Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SANT JOAN
Núm. 543280
Resolución de Alcaldía por la que se aprueba la delegación de competencias por áreas del Ayuntamiento de Sant Joan 2026
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Vista la dimisión del Sr. Richard Thompson, dando conocimiento al Pleno en sesión extraordinaria urgente celebrada el 16 de junio de 2026, y la elección como alcaldesa de la Sra. Catalina Perelló Pascual en sesión extraordinaria urgente del Pleno de fecha 20 de junio de 2026.
En uso de las facultades que le confieren los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con los artículos 43, 44, 45 y 51 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
RESUELVO
Primero.- Revocar el Decreto de Alcaldía n.º 127-2023, de 23 de junio, por el cual se delegaban las competencias de los regidores por áreas genéricas.
Segundo.- Con el objeto de agilizar y conseguir una mayor eficacia en la gestión municipal, realizar las siguientes delegaciones genéricas:
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Concejal |
Área |
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Sr. Richard Thompson (1º Teniente de Alcalde ) |
Delegado de Educación Delegado Mancomunitat del Pla (Turismo, Igualdad Servicios Sociales, Recogida de residuos)
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Sr. Antoni Bauzà Matas (2º Teniente de Alcalde ) |
Delegado de Infancia y Juventud Delegado de Economía Local ( Comercios locales y empresas locales )
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Sr. Joan Roig Abraham (3º Teniente de Alcalde ) |
Delegado de Medio Ambiente y Mundo Rural Delegado de Sostenibilidad (incluye Transportes )
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Sra. Bel Morlà Matas |
Delegada de Cultura Área de Salud
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Sra. Margalida Bauzà Company |
Delegada de Personas Mayores Delegada de Convivencia Delegada de Seguridad |
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Alcaldía |
Área
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Sra. Catalina Perelló Pascual |
Modelo de municipio: Delegada de Fiestas Delegada de Deportes Área de Urbanismo Área de Administración Área de Recursos Humanos Área de Hacienda y Presupuestos Área de Comunicación, Tecnología y Transparencia.
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Tercero.- El alcance de las funciones de esta delegación se circunscriben al estudio y gestión en relación a los asuntos relacionados con el ámbito de su área, no incluyendo ninguna facultad resolutoria.
Cuarto.- Las atribuciones delegadas se tendrán que ejercer en los términos y dentro de los límites de esta delegación, no siendo susceptibles de ser delegadas por sus titulares en otro órgano o concejal.
Quinto.- De conformidad con lo que establece el artículo 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, estas delegaciones tendrán efecto desde el día siguiente a la fecha de notificación de este Decreto a los concejales afectados, y serán de carácter indefinido, sin perjuicio de la potestad de advocación de esta Alcaldía.
En caso de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento de los Concejales delegados, esta Alcaldía asumirá, directamente y automáticamente, las competencias delegadas, como titular de la competencia originaria, entendiéndose a estos efectos ejercitada la potestad de advocación en base a la presente resolución, sin necesidad de una nueva resolución expresa en este sentido.
Sexto.- Notificar personalmente esta resolución a los Concejales afectados, que se considerará aceptada tácitamente, sin perjuicio de manifestación expresa; y remitir la Resolución de nombramiento al Boletín Oficial de las Illes Balears para su publicación, y publicarlo igualmente en el tablón de anuncios de la Corporación, todo ello sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la presente resolución.
Séptimo.- Dar cuenta de esta resolución al Pleno de este Ayuntamiento en la primera sesión plenaria que se celebre, de conformidad con el establecido en el artículo 42 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Sant Joan, en fecha de la firma electrónica. (21 de julio de 2026)
La alcaldesa Catalina Perelló Pascual