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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 508195
Notificación de Propuesta Provisional de Resolución concesión a los beneficiarios de las ayudas, RES2 de fecha 1 de julio de 2026, al amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 8 de marzo de 2024, por la que se convocan subvenciones para inversiones en explotaciones agrarias, para los años 2024

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Texto

El apartado 9.3. de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 8 de marzo de 2024 por la que se convocan, subvenciones para inversiones en explotaciones agrarias, correspondientes al año 2024, especifica que la resolución expresa se notificará a las personas interesadas mediante su publicación en el Boletín 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo que dispone el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

La jefa del servicio de ayudas al Desarrollo Rural, en fecha 1 de julio de 2026 , firmó la siguiente propuesta provisional de resolución,,

«PROPUESTA PROVISIONAL DE RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN

Plan estratégico de la PAC2023-2027

Intervención 6842.1 de ayudas a inversiones en modernización y mejora de las explotaciones agrarias.

Convocatoria: INEA2024_1

SEGUNDA CONVOCATORIA

Código DIR3: A4026954

Código SIA: 3178506

Código BDNS: 735212

Antecedentes

1. En fecha 28 de diciembre de 2023, se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares núm. 175, Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, mediante el procedimiento anticipado de gasto, subvenciones para inversiones en explotaciones agrarias, correspondientes al año 2024. En fechas 29 de febrero de 2024 (BOIB nº 30), 09 de noviembre de 2024 (BOIB nº 147), 12 de diciembre de 2024 (BOIB nº 161), 30 de enero de 2025 (BOIB nº 14) y 27 de marzo de 2026 (BO FOGAIBA que corregiaban errores y modificaban la Resolución inicial de 22 de diciembre de 2023.

2. De conformidad con la citada Resolución, el plazo para presentar las solicitudes finalizó el día 31 de marzo de 2025.

3. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han realizado el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.

4. Los interesados, señalados en el Anexo I adjunto, han presentado en tiempo y forma, la documentación prevista en la convocatoria, y se ha comprobado el cumplimiento de los requisitos exigidos para poder ser beneficiarios de esta ayuda y han acreditado el cumplimiento de los criterios de selección indicados.

5. Para esta convocatoria se han presentado un total de 332 solicitudes de ayuda, de las cuales:

  • 6 han desistido
  • 13 de los requisitos establecidos en la convocatoria, según Anexo IV adjunto se propone su denegación por incumplimiento, por parte de los interesados,

6. Teniendo en cuenta que el crédito existente (10.000.000,00 €) no cubre la totalidad de las peticiones de esta convocatoria, la selección de los beneficiarios de las ayudas debe realizarse mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, según los criterios de prioridad y la puntuación obtenida de acuerdo con lo que establece la Resolución de la convocatoria y sus modificaciones posteriores.

7. En fecha 26 de junio de 2026 la Comisión Evaluadora de estas ayudas acuerda informar favorablemente la puntuación del Anexo I adjunto. En la relación del Anexo I, figuran los 313 expedientes que cumplen las condiciones establecidas y carecen de deficiencias, de los cuales:

  • 128 se propone la concesión total.
  • 25 se propone la concesión parcial.
  • 160 quedan denegadas provisionalmente.

Fundamentos de derecho

1. Orden de 10/2023 de la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones para el desarrollo rural de las Islas Baleares 2023-2027.

2. Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) por la que se convocan, mediante procedimiento anticipado de gasto, subvenciones para inversiones en las explotaciones agrarias correspondiente al año 2024.

PROPUESTA PROVISIONAL

Visto el Informe Técnico de 22/06/26 y el Informe de la Comisión Evaluadora de 26/06/2025, se propone al vicepresidente del FOGAIBA que dicte una resolución en los siguientes términos:

1. Conceder la ayuda solicitada a los beneficiarios por los importes y con los plazos detallados en el Anexo II con los números de orden del 1 al 153, ambos incluidos, que son un total de 153 expedientes y que comienza con MARTA VIDAL GARDUÑO, finalizando con OLIVER MORAGUES SAT,0 suma. euros, relativa a la línea de ayuda “Inversiones en las explotaciones agrarias 2024”, deduciendo, en su caso, las inversiones/actuaciones no elegibles especificadas en el Anexo III.

2. Denegar la ayuda solicitada a los beneficiarios detallados en el Anexo I con los números de orden del 154 al 313, ambos inclusive, que son un total de 159 expedientes y que comienza con MORELLET SRM, y termina con GABRIEL MARTORELL CAPO, S.A.

3. Denegar la ayuda solicitada a los beneficiarios detallados en el Anexo IV, que son un total de 13 expedientes, por incumplimiento, por parte de los interesados, de los requisitos establecidos en la convocatoria.

4. Comunicar esta propuesta provisional a los interesados que dispongan de un plazo máximo de 10 días hábiles, a contar desde la publicación en la página web del FOGAIBA de esta propuesta, para presentar alegaciones. En caso de no hacer uso de su derecho para alegar, en el plazo indicado, o si manifiesta su decisión de no efectuar alegaciones ni aportar nuevos documentos o justificaciones, esta propuesta tendrá carácter definitivo, y se elevará al vicepresidente del FOGAIBA para que dicte la Resolución de concesión de la ayuda que le corresponde.

 

Palma, a fecha de firma electrónica (9 de julio de 2026)

La jefa del Servicio de ayudas al Desarrollo Rural Gemma Canós Franch

El secretario general Miguel Obrador Bou Por supléncia del director gerente del FOGAIBA ​​​​​​​(BOIB núm. 104, de 25/07/2023

Documentos adjuntos