Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
INSTITUTO BALEAR DE LA MUJER
Núm. 536359
Resolución de la directora del Instituto Balear de la Mujer por la que se inicia el procedimiento para la presentación de solicitudes de las asociaciones y federaciones de mujeres interesadas en formar parte del Consejo de Participación de las Mujeres de las Illes Balears
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Antecedentes
1. Con fecha 26 de junio de 2026 se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears el Decreto 19/2026, por el que se regula el Consejo de Participación de las Mujeres de las Illes Balears, adscrito al Instituto Balear de la Mujer, como órgano colegiado de participación de las asociaciones de mujeres y de otros agentes sociales que trabajan en favor de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres. Este decreto establece su composición, sus funciones y su régimen de funcionamiento.
2. En particular, el artículo 6 determina la composición del Pleno del Consejo, integrado por la presidencia, la vicepresidencia, la secretaría y las vocalías representativas de las administraciones públicas, de las asociaciones y federaciones de mujeres y de los agentes sociales. Asimismo, dispone que veinte de las vocalías corresponden a asociaciones y federaciones de mujeres sin ánimo de lucro, legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de las Illes Balears.
3. Con el fin de facilitar la participación de las entidades interesadas y posibilitar la tramitación de las solicitudes previstas en el Decreto, resulta necesario abrir un plazo de presentación y habilitar el procedimiento correspondiente.
Fundamentos jurídicos
1. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
2. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
3. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
4. La Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.
5. El Decreto 19/2026, de 25 de junio, del Consejo de Participación de las Mujeres de las Illes Balears.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Ordenar el inicio de la tramitación del procedimiento para la presentación de solicitudes de las asociaciones y federaciones de mujeres interesadas en formar parte del Consejo de Participación de las Mujeres de las Illes Balears, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 y en la disposición adicional primera del Decreto 19/2026, de 25 de junio.
2. Acordar la elaboración y aprobación de los modelos normalizados de solicitud (anexo 1), de la declaración responsable de cumplimiento de los requisitos (anexo 2) y del modelo de memoria de actividades.
3. Ordenar las actuaciones necesarias para habilitar la tramitación electrónica del procedimiento de presentación de las solicitudes.
4. Establecer que las solicitudes deberán presentarse exclusivamente por medios electrónicos a través de la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en el plazo de treinta días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
5. Disponer que el Instituto Balear de la Mujer llevará a cabo las actuaciones administrativas necesarias para la recepción, comprobación y tramitación de las solicitudes presentadas y de la documentación aportada por las entidades interesadas; verificará el cumplimiento de los requisitos exigidos por el Decreto 19/2026, de 25 de junio, y, en su caso, requerirá la subsanación de las solicitudes en el plazo de diez días naturales, de conformidad con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
6. Concluidas las actuaciones de comprobación correspondientes, el Instituto Balear de la Mujer conformará el expediente administrativo con las solicitudes presentadas y la documentación aportada y lo remitirá a la persona titular de la consejería competente en materia de igualdad, a los efectos previstos en la disposición adicional primera del Decreto 19/2026.
7. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, fecha de la firma electrónica (13 de julio de 2026)
La directora del Instituto Balear de la Mujer Catalina M. Salom Niell