Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE BUNYOLA
Núm. 538493
Aprobación inicial Reglamento de ordenación del debate y las intervenciones de los grupos políticos en el pleno del Ayuntamiento de Bunyola
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Acuerdo del Pleno de fecha 9 de julio de 2026, del Ayuntamiento de Bunyola, por el cual se aprueba inicialmente el Reglamento de ordenación del debate y las intervenciones de los grupos políticos en el Pleno del Ayuntamiento de Bunyola.
Expediente n.º: 454/2026
Acuerdo del Pleno
Procedimiento: Aprobación Reglamento de ordenación del debate y las intervenciones de los grupos políticos en el Pleno del Ayuntamiento de Bunyola
A la vista de los siguientes antecedentes:
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Documento |
Fecha/N.º |
Observaciones |
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Informe de Secretaría |
25-03-2026 |
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Anuncio en el Portal Web del Ayuntamiento de la Consulta Pública |
30-03-2026 |
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Certificado de Secretaría de las Opiniones Presentadas |
8-05-2026 |
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Proyecto de Reglamento de Ordenación del debate y las intervenciones de los grupos políticos en el Pleno del Ayuntamiento de Bunyola |
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Realizada la tramitación legalmente establecida se propone al Pleno de la Corporación la adopción del siguiente,
ACUERDO
PRIMERO. Aprobar inicialmente el texto del Reglamento de Ordenación del debate y las intervenciones de los grupos políticos en el Pleno del Ayuntamiento de Bunyola, que obra en el expediente.
SEGUNDO. Someter este texto a información pública y audiencia de los interesados, durante un plazo de treinta (30) días, mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el tablón de anuncios de la Corporación, a fin de que la vecindad y las personas legítimamente interesadas puedan examinar el expediente y formular reclamaciones, objeciones u observaciones, que serán resueltas por la Corporación.
TERCERO. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobado definitivamente sin necesidad de acuerdo expreso por el Pleno. El acuerdo de aprobación definitiva tácita del Reglamento, con el texto íntegro de este, se publicará para su general conocimiento en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia. Así mismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://bunyola.sedelectronica.es].
CUARTO. Facultar a la Sra. Alcaldesa para subscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asunto.
Documento firmado electrónicamente (14 de julio de 2026
La alcaldesa Maria Antònia Serralta Cunill)