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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 553639
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 23 de julio de 2026 sobre la autorización del proyecto de construcción de una promoción de doce viviendas de protección pública en Artà, de acuerdo con la Ley 4/2025, de 18 de julio, de actuaciones urgentes destinadas a la obtención de suelo mediante proyectos residenciales estratégicos en las Islas Baleares

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Texto

1. Mediante un acuerdo del Consejo de Gobierno de 5 de diciembre de 2025, publicado al BOIB nº 161 de día 6 de diciembre de 2025, se declararon inversión de interés autonómico las obras de construcción de una promoción de doce viviendas de protección pública en c/ Ciutat, 67, en Artà, parcela propiedad del IBAVI con referencia catastral 9836701ED2993N0001LJ, y una superficie de 761 m², de acuerdo con la disposición final novena de la Ley 4/2025, de 18 de julio, de actuaciones urgentes destinadas a la obtención de suelo mediante proyectos residenciales estratégicos en las Islas Baleares.

2. El proyecto correspondiente a las obras de construcción de doce viviendas  de protección pública en c/ Ciutat, en Artà, firmado por el equipo redactor UTE ARTA VIVES MONTIS, dirigido por los arquitectos Tomás Montis Sastre y Santi Vives Sanfeliu, que se ha presentado a esta consellería por parte del IBAVI, ha sido debidamente supervisado por esta entidad, y consta del contenido y el grado de detalle previstos en el artículo 152 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares.

3. El proyecto de edificación responde a las necesidades funcionales y edificatorias de la promoción propuesta, y da cumplimiento a las normativas de habitabilidad, accesibilidad, seguridad y actividades, así como respetar las normas de aplicación directa previstas en el artículo 68 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares, y del Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el cual se aprueba el Código Técnico de la Edificación.

4. La disposición final novena de la Ley 4/2025, de 18 de julio, dispone que el proyecto, si procede, se tiene que someter a evaluación ambiental de acuerdo con la legislación aplicable. Dado que se mantienen los usos previstos al planeamiento urbanístico de Artà, no es necesario someter el proyecto a evaluación ambiental de acuerdo con el Texto refundido de la Ley de evaluación ambiental de las Islas Baleares, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2020, de 28 de agosto y modificado por la Ley 7/2024, de 11 de diciembre, de medidas urgentes de simplificación y racionalización administrativas de las administraciones públicas de las Islas Baleares.

5. De conformidad con esta disposición de la Ley 4/2025, de 18 de julio, corresponde al Consejo de Gobierno la autorización del proyecto a propuesta de la consellería correspondiente, con el trámite previo de información pública de quince días naturales y el informe favorable del ayuntamiento donde se ubique la promoción de viviendas, que se tiene que emitir en el mismo plazo.

En cumplimiento a esta previsión legal, en el BOIB nº 74, de 13 de junio de 2026, se publicó el trámite de información pública del proyecto básico y de ejecución de una promoción de doce viviendas de protección pública en Artà. Transcurrido el plazo, no se presentaron alegaciones.

En fecha 17 de junio de 2026, se envió el proyecto ejecutivo al Ayuntamiento de Artà, mediante registro electrónico, al efecto que este organismo emitiera el informe favorable correspondiente.

El 30 de junio de 2026 los servicios técnicos y jurídicos municipales del Ayuntamiento de Artà emitieron informe favorable con relación al proyecto presentado y mediante el cual se concluyó lo siguiente:

«Atendidos los antecedentes que se han detallado y el régimen jurídico aplicable atendida la declaración de inversión autonómico por acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de febrero de 2026 (BOIB 03/03/2026), se emite informe técnico y jurídico favorable sobre el proyecto (básico y de ejecución) de construcción de doce viviendas de protección pública en la Calle Ciutat, número 67 de Artà, con referencia catastral 9836701ED2993N0001LJ.

Sin perjuicio del anterior, se hacen las indicaciones y/u observaciones que se han detallado anteriormente.

Se considera que corresponde al alcalde, como órgano competente, aprobar, si así es considera, el informe municipal.»

El 1 de julio de 2026 el alcalde del Ayuntamiento de Artà dictó la resolución que se transcribe a continuación:

 

«Aprobar el informe municipal favorable relativo al proyecto básico y de ejecución y proyecto de actividad promovido por el Instituto Balear de la Vivienda (IBAVI), para la construcción de una promoción de doce (12) viviendas de protección pública en la calle Ciutat, 67, en el solar con referencia catastral 9836701ED2993N0001LJ, de Artà, inversión declarada de interés autonómico por acuerdo del Consejo de Gobierno de 27 de febrero de 2026 (BOIB n.º 28 de 03/03/2026), todo esto en los términos y con las observaciones y/o propuestas que se detallan al informe técnico y jurídico, emitido por los servicios técnicos y jurídicos del Departamento de Urbanismo y Actividades en fecha 30 de junio de 2026, que se ha reproducido íntegramente y que se incorpora en esta resolución.»

Por todo el expuesto anteriormente, dado que se ha dado cumplimiento a todos los trámites previstos legalmente, es procedente elevar al Consejo de Gobierno la autorización del proyecto de una promoción de doce viviendas de protección pública en la c/ Ciutat, 67, en Artà, de conformidad con la disposición final novena de la Ley 4/2025, de 18 de julio.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Vivienda, Territorio y Movilidad, en la sesión de 23 de julio de 2026, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:

Primero. Autorizar el proyecto de construcción de la inversión declarada de interés autonómico para las obras de una promoción de doce viviendas de protección pública en c/ Ciutat, 67, situada en la parcela con referencia catastral 9836701ED2993N0001LJ, en el término municipal de Artà.

Segundo. Notificar este Acuerdo al Ayuntamiento de Artà.

Tercero. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (23 de julio de 2026)

La secretaria del Consejo de Gobierno

Antònia Maria Estarellas Torrens

 

La presidenta

Margarita Prohens Rigo