 2026 se publicó la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se modifica la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para apoyar las actividades de proyección exterior de las artes escénicas de las Illes Balears. 40.000 euros, el crédito asignado a esta convocatoria. Mediante esta Resolución, se amplía el crédito inicial asignado a esta convocatoria que, una vez aplicada la ampliación, tiene un importe presupuestario total de 340.000 euros.

10. El día 27 de julio de 2026 finalizó el plazo de presentación de alegaciones en el informe provisional. Dentro de este plazo, el beneficiario de los expedientes AE-26/2026 y AE-27/2026 presentó una alegación en contra de la minoración mencionada en el punto 7 de esta resolución, que ha sido estimada.

11. En fecha 30 de julio de 2026 se publicó la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se modifica la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para apoyar las actividades de proyección exterior de las artes escénicas de las Illes Balears. 125.000 euros el crédito asignado a esta convocatoria. Mediante esta Resolución, se amplía el crédito inicial asignado a esta convocatoria que, una vez aplicada la ampliación, tiene un importe presupuestario total de 465.000 euros.

12. Teniendo en cuenta la Resolución de modificación de la convocatoria mencionada anteriormente, debe llevarse a cabo una nueva distribución de importes entre las entidades solicitantes.

13. El día 3 de agosto de 2026, la Comisión Evaluadora ha emitido el informe definitivo con las entidades beneficiarias y los importes adjudicados. Conforme al apartado 14.5 de la convocatoria, a la vista de este informe definitivo se formula la presente propuesta de resolución.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

2. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones.

3. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

4. El Decreto 48/2018, de 21 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos del Institut d'Estudis Baleàrics.

5. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

6. La Orden 40/2024, de 13 de diciembre, del consejero de Turismo, Cultura y deportes por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de cultura y fomento de la lengua catalana.

7. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

8. La Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se convocan subvenciones para apoyar las actividades de proyección exterior de las artes escénicas de las Illes Balears para el año 2026.

9. La Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se modifica la Resolución del presidente del Instituto de Estudios Baleáricos por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para apoyar las actividades de proyección exterior de las artes escénicas de las Illes Balears para el año 2026.

Propuesta de resolución

Propongo al presidente del Instituto de Estudios Baleáricos que dicte resolución en los siguientes términos:

1. Aprobar y conceder una subvención a favor de los solicitantes indicados en el anexo 1, por los importes indicados en cada caso, con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Institut d'Estudis Baleàrics.

2. Autorizar y disponer el gasto a favor de los solicitantes indicados en el anexo 1, por los importes indicados en cada caso, con cargo al capítulo IV de los presupuestos del Institut d'Estudis Baleàrics.

3. Aprobar la no concesión de una subvención, por exclusión, a los solicitantes indicados en el anexo 2 y, por desistimiento, a los solicitantes que no han subsanado las deficiencias detectadas, indicados en el anexo 3.

4. Aprobar las solicitudes de autorización para subcontratar a personas o entidades vinculadas presentadas por los beneficiarios de los expedientes AE-040/2026, AE-065/2026, AE-076/2026, AE-081/2026, AE-085/2026 y AE-088/2026.

5. Informar que el importe de la subvención se abonará tal y como indica el punto 19 de la convocatoria.

6. Comunicar a los beneficiarios que la aceptación de la subvención implica el cumplimiento de las obligaciones recogidas en el punto 22 de la convocatoria y todas las recogidas en la normativa de subvenciones.

7. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar su resolución en los mismos términos.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el presidente del Instituto de Estudios Baleáricos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del artículo administrativo 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sección Contencioso-Administrativa del Tribunal de Instancia de Palma, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (3 de agosto de 2026)

El director del Instituto de Estudios Baleáricos  Ignacio Flores Sancenón

El presidente del Instituto de Estudios Baleáricos  Jaime Bauzá Mayol

 

 

Documentos adjuntos