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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, COORDINACIÓN DE LA ACCIÓN DE GOBIERNO Y COOPERACIÓN LOCAL

Núm. 563619
Extracto de la Resolución de la vicepresidenta segunda y consejera de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para las corporaciones de derecho público de ámbito autonómico (reales academias y academias de las Illes Balears) para el año 2026

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Identificador BDNS: 921334

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria de subvenciones para las corporaciones de derecho público de ámbito autonómico (reales academias y academias de las Illes Balears) para el año 2026.

El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index).

Primero

Entidades beneficiarias

Pueden ser beneficiarias de las subvenciones previstas en la convocatoria las corporaciones de derecho público (reales academias y academias de las Illes Balears) inscritas en el Registro de Academias de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y que, además, cumplan los requisitos establecidos en el apartado 4.2 de la convocatoria.

Segundo

Objeto

La convocatoria tiene por objeto facilitar a las corporaciones de derecho público (reales academias y academias de las Illes Balears) el cumplimiento de sus fines de estudio y generación de conocimiento, para favorecer su transferencia a las instituciones y a la sociedad.

Tercero

Bases reguladoras

La convocatoria se lleva a cabo al amparo de la Orden de la consejera de Presidencia de 24 de agosto de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones de la Consejería de Presidencia.

Cuarto

Cuantía

El importe máximo que se destina a la convocatoria es de 45.000,00 € (cuarenta y cinco mil euros) con cargo a la partida presupuestaria 11701 131B01 48000 00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

La determinación del importe de la subvención se establece en el apartado 11 de la convocatoria, de acuerdo con los criterios previstos en el apartado 13.

Quinto

Plazo y forma de presentación de las solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes se inicia el día siguiente al de la publicación de este extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears y finaliza el 15 de septiembre de 2026.

Las entidades interesadas deben presentar las solicitudes preferentemente de forma electrónica mediante el trámite telemático disponible en el procedimiento publicado en la Sede Electrónica de esta administración. También pueden presentar las solicitudes debidamente cumplimentadas de acuerdo con los modelos facilitados por la Dirección General de Relaciones Institucionales y de Relaciones con el Parlamento, disponibles en la misma sede electrónica y en la web dgri.caib.es, en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

(Firmado electrónicamente: 27 de julio de 2026)

La vicepresidenta segunda y consejera de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local Antònia Maria Estarellas Torrens