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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE INCA

Núm. 555587
Aprobación inicial del Plan Parcial y Estudio Ambiental Estratégico ordinario para llevar a cabo el desarrollo del Sector Núm. 10 del PGOU de Inca

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria de día 23 de julio de 2026 se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

"1.- APROBAR INICIALMENTE la propuesta de PLAN PARCIAL y el ESTUDIO AMBIENTAL ESTRATÉGICO ORDINARIO para llevar a cabo el desarrollo del SECTOR NÚM. 10 del PGOU de Inca (polígono industrial y de servicios), redactado por la arquitecta Lucía Burgos Galíndez y siendo promotor la Junta de Compensació del Sector 10.

2.- SOMETER a información pública por el plazo de cuarenta y cinco días (45 días), mediante anuncios que se publicarán en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en un diario de mayor difusión de la Comunidad Autónoma y en el punto de la sede electrónica del Ayuntamiento, la propuesta de Plan Parcial de Sector 10 y el estudio ambiental estratégico ordinario; pueden examinar el expediente en el Área de Urbanismo de este Ayuntamiento para formular las sugerencias y alegaciones que se consideren oportunas.

3.- SUSPENDER el otorgamiento de licencias y/o comunicaciones previas de parcelación, edificación y demolición en los casos que puedan contradecir las determinaciones previstas en la propuesta del Plan Parcial.

4.- ACORDAR la sujeción a evaluación ambiental estratégica ordinaria de la presente propuesta de Plan Parcial, de acuerdo con lo previsto en el artículo 12.1 del Decreto legislativo 1/2020, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de evaluación ambiental de las Islas Baleares.

5.- SOLICITAR los informes correspondientes a las Administraciones Públicas que se puedan ver afectadas por la presente Modificación puntual de planeamiento (Plan Parcial Sector 1), conforme a lo previsto en el artículo 55.3 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears así como el informe que prevé el artículo 55.6 de la misma ley, por parte del órgano con competencias urbanísticas del Consell Insular de Mallorca.

6.- NOTIFICAR, personalmente, el presente acuerdo a las personas y/o interesados ​​que como consecuencia de la aprobación inicial se puedan ver afectados.»

 

(Firmado electrónicamente: 24 de julio de 2026)

El alcalde-presidente Virgilio Moreno Sarrió