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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA Y DESARROLLO LOCAL

Núm. 573084
Resolución de aceptación de la renuncia de la entidad Eines X Inserció, Empresa d’Inserció SL a la subvención concedida por su proyecto de Optimización energética y renovación funcional de la tienda Moda re- Palma 1 dentro del marco de la convocatoria de subvenciones de minimis a entidades de la economía social para hacer inversiones en sus tiendas con el fin de mejorar la eficiencia energética, la accesibilidad universal, el equipamiento y el software tecnológico y la organización de los productos el año 2026

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Texto

La consejera ejecutiva de Promoción Económica y Desarrollo Local, en fecha 30 de julio de 2026, adoptó la siguiente resolución:

«Antecedentes

1. El 5 de marzo de 2026 la consejera<A[consejera|consellera]> ejecutiva de Promoción Económica y Desarrollo Local adoptó la resolución de aprobación de la convocatoria de minimis a entidades de la economía social para hacer inversiones en sus tiendas con el fin de mejorar la eficiencia energética, la accesibilidad universal, el equipamiento y el software tecnológico y la organización de los productos el año 2026.

2. El 1 de julio de 2026 la consejera<A[consejera|consellera]> ejecutiva de Promoción Económica y Desarrollo Local adoptó la resolución de concesión de las subvenciones mencionadas. Dentro de estas se concedió una subvención por importe de 12.300,78 euros a la entidad EINES X INSERCIO, EMPRESA D' INSERCIO SL, con NIF B16530586, para<A[para|por]> su proyecto de Optimización energética y renovación funcional de la tienda Moda re- Palma 1.

3. El 24 de julio de 2026 (Registro de entrada nº. 79590/2026) HERRAMIENTAS X INSERCIO, EMPRESA DE INSERCIO SL ha presentado la renuncia total a la subvención mencionada.

Fundamentos<A[Fundamentos|Cimientos]>

Primero. De acuerdo con el artículo 33.2 k) de la Ley 4/2022, de 28 de junio de consejos insulares, los consejeros<A[consejeros|consellers]> ejecutivos son el órgano competente para resolver las convocatorias de subvenciones.

Segundo. De acuerdo el Decreto de la Presidencia del Consejo Insular de Mallorca, de día 28 de julio de 2023, por<A[por|para]> el cual se establecen las competencias de los Departamentos del Consejo Insular de Mallorca, modificada por Decreto de 2 de octubre de 2023, al Departamento de Promoción Económica y Desarrollo Local le corresponde la competencia relativa a las políticas de responsabilidad social.

Tercero. El artículo 94.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas dispone que todo interesado puede renunciar o desistir de su solicitud o, cuando eso no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos.

Y continúa el art. 94.4: la Administración tiene que aceptar por completo el desistimiento o la renuncia, y tiene que declarar concluso el procedimiento a menos que, habiéndose personado terceros interesados, estos insten la continuación en el plazo de diez días desde que fueron notificados del desistimiento o renuncia.

Vistos los antecedentes y fundamentos<A[fundamentos|cimientos]> expuestos, la consejera<A[consejera|consellera]> ejecutiva de Promoción Económica y Desarrollo Local adopta la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Aceptar la renuncia de la entidad EINES X INSERCIÓ, EMPRESA D' INSERCIO SL, con NIF B16530586, a la subvención por importe de 12.300,78 euros, para<A[para|por]> su proyecto de Optimización energética y renovación funcional de la tienda Moda re- Palma 1 dentro del marco a la convocatoria de minimis para entidades de la economía social para hacer inversiones en sus tiendas con el fin de mejorar la eficiencia energética, la accesibilidad universal, el equipamiento y el software tecnológico y la organización de los productos el año 2026.

2. Declarar el archivo del presente expediente.

3. Devolver a la aplicación presupuestaria correspondiente los créditos concedidos.

4. Notificar esta resolución a los interesados y publicarla en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el BOIB».

Contra este acto, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de recibir esta notificación. El recurso se puede interponer formalmente ante esta consejera ejecutiva o ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente de la desestimación presunta.

No obstante lo anterior, se puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

(Firmado electrónicamente: 31 de julio de 2026)

El secretario técnico de Promoción Económica y Desarrollo Local  Diego de la Fuente Rama