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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 577292
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 31 de julio de 2026 por el cual se aprueba la modificación de la previsión de las prestaciones y servicios que la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia tiene que concertar durante el año 2026 y se declaran los servicios de interés económico general, aprobada por acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de febrero de 2026, y modificada por acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de mayo de 2026

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Texto

La gestión de los servicios sociales se puede hacer mediante varias fórmulas, tal como indica el artículo 89 de la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears. Entre otros, la acción concertada es la figura de colaboración entre el sector público y el privado que más se adecua a los principios que tienen que regir el sistema de servicios sociales, especialmente a raíz de la aprobación de la Ley 12/2018, de 15 de noviembre, de servicios a las personas en el ámbito social en la comunidad autónoma de las Illes Balears. El artículo 2 de esta ley prevé que las administraciones competentes de las Illes Balears, para complementar el sistema público y garantizar una equidad y calidad adecuadas de las prestaciones incluidas en la cartera de servicios, pueden encargar la prestación de estos servicios de su competencia, mediante el sistema de acción concertada, a entidades sin ánimo de lucro del tercer sector social, tal como se definen en los artículos 3 y 4 de la Ley 3/2018, de 29 de mayo, del tercer sector de acción social, o, si procede, a entidades privadas, preferentemente del tercer sector social, cuando existan análogas condiciones de eficacia, calidad y costes, de acuerdo con los requisitos que establece esta ley y con respecto a los principios de publicidad, transparencia y no-discriminación.

Además, el mismo artículo establece una definición del régimen de acción concertada cómo la prestación por terceros de servicios sociales incluidos en la Cartera de servicios sociales.

Con el fin de garantizar la publicidad y la transparencia, la Ley 12/2018, de 15 de noviembre, dispone que, con una periodicidad anual, las administraciones de las Illes Balears competentes en materia social, como parte de las competencias en planificación, tienen que hacer una previsión de las prestaciones y los servicios que pretenden que sean objeto de acción concertada, junto con una tasación del coste y un informe justificativo de la carencia de medios propios para la gestión, de la idoneidad de la modalidad de gestión elegida y de la planificación establecida para dotarse de medios propios para la gestión directa de estas prestaciones o servicios cuando sea previsible que se tengan que prestar permanentemente y, además, sean esenciales para la efectividad de los derechos sociales.

Esta planificación también tiene que definir, si procede, los servicios considerados, de manera excepcional, servicios de interés económico general. Para determinar este carácter, se tiene que tener en cuenta, como criterio fundamental, el arraigo de las personas usuarias a los servicios y la implantación de los servicios en el territorio.

En el BOIB número 27, de 28 de febrero de 2026, se publicó el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 27 de febrero de 2026 por el cual se aprueba la previsión de las prestaciones y los servicios que la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia tiene que concertar durante el año 2026 y se declaran los servicios de interés económico general.

En el BOIB número 68, de 30 de mayo de 2026, se publicó el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de mayo de 2026 por el cual se modifica y se corrigen los errores observados en el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 27 de febrero de 2026, por el cual se aprueba la previsión de las prestaciones y los servicios que la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia tiene que concertar durante el año 2026, y se declaran los servicios de interés económico general.

De acuerdo con el contenido de los informes justificativos de la directora general de Atención a la Dependencia y Personas con Discapacidad y de la directora general Familias, Infancia, Juventud, Diversidad e igualdad, la directora general de Bienestar Social ha emitido informe en fecha 21 de julio de 2026 en el cual propone la modificación de la previsión de las prestaciones y los servicios que la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia tiene que concertar durante el año 2026 con la inclusión de dos servicios nuevos en el anexo I:

a) La prestación de ayuda a domicilio para personas en situación de dependencia ubicada en Mallorca-Comarca Es Raiguer, con una previsión de 90.000 horas anuales de prestación del servicio.

b) La prestación de vivienda de emancipación para personas mayores de 18 años que han sido sometidos a medida de tutela o guarda por la Administración.

Modalidad D. Prestación de apoyo técnico para la vivienda, ubicado en las islas de Mallorca e Ibiza, con una previsión de 31 plazas/sesiones mensuales de prestación del servicio.

 

Finalmente, cabe indicar lo siguiente:

  • La modificación propuesta por la Dirección General de Atención a la Dependencia y Personas con Discapacidad no supone un incremento en el presupuesto del 2026.
  • La modificación propuesta por la Dirección General de Familias, Infancia, Juventud, Diversidad e igualdad supondrá un incremento en el presupuesto del 2026 de la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia por un importe de 82.297,54 € que será asumida por esta misma, dado que dispone de crédito suficiente y adecuado.

De acuerdo con el Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia, mediante la Dirección General de Bienestar Social, se le atribuye, entre otros de otras competencias, la planificación de la política de servicios sociales.

Finalmente hay que indicar que esta previsión tiene carácter estimativo, sin perjuicio que los datos reflejados puedan variar sensiblemente, especialmente en cuanto al calendario indicado.

Por todo lo expuesto, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia, en la sesión de 31 de julio de 2026, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:

Primero. Aprobar la modificación de la previsión de las prestaciones y los servicios que la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia tiene que concertar durante el año 2026 y se declaran los servicios de interés económico general, aprobada por acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de febrero de 2026 y modificada por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de mayo de 2026, de acuerdo con el anexo de este Acuerdo.

Segundo. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (31 de julio 2026)

La secretaria del Consejo de Gobierno

Antònia Maria Estarellas Torrens

 

La presidenta

Margarita Prohens Rigo

 

ANEXO I Previsión de prestaciones y servicios a concertar

Dirección General de Atención a la Dependencia y Personas con Discapacitad

Código y nombre del servicio a concertar:

6.4. Prestación de ayuda a domicilio para personas en situación de dependencia

− Ubicación: Mallorca – Comarca Es Raiguer

− N.º de horas previstas: 360.000 (7.500 horas mensuales x 4 años)

− Precio del servicio a concertar: (sin iva)

  1.  2026: 28,50 € precio/hora
  2.  2027: 29,71 €  precio/hora
  3.  2028: 31,31 €  precio/hora
  4.  2029: 32,99 €  precio/hora
  5.  2030: 32,99 €  precio/hora

− Fecha prevista de convocatoria: tercer trimestre de 2026

− Previsión del inicio del concierto: cuarto trimestre de 2026

− Previsión del presupuesto máximo total: 11.396.325,00 €

 

 

 

MALLORCA- Comarca Es Raiguer

Anualidad

Temporalidad

Meses x numero de horas X precio/hora

Presupuesto

2026

Diciembre 2026

0  x 0 x 0 € 

0 €

2027

Diciembre 26 -nov 27

1 x 7.500 x 28,50 €

11  x 7.500 x 29,71 €

2.664.825,00 €

2028

Diciembre 27 -nov 28

1  x 7.500 x 29,71 €

11  x 7.500 x 31,31 €

2.805.900,00 €

2029

Diciembre  28-nov 29

1  x 7.500 x 31,31 €

11  x 7.500 x 32,99 €

2.956.500,00 €

2030

Diciembre  29 -agosto 30

1  x 7.500 x 32,99 €

11  x 7.500 x 32,99 €

2.969.100,00 €

TOTAL

 

Total horas : 360.000

11.396.325,00 €

− Duración: cuatro años

Dirección General de Familias, Infancia, Juventud, Diversidad e igualdad

Código y nombre del servicio a concertar

2.5.1. Prestación de vivienda de emancipación para personas mayores de 18 años que han sido sometidos a medida de tutela o guarda por la Administración.

Modalidad D. Prestación de apoyo técnico para la vivienda.

− Ubicación de la prestación del servicio: Mallorca e Ibiza

− Previsión del número de plazas y/o sesiones a concertar: 31 (16 Mallorca; 15 Ibiza)

− Precio del Servicio a concertar:

 

Anualidad

Mallorca

(plaza mensual)

Ibiza

(plaza mensual)

2026

855,92€

900,27€

2027

909,71€

948,29€

2028

944,55€

981,62€

 

−Previsión de inicio del concierto: Cuarto trimestre del año 2026.

−Fecha prevista de la convocatoria: Tercer trimestre del año 2026.

−Previsión del presupuesto máximo: 1.032.925,06€*

 

Anualidad

Mallorca

Ibiza

TOTAL

2026

41.789,44 €

40.508,10€

82.297,54 €

2027

261.064,32 €

251.692,20 €

512.756,52 €

2028

223.128,00 €

214.743,00 €

437.871,00 €

TOTAL

525.981,76 €

506.943,30 €

1.032.925,06 €

*Dado que puede haber jóvenes que estén residiendo en cualquiera de las viviendas donde se tiene que garantizar la prestación de apoyo técnico para la vivienda, se prevé para cada plaza un complemento para que las entidades proveedoras de la prestación pueda facilitar a los jóvenes que lo necesiten un apoyo específico para hacer frente a la cobertura de necesidades básicas durando en su proceso de emancipación y promoción de autonomía personal.

− Duración: 24 meses