Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y MEDIO NATURAL

Núm. 536725
Resolución de la directora general de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural por la que se establece el régimen de suplencia del jefe del Servicio de Sanidad y Bienestar Animal y del jefe del Servicio de Producción Ganadera en los supuestos de ausencia, enfermedad o vacante

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Antecedentes

1. El artículo 32 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, así como el artículo 13 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, establecen que los titulares de los órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears deben ser sustituidos en el ejercicio de sus funciones, de forma temporal, en los supuestos de ausencia, enfermedad o vacante.

Además, el artículo 33.2 de la mencionada Ley dispone que el superior jerárquico del titular del órgano afectado debe determinar el régimen de suplencia entre los titulares de órganos del mismo rango o del rango inmediatamente inferior.

Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.3 de esta misma Ley, tienen la consideración de órganos administrativos, además de los órganos superiores y directivos, las unidades administrativas (departamentos, servicios, secciones y negociados) a las que se atribuyen funciones que tienen efectos jurídicos frente a terceras personas o cuya actuación tiene carácter preceptivo.

2. Las unidades administrativas de jefe del Servicio de Sanidad y Bienestar Animal y de jefe del Servicio de Producción Ganadera tienen carácter preceptivo en su actuación y, por tanto, la condición de órganos administrativos.

3. Para garantizar en todo momento la actuación de ambos servicios en los casos de ausencia, enfermedad o vacante de sus titulares, resulta necesario establecer un régimen de suplencia.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

2. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente:

Resolución

1. Establecer que, en los supuestos de ausencia, enfermedad o vacante del titular del Servicio de Sanidad y Bienestar Animal, sus funciones serán ejercidas por el titular del Servicio de Producción Ganadera. Asimismo, en los supuestos de ausencia, enfermedad o vacante del titular del Servicio de Producción Ganadera, sus funciones serán ejercidas por el titular del Servicio de Sanidad y Bienestar Animal.

2. Disponer que esta Resolución entre en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (14 de julio de 2026)

La directora general de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural Georgina Brunet Ródenas