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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE BUNYOLA

Núm. 538486
Aprobación inicial Reglamento prestación servicios en modalidad de teletrabajo para el personal del Ayuntamiento de Bunyola

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Acuerdo del Pleno de fecha 9 de julio de 2026, del Ayuntamiento de Bunyola, por el cual se aprueba inicialmente el Reglamento de prestación de servicios en modalidad de teletrabajo para el personal del Ayuntamiento de Bunyola.

Expediente n.º: 1797/2025

Acuerdo del Pleno

Procedimiento: Aprobación Reglamento de Prestación de Servicios en modalidad de Teletrabajo para el personal del Ayuntamiento de Bunyola

PROPUESTA DE APROBACIÓN INICIAL DEL REGLAMENTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN MODALIDAD DE TELETRABAJO PARA EL PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE BUNYOLA

Visto el proyecto de REGLAMENTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN MODALIDAD DE TELETRABAJO PARA EL PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE BUNYOLA, que obra en el expediente.

Visto el acuerdo de Mesa General de Negociación, de fecha 15 de junio de 2026, de aprobación por unanimidad, del texto que recoge el REGLAMENTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN MODALIDAD DE TELETRABAJO PARA EL PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE BUNYOLA.

Visto el Informe propuesta de resolución de Secretaría emitido en fecha 16 de junio de 2026.

Y al amparo del artículo 38 del TREBEP se propone, por parte de esta Alcaldía, al Pleno del Ayuntamiento la adopción de los siguientes:

ACUERDOS

PRIMERO. Aprobar inicialmente el texto que recoge el REGLAMENTO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN MODALIDAD DE TELETRABAJO PARA EL PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE BUNYOLA al amparo del artículo 38 del TREBEP.

SEGUNDO. Someter este texto a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta (30) días para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación.

TERCERO. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobado definitivamente sin necesidad de acuerdo expreso por el Pleno y el Acuerdo de aprobación definitiva tácita del Reglamento, con el texto íntegro de este, se publicará para su general conocimiento en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia. Así mismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://bunyola.sedelectronica.es].

 

Documento firmado electrónicamente (14 de julio de 2026

La alcaldesa Maria Antonia Serralta Cunill)