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CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 574074
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 20 de julio de 2026, relativo a las bases de las ayudas a la gente joven de 18 a 35 años para alquilar una vivienda y convocatoria correspondiente a 2026 (exp. 5228-2026-000001)
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BDNS 922889
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/922889):
Primero. Beneficiarios
1. Pueden ser beneficiarias de las ayudas las personas físicas que cumplan las siguientes condiciones:
a) Haber nacido entre el 1 de enero de 1991 y el 31 de diciembre de 2008.
b) Tener residencia legal en algún municipio de Menorca como mínimo los doce meses anteriores a la presentación de la solicitud, y estar empadronado en la vivienda alquilada.
c) Ser titular de un contrato de arrendamiento, a título individual (tanto si vive solo como convive con su propia unidad familiar) o como coarrendatario (contrato con varias personas arrendatarias que no formen parte de la misma unidad familiar) de la vivienda situada en Menorca, que debe ser el domicilio habitual y permanente de la persona que solicita la ayuda o de la unidad familiar.
En caso de que se trate de un contrato de subarrendamiento, también se debe presentar un justificante del consentimiento escrito del arrendador.
d) Pagar el alquiler por transferencia, domiciliación o mediante ingreso a través de una entidad bancaria.
e) Haber obtenido durante el ejercicio anterior unos ingresos brutos anuales que no superen los umbrales siguientes:
|
Número de miembros de la unidad familiar |
Umbral de ingresos anuales 2025 |
|---|---|
|
1 |
25.200 € |
|
2 |
33.600 € |
|
3 |
42.000 € |
|
4 |
50.400 € |
|
5 |
58.800 € |
|
6 |
67.200 € |
|
7 |
75.600 € |
Segundo. Objeto
El objeto de la convocatoria es la prestación de ayudas a jóvenes de entre 18 y 35 años, en situación de vulnerabilidad económica, para financiar los gastos derivados del alquiler de la vivienda habitual y permanente ubicada en Menorca.
Tercero. Bases reguladoras
La convocatoria se rige por las bases reguladoras aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, en sesión de carácter ordinario de 20 de julio de 2026.
Cuarto. Cuantía
El importe global máximo de la convocatoria es de 200.000 € (doscientos mil euros).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes se inicia el 1 de septiembre de 2026 y finaliza el 30 de septiembre de 2026.
Sexto. Otros datos
El importe máximo por solicitante es de 5.400 euros (450 € mensuales durante un máximo de doce meses). Se abonará por solicitante hasta un máximo del 50% del alquiler mensual de doce meses.
En los supuestos de un contrato con varios arrendatarios (coarrendamiento) que no formen parte de la misma unidad familiar, el importe máximo que se abonará será el 50% del alquiler mensual de la parte que abone cada inquilino que solicite la ayuda.
Maó, 31 de julio de 2026
Por delegación del presidente El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (DP 129/2023, de 27 de julio) (BOIB núm. 106 de 29-7-2023)